Autorizan viaje de cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” a Ecuador, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 00806-2026-DE
Lima, 2 de julio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 094 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 01614-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01274-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acta de la IX Conferencia Bilateral de los Estados Mayores entre el Ejército del Perú y el Ejército de Ecuador se suscribieron una serie de entendimientos, entre ellos el Entendimiento N° 9, que establece el intercambio académico entre la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” y la Escuela Superior Militar “Eloy Alfaro” para los años 2026 y 2027;
Que, con Oficio N° 058/AGREDEMIL PERÚ - ECUADOR, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República del Ecuador comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú las fechas para la ejecución de los entendimientos suscritos en el Acta de la IX Conferencia Bilateral antes señalada, precisando que, para el Entendimiento N° 9, la visita de la Escuela Militar de Chorrillos será del 6 al 10 de julio de 2026;
Que, con Oficio N° 094 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete IV año Marcos RAFAEL PEDRAZA, identificado con DNI N° 71524604, y del Cadete IV año Jeyson Imanol DIOSES VILELA, identificado con DNI N° 74086319, de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para participar en el intercambio académico en la Escuela Superior Militar “Eloy Alfaro”, ubicada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 6 al 10 de julio de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 5 de julio y su retorno el 11 de julio de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;
Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior de los cadetes que participarán en el citado intercambio académico, por cuanto les permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, a fin de ser aplicados en beneficio del Ejército del Perú; asimismo, se precisa que los gastos de alojamiento y alimentación serán asumidos por el Ejército de la República del Ecuador;
Que, conforme a lo indicado en el documento acotado, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
Que, a través del Oficio N° 094 SCGE/N-04, la institución armada remite el Dictamen Legal N° 1193-2026/OAJE, la Hoja de Gastos, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000762 y N° 0000001125 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, a través del Oficio N° 01614-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 374-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 01274-2026-MINDEF/
SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Cadete IV año Marcos RAFAEL PEDRAZA y del Cadete IV año Jeyson Imanol DIOSES VILELA de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, para participar en el Intercambio Académico en la Escuela Superior Militar “Eloy Alfaro”, ubicada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 6 al 10 de julio de 2026, así como autorizar su salida del país el 5 de julio y su retorno el 11 de julio de 2026.
Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos: Lima – Quito (República de Ecuador) – Lima
US$ 1,226.53 x 2 personas US$ 2,453.06
Viáticos
US$ 370.00 x 5 días x 2 personas x 20% US$ 740.00
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Total a pagar en dólares americanos: US$ 3,193.06
Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- Los cadetes autorizados en el artículo 1 de la presente resolución deben cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal autorizado cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2531797-1