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Fecha de publicación: 03/07/2026
Decreto Supremo que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2026

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

N° 000077-2026-INABIF-DE

Lima, 24 de junio del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 000981-2026-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del INABIF; Informe N° D000711-2026-MIMP-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal; el Oficio N° D000314-2026-MIMP-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Informe N° 000356-2026-INABIF/SUARH de la Subunidad de Administración de Recursos Humanos; el Memorando N° 001306-2026-INABIF/URH de la Unidad de Recursos Humanos; Nota N° 000245-2026-INABIF/SUMIC e Informe N° 000097-2026-INABIF/SUMIC de la Subunidad de Modernización Institucional y Cooperación; el Memorando N° 002173-2026-INABIF/UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 000302-2026-INABIF/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 023-2025-MIMP, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, en adelante el MOP del INABIF, que en su artículo 1 señala que la finalidad del INABIF es contribuir con el desarrollo integral de las familias en situación de vulnerabilidad y riesgo social, con énfasis en niños, niñas, adolescentes, en situación de abandono, y propiciar su inclusión en la sociedad y el ejercicio pleno de sus derechos;

Que, con Resolución Ministerial N° 114-2015-MIMP, se define al Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) como Entidad Pública Tipo B para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM;

Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, la cual tiene por finalidad “(…) que las entidades públicas cuenten con reglas que les permitan elaborar el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), y administrar los cargos y las posiciones consignadas en el documento de gestión de carácter temporal de recursos humanos.”;

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, define al Manual de Clasificador de Cargos (MCC) como “Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad.”;

Que, el subnumeral 6.1.8 del numeral 6.1 de la Directiva, prevé que “(…) en caso de constituir una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del(la) titular, debe remitir su propuesta al(la) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su ORH, o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la presente directiva y en atención a su propio MCC.”;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000117-2025/INABIF-DE se aprobó el vigente Manual de Clasificador de Cargos del INABIF, elaborado sobre la base de la estructura funcional prevista en el MOP del INABIF;

Que, mediante Decreto Supremo N° 145-2025-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 diciembre de 2025, se modifica el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, incorporando nuevos criterios y equivalencias en materia de formación académica y experiencia para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos;

Que, asimismo, en el literal a) de la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, se establece que las entidades del Gobierno Nacional adecuan su Manual de Clasificador de Cargos a las nuevas disposiciones contenidas en la citada norma, para lo cual tendrán hasta un máximo seis (06) meses contados desde el día siguiente de la publicación del citado Decreto Supremo; y, estando dentro del plazo establecido, es pertinente proceder a su actualización;

Que, mediante Oficio N° 000981-2026-INABIF/DE la Dirección Ejecutiva del INABIF eleva al Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del MIMP, la propuesta de actualización del Manual de Clasificador de Cargos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, elaborado por la Unidad de Recursos Humanos y que cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y solicita se emita la opinión técnica a que se refiere la disposición normativa señalada en el considerando precedente;

Que, a través del Oficio N° D000314-2026-MIMP-OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos del MIMP, remite al INABIF el Informe N° D000711-2026-MIMP-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal, que hace suyo, mediante el cual la precitada Oficina concluye entre otros que “(…) 3.4. En el marco de lo establecido en el literal a. del artículo 53 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 306-2024-MIMP, como lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH; la Oficina de Procesos Técnicos de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos no encuentra objeción y emite opinión favorable para la aprobación de la propuesta de actualización del Manual de Clasificador de Cargos de la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF. (…)”;

Que, el subnumeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, establece que, al obtener la validación, el Titular de la Entidad aprueba el Manual de Clasificador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución conforme lo señala la citada norma;

Que, mediante Memorando N° 001306-2026-INABIF/URH, la Unidad de Recursos Humanos, hace suyo el Informe N° 000356-2026-INABIF/SUARH de la Subunidad de Administración de Recursos Humanos, en el cual concluye, entre otros, que la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos del INABIF “4.2. (…) ha sido elaborada en concordancia con la estructura funcional prevista en el Manual de Operaciones del INABIF, la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y las disposiciones contenidas en la Ley N° 31419 y su Reglamento, modificado por el Decreto Supremo N° 145-2025-PCM, incorporando las modificaciones normativas relacionadas con las equivalencias de formación académica y experiencia, la experiencia en el sector público para determinados cargos y los criterios técnicos de valoración de la experiencia específica, garantizando el cumplimiento de los principios de mérito, idoneidad y acceso en igualdad de oportunidades al servicio civil. (…) 4.4. asimismo, su eventual aprobación implicará la sustitución integral del instrumento de gestión vigente, por lo que corresponde dejar sin efecto y derogar expresamente la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000117 2025/INABIF-DE, a fin de garantizar la vigencia de un único Manual de Clasificador de Cargos actualizado y concordante con el marco normativo y técnico vigente.”;

Que, la Unidad de Planeamiento Presupuesto y Modernización, a través del Memorando N° 002173-2026-INABIF/UPPM, la Nota N° 000245-2026-
INABIF/SUMIC e Informe N° 000097-2026-INABIF/SUMIC emite opinión favorable para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos del INABIF;

Que, la Unidad de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 000302-2026-INABIF/UAJ, emite informe legal concluyendo que “4.1. Es procedente que mediante Resolución de Dirección Ejecutiva se apruebe el Manual Clasificador de Cargos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF; instrumento de gestión que cuenta con la opinión favorable del MIMP a través de su Oficina General de Recursos Humanos. 4.2. La Resolución de Dirección Ejecutiva respectiva, debe dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000117-2025-INABIF/DE de fecha 01 de octubre de 2025, que aprobó el Manual de Clasificador de Cargos del INABIF.”

Que, contando, con las visaciones de la Unidad de Recursos Humanos, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Unidad de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y en el Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, aprobado por Resolución Ministerial N° 023-2025-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR el Manual de Clasificador de Cargos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000117-2025-INABIF/DE, de fecha 01 de octubre de 2025.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y el mismo día con su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Institucional del INABIF (www.gob.pe/inabif), y en el Portal de Transparencia del INABIF.

Regístrese y comuníquese.

MELINA YUDIZA LOCATELLI ALFARO

Directora Ejecutiva

2531325-1