Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00789-2026-DE
Lima, 1 de julio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 5449/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 01623-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01278-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento PROG/134, la Organización Marítima Internacional (OMI) detalla el Programa de Reuniones para el 2026, en el cual se considera, entre otras, realizar el 137° periodo de sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 6 al 10 de julio de 2026;
Que, mediante Oficio N° 2155/43, el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú comunica al Director General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores la designación del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS, de la Capitán de Fragata Karina Sophia VALDIVIA SEGURA, como titulares, del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO y de la Capitán de Navío Roberto Carlos TEIXEIRA MONTOYA, como suplentes, para participar en la citada actividad;
Que, con Oficio N° 5449/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS, identificado con CIP N° 00808532 y DNI N° 43341389, de la Capitán de Fragata Karina Sophia VALDIVIA SEGURA, identificada con CIP N° 00000772 y DNI N° 09859671, como titulares, así como del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO, identificado con CIP N° 01816810 y DNI N° 43442052, y del Capitán de Navío Roberto Carlos TEIXEIRA MONTOYA, identificado con CIP N° 00922122 y DNI N°43844035, como suplentes, para participar en el 137° periodo de sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 6 al 10 de julio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 4 de julio y su retorno el 11 de julio de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 085-2026, la Hoja de Gastos N° 173-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 185-2026, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000089 y N° 0000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante Informe Técnico N° 059-2026/ASUNIT, la Jefatura de Asuntos Internacionales de la Dirección de Administración Marítima de la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, por cuanto permitirá reforzar la política exterior marítima en beneficio de los intereses nacionales, contribuyendo de manera directa y eficaz en el contexto del ejercicio regulatorio de dicha organización, haciendo frente a los desafíos globales del sector, velando por la seguridad marítima, la gente de mar y promoviendo la protección del ecosistema marino en general;
Que, mediante el Oficio N° 01623-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 377-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal N° 01278-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS, de la Capitán de Fragata Karina Sophia VALDIVIA SEGURA, como titulares, así como del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO y del Capitán de Navío Roberto Carlos TEIXEIRA MONTOYA, como suplentes, para participar en el 137° periodo de sesiones del Consejo de la Organización Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 6 al 10 de julio de 2026; así como autorizar su salida del país el 4 de julio y su retorno el 11 de julio de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos (clase económica):
Lima - Ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte – Lima
US$ 3,486.60 x 2 personas (ida y vuelta) US$ 6,973.20
Viáticos:
US$ 540.00 x 2 personas x 5 días US$ 5,400.00
Total a pagar en dólares americanos: US$ 12,373.20
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar viaje se autoriza
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2530906-1