Designan Jefes titulares y accesitarios de ODPE, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000105-2026-JN/ONPE
Lima, 30 de junio de 2026
VISTOS: El Oficio N° 002268-2026-SG/ONPE de la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; el Oficio N° 006173-2026-SG/JNE de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones; los Memorandos Nos 003825-2026-GOECOR/ONPE y 003871-2026-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe N° 000008-2026-CPCPJCLV/ONPE de la Comisión Permanente del Concurso Público para la Selección de Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) y de los Coordinadores de Local de Votación (CLV); así como, el Informe N° 000391-2026-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE;
A través del Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 07 de enero de 2026, se convocó a Elecciones Regionales 2026 para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao (Artículo Primero) y se convocó a Elecciones Municipales 2026 para elegir a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República (Artículo Segundo). Ambos procesos electorales se realizarán el domingo 4 de octubre de 2026;
Mediante la Resolución Jefatural N° 000097-2026-JN/ONPE se aprobó la conformación de ciento veinticinco (125) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para la organización y ejecución de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026);
Posteriormente, con la Resolución Jefatural N° 000099-2026-JN/ONPE, se dispuso la publicación de la relación de postulantes titulares y accesitarios que aprobaron el proceso de selección para cubrir las vacantes de Jefes de ODPE para las ERM 2026, para la interposición de tachas a que hubiera lugar;
De otro lado, con el oficio de Vistos, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en respuesta al oficio de Vistos, remitido por la Secretaría General de la ONPE, informó que, vencido el plazo para la interposición de tachas, en aplicación del artículo 49 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, se ha verificado que no se presentó ninguna tacha ante la mesa de partes del Jurado Nacional de Elecciones, ni ante las Oficinas Desconcentradas de la citada entidad, así como tampoco ante los Jurados Electorales Especiales en funciones, contra los postulantes a Jefes de las ODPE seleccionados con la Resolución Jefatural N° 000099-2026-JN/ONPE;
Ahora bien, con el Memorando N° 003825-2026-GOECOR/ONPE, complementando con el Memorando N° 003871-2026-GOECOR/ONPE de Vistos, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR), solicita la delegación de facultades tanto a los Jefes de las ODPE como a la citada Gerencia, para realizar diversos actos en el marco de las ERM 2026;
Al respecto, el numeral 67.1 del Artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO de la LPAG), aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Adicionalmente, el numeral 67.2 del citado artículo precisa que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; no obstante ello, el artículo 70 del cuerpo normativo antes acotado, estipula que todo cambio de competencia debe ser temporal, motivado y su contenido debe estar referido a los actos o procedimientos señalados en el acto que lo origina;
En mérito a lo informado por la Secretaria General del Jurado Nacional de Elecciones y a lo sustentado por GOECOR, la Comisión Permanente del Concurso Público para la Selección de Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) y de los Coordinadores de Local de Votación (CLV), con el informe de Vistos, ha recomendado que se emita el acto resolutivo que efectúe la designación de los Jefes de ODPE (titulares y accesitarios), en el marco de las ERM2026, disponiendo su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, con conocimiento al Jurado Nacional de Elecciones y se disponga la delegación de facultades para Jefes de las ODPE y a la GOECOR;
De conformidad con los dispositivos normativos citados, así como los literales r), t) e y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE, y la Resolución Jefatural N° 000067-2026-JN/ONPE;
Con el visado del Presidente de la Comisión Permanente de Concurso Público para Selección de Jefe y de los Coordinadores de Local de Votación de ODPE, de la Secretaría General y, de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar, en el cargo de Jefes titulares y accesitarios de ODPE, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, a los ciudadanos que constan en el Artículo Primero de la Resolución Jefatural N° 000099-2026-JN/ONPE: https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/JODPE-ERM2026.pdf
Artículo Segundo.- Delegar en los Jefes de ODPE designados en el Artículo precedente, las siguientes facultades:
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Facultades |
Referidas a: |
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• Aprobación de los expedientes de contratación. • Designación de los miembros de los Comités de Selección. • Aprobación de las bases de • Suscripción de los contratos provenientes de los procedimientos de selección |
Alquiler de locales de ODPE y mobiliario, a los servicios de telefonía e internet y otros relacionados a la implementación de las sedes de las ODPE y a servicios de transporte para el despliegue y repliegue de material electoral, así como para servicios de alquiler de locales para la implementación de oficinas distritales. |
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• Contratación del personal (locación de servicios). • Suscripción de los contratos de locación de servicios. |
Contratación de personal |
Artículo Tercero.- Delegar en la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, las facultades para designar como Titular, al cargo de Jefe o Coordinador de Local de Votación, de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, a los ciudadanos previamente designados como accesitarios por la Jefatura Nacional, que puedan sustituir, en estricto orden de mérito, a los titulares designados en los cargos en mención, que se desistan, renuncien, su contrato haya quedado resuelto o que por cualquier otra razón se encuentren impedidos de asumir o continuar en el cargo, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
Artículo Cuarto.- Otorgar a la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, la facultad de delegar en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, la realización de todo acto administrativo y/o de gestión que sea necesario para la organización eficiente y ejecución de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
Artículo Quinto.- Otorgar a la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional, la facultad de asignar las circunscripciones en las que ejercerán funciones los Jefes de ODPE, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, con conocimiento de esta Jefatura, del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de los Jefes de ODPE titulares y accesitarios designados en la presente Resolución.
Artículo Sexto.- Disponer que los Jefes de ODPE designados en la presente Resolución, remitan a la Gerencia de Recursos Humanos todas las contrataciones de personal que efectúen, en ejercicio de las facultades delegadas dispuestas en la presente Resolución, a efectos de que dicho órgano ejerza el control correspondiente de las citadas contrataciones.
Artículo Sétimo.- Poner a conocimiento de la presente Resolución, al Jurado Nacional de Elecciones, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y disponer que la GOECOR notifique la presente Resolución a los Jefes de ODPE titulares y accesitarios designados en la presente resolución.
Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en la sede digital de la ONPE, ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe), y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO
Jefe (i)
Oficina Nacional de Procesos Electorales
2530707-1