Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Resolución Ministerial
Nº 0856-2026-IN
Lima, 1 de julio de 2026
VISTOS; el Oficio Nº 000115-2026-CG/SGE de la Contraloría General de la República, el Memorando Nº 001183-2026-IN-OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas, el Informe Nº 001216-2026-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 001546-2026-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 001428-2026-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 32513, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: M. del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 2373-2025-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 007: M. del Interior, por la suma de S/ 13 397 947 493,00 (TRECE MIL TRECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que, la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece que, “Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refiere el artículo 1 de esta ley, se destina para su financiamiento hasta 0.6% (seis décimas por ciento) de su valor total, excluyendo la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental”;
Que, el numeral 4.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que, “Para el cumplimiento de la presente ley, autorízase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza”;
Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que, “Las transferencias a que se refiere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario oficial El Peruano y la resolución de alcaldía, que se publica en su página web”;
Que, mediante Oficio Nº 000115-2026-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita efectuar transferencia financiera a favor del Pliego 019. Contraloría General hasta por el importe total de S/ 176 874,00 señalando que, con la finalidad de dar cumplimiento a las transferencias requeridas, se debe tener en cuenta los alcances del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, monto correspondiente a las inversiones “INSTALACIÓN DEL LABORATORIO FORENSE DIGITAL PARA EL MEJORAMIENTO DEL SISTEMA CRIMINALÍSTICO NACIONAL - DIREJCRI PNP” con CUI 2251202, “ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN, RADIO TRANSCEPTOR Y SOFTWARE EN EL(LA) DEL SISTEMA DE TELELCOMUNICACIONES DE LAS UNIDADES POLICIALES DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA CHICLAYO, DEPARTAMENTO LAMBAYEQUE” con CUI 2557104, “ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE IDENTIFICACIÓN BIOMÉTRICA, SERVIDOR, EQUIPO DE ALMACENAMIENTO Y CONMUTADORES ADEMÁS DE OTROS ACTIVOS EN QUINCE UNIDADES POLICIALES DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y CRIMINALÍSTICA A NIVEL NACIONAL” con CUI 2577080 y “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO POLICIAL ESPECIALIZADO EN LA DIRECCIÓN DE TRÁNSITO, TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL PNP, DISTRITO DE LA VICTORIA DE LA PROVINCIA DE LIMA DEL DEPARTAMENTO DE LIMA” con CUI 2590280;
Que, a través del Memorando Nº 001183-2026-IN-OGAF, sustentado en los Informes Nº 000079-2026-IN-OGAF-EPI y Nº 000054-2026-IN-OGAF-EPI-WTG, elaborados por el Equipo de Proyectos de Inversión, la Oficina General de Administración y Finanzas solicita que se realicen las acciones que correspondan para efectivizar la transferencia financiera solicitada a favor del Pliego 019. Contraloría General para el presente año fiscal, en el componente” Control Concurrente” correspondiente a las inversiones con CUI 2251202 “INSTALACIÓN DEL LABORATORIO FORENSE DIGITAL PARA EL MEJORAMIENTO DEL SISTEMA CRIMINALÍSTICO NACIONAL - DIREJCRI PNP por el importe de S/ 43 286,00 y CUI 2557104 “ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN, RADIO TRANSCEPTOR Y SOFTWARE EN EL(LA) DEL SISTEMA DE TELELCOMUNICACIONES DE LAS UNIDADES POLICIALES DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA CHICLAYO, DEPARTAMENTO LAMBAYEQUE por el importe de S/ 53 551,00;
Que, mediante Informe Nº 001216-2026-IN-OGPP-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, propone la resolución ministerial que autoriza la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019. Contraloría General, a fin de financiar el servicio de control concurrente de las inversiones: “INSTALACIÓN DEL LABORATORIO FORENSE DIGITAL PARA EL MEJORAMIENTO DEL SISTEMA CRIMINALÍSTICO NACIONAL - DIREJCRI PNP” con CUI 2251202, y “ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COMUNICACIÓN, RADIO TRANSCEPTOR Y SOFTWARE EN EL(LA) DEL SISTEMA DE TELECOMUNICACIONES DE LAS UNIDADES POLICIALES DISTRITO DE CHICLAYO, PROVINCIA CHICLAYO, DEPARTAMENTO LAMBAYEQUE” con CUI 2557104, hasta por la suma total de S/ 96 837,00 (NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001. Oficina General de Administración del Pliego 007. M. del Interior;
Que, con Memorando Nº 001546-2026-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto valida la propuesta planteada por la Oficina de Presupuesto a través del Informe Nº 001216-2026-IN-OGPP-OP;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 001428-2026-IN-OGAJ señala que, resulta legalmente viable la tramitación de la resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor del Pliego 019. Contraloría General, conforme a lo propuesto por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y la Resolución Ministerial Nº 0702-2026-lN, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera
Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 007: M. del Interior, hasta por la suma de S/ 96 837,00 (NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019. Contraloría General, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 007. M. del Interior, de la Unidad Ejecutora 001. Oficina General de Administración, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, de acuerdo al detalle revisto en el anexo de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Remisión
Copia de la presente Resolución se remite a la Unidad Ejecutora 001. Oficina General de Administración para que efectúe las acciones que correspondan.
Artículo 5.- Publicación
Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y la Resolución Ministerial y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MERCEDES ZAPATA MORANTE
Ministro del Interior
2531033-1