Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito de Barranco durante el mes de julio
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2026-MDB
Barranco, 1 de julio de 2026
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO
VISTOS:
El Informe Nº 0015-2026-GTCDE-MDB emitido por la Gerencia de Turismo, Cultura y Desarrollo Económico; el Informe Nº272-2026-OGAJ-MDB emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; los Memorándums Nº0986 y 1008-2026-GM-MDB emitidos por la Gerencia Municipal;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades establecen que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 38º de la Constitución Política del Perú establece que todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales;
Que, el día 28 de julio del presente año, se celebra la Proclamación de la Independencia del Perú;
Que, el numeral 6 del artículo 93º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales, dentro de sus ámbitos de jurisdicción, están facultadas para disponer la pintura periódica de las fachadas;
Que, numeral 16 del artículo 82º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales, cumplen con la función de impulsar una cultura cívica de mantenimiento, limpieza y de conservación y mejora del ornato local;
Que, el impulso de la cultura cívica, implica la celebración de las Fiestas Patrias, para lo cual es tradicional el mejoramiento y embellecimiento del ornato de la ciudad, mediante el embanderamiento general, la limpieza, el resane y el pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito de Barranco, como muestra del respeto y civismo hacia la patria;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general en todos los inmuebles del distrito de Barranco, tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas y demás predios del distrito, durante todo el mes de julio del presente año, con motivo de la celebración de las fiestas patrias por la Proclamación de la Independencia del Perú, debiendo las banderas a izar, contar con sus respectivas astas y encontrarse en buen estado de conservación y limpieza.
Artículo Segundo.- EXHORTAR a los propietarios, ocupantes y conductores de todos los inmuebles, establecimientos comerciales e instituciones públicas y privadas y demás predios del distrito de Barranco a la limpieza, el resane y pintado de las fachadas de dichos inmuebles, para su mejor presentación y mejoramiento del ornato general de la ciudad.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Gestión del Riesgo de Desastres el cumplimiento de los dispuesto en la presente norma.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Oficina de Imagen Institucional la difusión del presente Decreto.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y, a la Oficina General de Gobierno Digital y Gestión de Datos su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munibarranco.gob. pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JESSICA ARMIDA VARGAS GÓMEZ
Alcaldesa
JORGE LUIS REY DE CASTRO MESA
Jefe de la Oficina General de Secretaría
del Concejo Municipal
2531060-1