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Fecha de publicación: 04/07/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Piura, Castilla, Veintiséis de Octubre y Catacaos de la provincia de Piura, en los distritos de Sullana y Bellavista de la provincia de Sullana, en la provincia de Paita y en la provincia de Talara del departamento de Piura y dicta otras disposiciones

Declaran de interés la participación del Sector Energía y Minas en la “Conferencia Internacional de Minería y Recursos (IMARC) - 2026”, que se realizará en la Mancomunidad de Australia

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 260-2026-MINEM/DM

Lima, 2 de julio de 2026

VISTOS: El expediente Nº 4306853, que contiene, entre otros, la Carta Nº C-045-2026-PRES/APCCI del 01 de junio de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Carta Nº C-045-2026-PRES/APCCI del 01 de junio de 2026, la Directora Ejecutiva de la Cámara de Comercio de Australia Perú (Australia Peru Chamber of Commerce - APCCI) solicita al Ministro de Energía y Minas que declare de interés la participación del Sector Energía y Minas en la “Conferencia Internacional de Minería y Recursos (IMARC) - 2026”, que se realizará del 25 al 29 de octubre de 2026, en la ciudad de Sídney, Mancomunidad de Australia;

Que, en la citada Carta, se precisa que IMARC es uno de los encuentros mineros más importantes a nivel mundial, que congrega a líderes de la industria, autoridades gubernamentales, inversionistas, empresas proveedoras de tecnología y representantes de las principales operaciones mineras del mundo; además, que la participación peruana en este evento constituye una valiosa oportunidad para fortalecer la imagen del Perú como destino líder para la inversión minera, promover el intercambio de conocimientos y mejores prácticas, así como generar oportunidades de negocio y cooperación internacional;

Que, adicionalmente, menciona que la Declaratoria de Interés contribuirá a resaltar la relevancia estratégica de esta misión para el desarrollo y competitividad del sector minero nacional, respaldando los esfuerzos de promoción internacional y fortalecimiento de los vínculos entre la República del Perú y la Mancomunidad de Australia;

Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe Nº 241-2026/MINEM-DGPSM-DPM de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, la participación del Sector Energía y Minas en el IMARC 2026 tiene por objetivo promover el desarrollo sostenible de la minería en el país; asimismo, tiene como propósito fortalecer el posicionamiento del Perú en el escenario internacional, mediante la promoción de su potencial geológico y de su cartera de proyectos, así como facilitar el acceso a espacios de intercambio técnico que permitan identificar tendencias globales, buenas prácticas y soluciones innovadoras orientadas a mejorar la productividad, competitividad y sostenibilidad de la actividad minera;

Que, en ese contexto, la participación del Sector en el evento no solo permite promover oportunidades de inversión, sino también consolidar relaciones con inversionistas, operadores mineros, proveedores del ecosistema METS (Mining Equipment, Technology and Services), organismos multilaterales y centros de investigación, contribuyendo a acelerar procesos de modernización, digitalización y sostenibilidad de la minería peruana;

Que, a través del Informe Nº 00241-2026-MINEM/OGPP-OPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que, la participación del Sector Energía y Minas en la “Conferencia Internacional de Minería y Recursos (IMARC) - 2026” es compatible con los objetivos y acciones estratégicas del Ministerio de Energía y Minas;

Que, con Informe Nº 180-2026/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que, desde el punto de vista presupuestal no se tiene objeción para la declaratoria de interés de la participación del Sector Energía y Minas en la “Conferencia Internacional de Minería y Recursos (IMARC) - 2026”, toda vez que el citado evento no irroga gasto al Ministerio de Energía y Minas;

Que, mediante el Informe Nº 864-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para declarar de interés sectorial a la participación del Sector en el evento antes mencionado;

Que, conforme al numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el numeral 7.1 del artículo 7 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, corresponde al Ministerio de Energía y Minas, promover la inversión sostenible y las actividades del Sector;

Que, dada la trascendencia de la “Conferencia Internacional de Minería y Recursos (IMARC) - 2026”, reconocida como el principal evento minero de la región Asia-Pacífico y uno de los más influyentes a nivel global, que permitirá promover las inversiones de la actividad minera, resulta necesario declarar de interés para el Sector Energía y Minas su participación en el citado evento internacional;

Que, el literal n) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas, tiene como funciones, entre otras, expedir resoluciones ministeriales relativas al Sector Energía y Minas;

Con los vistos de la Dirección General de Promoción y Sostenibilidad Minera, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Minas;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar de interés la participación del Sector Energía y Minas en la “Conferencia Internacional de Minería y Recursos (IMARC) - 2026”, que se realizará del 25 al 29 de octubre de 2026, en la ciudad de Sídney, Mancomunidad de Australia.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALDIR ELOY AYASTA MECHÁN

Ministro de Energía y Minas

2531537-1