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Fecha de publicación: 04/07/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre y Catacaos de la provincia de Piura, en los distritos de Sullana y Bellavista de la provincia de Sullana, en la provincia de Paita y en la provincia de Talara del departamento de Piura y dicta otras disposiciones

Nombran fiscales superiores provisionales de los Distritos Fiscales de Ica y de Lima Centro

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 1930-2026-MP-FN

Lima, 3 de julio de 2026

VISTO Y CONSIDERANDO:

El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 109-2026-MP-FN, de fecha 14 de enero de 2026, se resolvió, entre otros, nombrar a la abogada Blanca Flor Hernández Almeyda, como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, con retención de su cargo de carrera y, destacarla para que preste apoyo a la Fiscalía Superior Penal de Pisco, por necesidad de servicio, a partir de la notificación de la resolución y hasta el retorno del fiscal superior titular del último despacho en mención u otra disposición; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1731-2018-MP-FN, de fecha 30 de mayo de 2018, se resolvió, entre otros, designar al abogado Ronald Regan López Julca, fiscal provincial titular de familia de Huaraz, Distrito Fiscal de Áncash, en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huaraz; y, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2946-2024-MP-FN, de fecha 27 de diciembre de 2024, se resolvió proclamar, entre otros, como Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales del Distrito Fiscal de Áncash, para el periodo 2025-2026, al referido abogado.

El numeral 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establece que corresponde al Fiscal de la Nación la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

Por su parte, el artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.

El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”.

El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030 — ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fiscal superior —pendiente de ocupar— en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Chincha.

En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), y las metas institucionales, en atención al marco normativo antes señalado, se ha considerado oportuno emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Blanca Flor Hernández Almeyda, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal superior provisional en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Chincha; y, nombrar al abogado Ronald Regan López Julca, como fiscal superior provisional, designándolo en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo y destacándolo como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a partir de la notificación de la presente resolución; para lo cual previamente se deberán concluir el nombramiento y designaciones respectivas, señalados en el segundo y tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.

Es de precisar que la plaza de fiscal superior de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Chincha, con carácter transitorio, corresponde a las creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 061-2010-MP-FN-JFS, de fecha 13 de julio de 2010.

De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Blanca Flor Hernández Almeyda, como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, así como su destaque en la Fiscalía Superior Penal de Pisco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 109-2026-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 14 de enero de 2026, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Ronald Regan López Julca, fiscal provincial titular de familia de Huaraz, Distrito Fiscal de Áncash, en la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Huaraz y su proclamación como Presidente de la Junta de Fiscales Provinciales del Distrito Fiscal de Áncash, para el periodo 2025-2026, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1731-2018-MP-FN y 2946-2024-MP-FN, de fechas 30 de mayo de 2018 y 27 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Blanca Flor Hernández Almeyda, como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándola en la Segunda Fiscalía Superior Penal de Chincha, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Cuarto.- Nombrar al abogado Ronald Regan López Julca, como fiscal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, con retención de su cargo de carrera, destacándolo como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a partir de la notificación de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Precisar que la plaza señalada en el artículo tercero, con carácter transitorio, corresponde a las creadas por la Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 061-2010-MP-FN-JFS, de fecha 13 de julio de 2010.

Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento a los abogados Blanca Flor Hernández Almeyda y Ronald Regan López Julca que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Séptimo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Despacho de la Fiscalía de la Nación, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Áncash, Ica y Lima Centro, Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2531877-13