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Fecha de publicación: 02/07/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026 - 2027

Designan fiscales en la Segunda y Cuarta Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Lima Norte y nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1897-2026-MP-FN

Lima, 1 de julio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 004-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, el oficio Nº 006041-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fecha 11 de junio de 2026, y el informe Nº 0158-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 24 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de las Convocatorias Nºs. 002-2024-SN/JNJ y 004-2024-SN/JNJ; por las cuales se nombró a los abogados Rosa Luz Castro Cárdenas y Gian Carlo Rebaza Martínez como fiscales provinciales penales de Lima Norte del distrito fiscal de Lima Norte, respectivamente.

Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a los abogados Rosa Luz Castro Cárdenas y Gian Carlo Rebaza Martínez en los cargos descritos en el párrafo que antecede.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 553-2020-MP-FN, de fecha 11 de marzo de 2020, se resolvió designar a la abogada Rosa Luz Castro Cárdenas, fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Santa, Distrito Fiscal Del Santa, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Santa.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1515-2021-MP-FN, de fecha 17 de noviembre de 2021, se resolvió nombrar al abogado Gian Carlo Rebaza Martínez, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condevilla; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1207-2026-MP-FN, de fecha 27 de abril de 2026, se resolvió nombrar a la abogada Marlui Romina Laruta Quispe, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, con reserva de su plaza de origen; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.

El Ministerio Público —en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030— ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 004-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026 y a lo informado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, en el oficio Nº 006041-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fecha 11 de junio de 2026, corresponde emitir el resolutivo a fin de designar a la abogada Rosa Luz Castro Cárdenas, en su condición de magistrada titular, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, para lo cual, se deberá previamente dar por concluida su designación señalada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, y por consiguiente, dar por concluidos el nombramiento y designación de la abogada Marlui Romina Laruta Quispe, indicados en el quinto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución, quien ocupa provisionalmente la plaza donde será designada la fiscal titular; así como, designar al abogado Gian Carlo Rebaza Martínez en su condición de magistrado titular, en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, para lo cual previamente será necesario dar por concluidos su nombramiento y designación señalados en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.

Por otro lado, teniendo en consideración la propuesta efectuada en el oficio antes citado, y con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá nombrar y designar a la abogada Marlui Romina Laruta Quispe, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal adjunta provincial en la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte; cabe acotar que la referida abogada, registra una plaza indeterminada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen.

Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0158-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 24 de junio de 2026 y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Rosa Luz Castro Cárdenas, fiscal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Santa, Distrito Fiscal Del Santa, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Santa, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 553-2020-MP-FN, de fecha 11 de marzo de 2020.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Gian Carlo Rebaza Martínez, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Condevilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1515-2021-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 17 de noviembre de 2021 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Marlui Romina Laruta Quispe, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2956-2024-MP-FN y 1207-2026-MP-FN, de fechas 30 de diciembre de 2024 y 27 de abril de 2026, respectivamente.

Artículo Cuarto.- Designar a la abogada Rosa Luz Castro Cárdenas, fiscal provincial titular penal de Lima Norte, Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte.

Artículo Quinto.- Designar al abogado Gian Carlo Rebaza Martínez, fiscal provincial titular penal de Lima Norte, Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte.

Artículo Sexto.- Nombrar a la abogada Marlui Romina Laruta Quispe, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándola en la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento a los abogados Rosa Luz Castro Cárdenas, Gian Carlo Rebaza Martínez y Marlui Romina Laruta Quispe que deben efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Octavo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2530875-13