Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° 000170-2026-INGEMMET/PE
San Borja, 26 de junio del 2026
VISTOS: El Oficio N° 001230-2026-CG/GAD del 29 de mayo de 2026, emitido por la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Informe N° 000251-2026-INGEMMET/UF, emitido por la Unidad Financiera de la Oficina de Administración; el Memorando N° 000488-2026-INGEMMET/OA, emitido por la Oficina de Administración; el Informe Técnico N° 000091-2026-INGEMMET/OPP-RVC y el Memorando N° 000441-2026-INGEMMET/OPP, emitidos por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000320-2026-INGEMMET/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2026 (en adelante, la Ley de Presupuesto 2026), se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET;
Que, mediante la Resolución de Presidencia N° 000282-2025-INGEMMET/PE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2026 del Pliego 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, en el marco de lo establecido en la Ley de Presupuesto 2026, por el monto total de S/ 68 642 695,00 (Sesenta y ocho millones seiscientos cuarenta y dos mil seiscientos noventa y cinco y 00/100 Soles);
Que, a través de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República (en adelante, la Ley), se establecen las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Control (en adelante, el SNC) y de la Contraloría General de la República (en adelante, la CGR) como ente técnico rector de dicho Sistema;
Que, el artículo 20 de la Ley dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la CGR para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la CGR, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, por su parte, a través de la Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG, se aprueba la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales” (en adelante, la Directiva), cuyo objetivo es desarrollar los procesos, registro, designación y contratación de las sociedades de auditoría para la ejecución de auditoría financiera gubernamental a las entidades sujetas al SNC, soportados en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría - INFOSOA y otras disposiciones que le sean aplicables;
Que, el numeral 7.2 de la Directiva señala que la Subgerencia de Control del Sector Económico y Financiero o la que haga sus veces elabora y modifica el Tarifario de la sociedad de auditoría por entidad, sobre la base de criterios técnicos y demás información pertinente que establezca dicha unidad orgánica; y, el tarifario incluye la retribución económica, el IGV y el derecho de designación y supervisión de la SOA, el cual es aprobado mediante Resolución de Contraloría;
Que, el subnumeral 7.2.1.2 del numeral 7.2.1 de la Directiva establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República solicita a las Entidades que son componentes significativos para la auditoría a la Cuenta General de la República, efectuar la transferencia financiera para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, y pagar el derecho de designación y supervisión;
Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG y sus modificatorias, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;
Que, en ese marco, mediante el Oficio N° 001230-2026-CG/GAD del 29 de mayo de 2026, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República solicita al INGEMMET efectuar la transferencia financiera a favor de la CGR, con cargo al Presupuesto Institucional para el año fiscal 2026 por el monto total de S/ 87 603,00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 Soles), por concepto de saldo de la retribución económica de la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de efectuar la auditoría financiera gubernamental del periodo 2026;
Que, en atención a la solicitud de la CGR, a través del Memorando N° 000488-2026-INGEMMET/OA, la Oficina de Administración, a través del Informe N° 000251-2026-INGEMMET/UF solicita se efectúe la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo al Presupuesto Institucional para el año fiscal 2026 por el monto total de S/ 87 603,00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 Soles), por concepto de saldo de la retribución económica de la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de efectuar la auditoría financiera gubernamental del periodo 2026;
Que, mediante el Memorando N° 000441-2026-
INGEMMET/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de Informe Técnico N° 000091-2026-INGEMMET/OPP-RVC, emite opinión técnica favorable para viabilizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo al Presupuesto Institucional para el año fiscal 2026 por el monto total de S/ 87 603,00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 Soles), precisando que, se cuenta con disponibilidad presupuestal en la específica de gasto 2.4.1 3.1 1 “A otras Entidades del Gobierno Nacional, destinados a Financiar Gastos Corrientes” en la Fuente de Financiamiento 1 “Recursos Ordinarios”;
Que, con Informe N° 000320-2026-INGEMMET/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la autorización de la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo al Presupuesto Institucional para el año fiscal 2026 por el monto total de S/ 87 603,00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 Soles); al haberse dado cumplimiento a los presupuestos establecidos en el artículo 20 de la Ley;
Que, asimismo, el citado artículo de la Ley señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; asimismo, la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web;
Que, al respecto, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INGEMMET, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2007-EM, señala que el Presidente Ejecutivo es el Titular de la Entidad responsable de proponer y supervisar el cumplimiento, así como de dictar las políticas de desarrollo de la institución en concordancia con las políticas y planes nacionales y sectoriales; y, tiene entre sus funciones, la de dirigir y supervisar la marcha institucional, de conformidad con la política y los planes sectoriales e institucionales;
Que, en ese sentido, corresponde a la Presidencia Ejecutiva emitir el acto resolutivo que disponga autorizar la transferencia financiera por la suma total de S/ 87 603,00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 Soles), con cargo al Presupuesto Institucional para el año fiscal 2026 del Pliego 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, por la Fuente de Financiamiento 1 “Recursos Ordinarios”, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y Específica de Gastos 2.4.1 3.1 1 “A otras Entidades del Gobierno Nacional, destinados a Financiar Gastos Corrientes”, a favor del Pliego 019: Contraloría General - Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2026; la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG y sus modificatorias, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; la Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG, que aprueba la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2007-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional para el año fiscal 2026 del Pliego 051: 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, por la suma total de S/ 87 603,00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1 “Recursos Ordinarios”, a favor del Pliego 019: Contraloría General - Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 precedente se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del año fiscal 2026 del Pliego 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Categoría Presupuestal |
: |
9001. Acciones Centrales |
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Producto |
: |
3999999. Sin Producto |
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Actividad |
: |
5000002. Conducción y Orientación Superior |
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Fuente de Financiamiento |
: |
1. Recursos Ordinarios |
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Genérica de gasto |
: |
2.4 Donaciones y Transferencias |
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Especifica de Gasto |
: |
2.4.1.3.11 A otras unidades del Gobierno Nacional |
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Monto |
: |
S/ 87 603,00 |
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Gestiones administrativas
Encargar a la Oficina de Administración desplegar las acciones administrativas que corresponda, en el marco de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET (www.gob.pe/ingemmet) en el día de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLO JOEL ANDRÉS ALZAMORA
Presidente Ejecutivo (e)
2531132-1