Aceptan declinación al cargo de Presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y encargan la Presidencia
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000228-2026-CE-PJ
Lima, 30 de Junio del 2026
VISTOS:
El escrito S/N, de fecha veinticinco de junio de dos mil veintiséis, presentado por el señor juez superior Jhonny Hans Contreras Cuzcano, en su condición de Presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, y el Oficio Nº 3498-A-2026-GRH-GG-PJ, remitido por la señora Gerente de Recursos Humanos del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. De conformidad con el artículo 143 de la Constitución Política del Perú, y el artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, “El Poder Judicial es autónomo en lo político, administrativo, económico y disciplinario”; atribución que dogmáticamente se traduce en la potestad de autoorganización, para garantizar la adecuada prestación del servicio de administración de justicia.
Segundo. El artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que: “El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es el máximo órgano de dirección y gestión institucional, ostentando la atribución de adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para el correcto funcionamiento de las dependencias judiciales”; por lo tanto, la emisión de directrices para la conducción de los distritos judiciales constituye el ejercicio legítimo de su competencia normativo-administrativo.
Tercero. En virtud del Principio de Legalidad regulado en el Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, las autoridades administrativas actúan con respeto a la Constitución, a la ley y al derecho. En ese sentido, los actos de gestión y las disposiciones que emite el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se fundamentan en potestades explícitamente atribuidas por la Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resguardando la regularidad institucional y la predictibilidad administrativa. Asimismo, en concordancia al Principio de Eficacia la actividad administrativa debe orientarse al cumplimiento de las finalidades de interés público y a la optimización de los servicios estatales.
Cuarto. Mediante Resolución Administrativa Nº 318-2018-CE-PJ, de fecha doce de setiembre de dos mil dieciocho, entre otros, se resolvió: “Artículo Primero. - Constituir la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; la cual tendrá competencia nacional (…)”. Posteriormente a través de la Resolución Administrativa Nº 476-2019-CE-PJ, se resolvió: “Artículo Primero.- Establecer que la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, se denominará Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; modificándose en este extremo el Estatuto aprobado mediante Resolución Administrativa N° 318-2018-CE-PJ, de fecha 12 de diciembre de 2018; y todas las disposiciones que se opongan a la presente resolución (…)”.
Quinto. Por Resolución Administrativa Nº 000426-2024-CE-PJ, de fecha cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, se designó al señor Jhonny Hans Contreras Cuzcano, como Presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, para el periodo 2025-2026, precisándose que dicha designación se mantendría hasta que la Junta Nacional de Justicia nombre por lo menos a las dos terceras partes de los jueces superiores titulares que integrarán la referida Corte Superior o al término del referido periodo.
Sexto. Mediante Oficio Nº 001659-2026-P-CSNJPE-PJ, de fecha 21 de junio de 2026, el señor Jhonny Hans Contreras Cuzcano, en su condición de Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, manifiesta que, el Estatuto en su Tercera Disposición Final y Transitoria señala que: “La primera elección del Presidente de la Corte Superior de Justicia Especializada se producirá cuando se nombre a la totalidad o, por lo menos, a las dos terceras partes de los Jueces Superiores que la integran. Se llevará a cabo en la primera Sala Plena que se realice. El mandato durará el resto del periodo judicial establecido; en ese sentido, estando a que uno de los jueces titulares asumirá la Presidencia de la Corte y a fin de no causar perjuicio a las Salas, se solicita se tenga a bien designarme en la Sala del magistrado que saldrá elegido como presidente de la CSN”, asumiendo con ello, que se produciría la aplicación de la instalación de la primera sala plena y como tal la elección del primer Presidente de Corte.
Séptimo. Resulta pertinente precisar que, conforme al numeral 2 del artículo 11 del Estatuto de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, la Sala Plena está integrada por todos los jueces superiores titulares de dicha Corte y presidida por quien ejerza la Presidencia institucional. Asimismo, mediante Oficio Nº 3498-A-2026-GRH-GG-PJ, la Gerencia de Recursos Humanos informó que el número total de plazas de jueces superiores titulares asignadas a la referida Corte asciende a dieciséis (16), comprendiendo la plaza correspondiente a la Presidencia y las quince (15) plazas distribuidas en las cinco Salas Superiores permanentes. En consecuencia, las dos terceras partes exigidas por la Tercera Disposición Final y Transitoria del Estatuto equivalen a once (11) jueces superiores titulares incorporados y en funciones.
Octavo. Mediante las Resoluciones Administrativas Nº 000767-2024-P-CSNJPE-PJ, Nº 000863-2024-P-CSNJPE-PJ y Nº 000223-2026-CE-PJ, se incorporó progresivamente a diez (10) jueces superiores titulares nombrados por la Junta Nacional de Justicia a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, conforme al detalle siguiente: Luis Ángel Noé Javiel Valverde, Arturo Mosqueira Cornejo, Daniel Ernesto Cerna Salazar, Javier Santiago Sologuren Anchante, Víctor Joe Manuel Enríquez Sumerinde, Luis Enrique López Pinto, Nahyhon González Aguirre, Wilfredo Iván Ayala Valentín, Marco Antonio Angulo Morales y Jony Antonio Peña Suasnabar.
Noveno. Conforme a la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria del Estatuto, se establece un presupuesto objetivo para la elección del primer Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, es decir, dicha previsión normativa se encuentra condicionada a la incorporación formal de las dos terceras partes de los integrantes de su Sala Plena.
Décimo. De acuerdo con la Convocatoria Nº 004-2025-SN/JNJ, la Junta Nacional de Justicia acordó nombrar al señor Héctor Aníbal Bejarano Lira como juez superior titular de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, encontrándose pendiente la formalización de su juramentación e incorporación efectiva a dicha Corte Superior; en consecuencia, no se ha alcanzado por el momento el número mínimo establecido en el Estatuto, para proceder a la instalación de la primera Sala Plena y elección del primer Presidente de Corte, correspondiendo a este órgano de gobierno adoptar las medidas pertinentes que aseguren el funcionamiento de la conducción institucional, en aplicación a lo regulado por la Cuarta Disposición Final y Transitoria del Estatuto.
Décimo Primero. Mediante escrito presentado en fecha veinticinco de junio del año en curso, el señor juez superior Jhonny Hans Contreras Cuzcano, formula su declinación a la designación como Presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, con el propósito de facilitar una mejor transición administrativa en la referida Corte; por lo que, corresponde aceptar su declinación a dicho cargo; expresándole el agradecimiento institucional correspondiente.
Décimo Segundo. Asimismo, atendiendo a la necesidad de garantizar la estabilidad institucional, la continuidad del servicio de justicia y la conducción regular de dicho órgano jurisdiccional hasta que se configure el supuesto previsto en la Tercera Disposición Final y Transitoria del Estatuto, resulta necesario encargar temporalmente la Presidencia de la Corte al señor juez superior titular Wilfredo Iván Ayala Valentín, -conforme a la propuesta consensuada y comunicada en la fecha por los jueces superiores titulares de la referida Corte-, quien ejercerá las atribuciones, funciones y responsabilidades inherentes al cargo conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Estatuto de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y las demás normas aplicables.
Décimo Tercero. Finalmente, una vez producida la proclamación, juramentación e incorporación efectiva del señor Héctor Aníbal Bejarano Lira, y alcanzándose el número mínimo de once (11) jueces superiores titulares exigido por el Estatuto, corresponderá al Presidente encargado convocar a la primera Sala Plena de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada para la elección democrática del primer Presidente de la Corte, de acuerdo a la normativa vigente.
Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo Nº 740-2026 de la trigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de junio de 2026, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar con efectividad de labores al 30 de junio de 2026, la declinación formulada por el señor juez superior Jhonny Hans Contreras Cuzcano, al cargo de Presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a dicha Corte.
Artículo Segundo.- Encargar a partir del 01 de julio de 2026, provisionalmente la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, al señor juez superior titular Wilfredo Iván Ayala Valentín, quien asumirá el cargo ejerciendo las atribuciones, funciones y obligaciones inherentes al mismo, previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Estatuto de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada y demás normas aplicables, para completar el periodo 2025-2026, salvo que se produzca la situación descrita en el siguiente artículo.
Artículo Tercero.- Disponer que cuando se cumpla con el requisito regulado en la Tercera Disposición Final y Transitoria del Estatuto, el Presidente encargado convoque a los señores jueces superiores titulares nombrados por la Junta Nacional de Justicia que integran dicha Corte Superior, para que instalen la primera Sala Plena y procedan de acuerdo a la normatividad vigente.
Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente resolución.
Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, Gerencia General del Poder Judicial e interesados, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
2530625-1