Aprueban la conformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
N° 058-2026-GRH-CR
“QUE APRUEBA LA CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO”
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO.
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco, el día 12 de junio de 2026;
VISTO:
El Dictamen N° 021-2026-GRH/CR-COPPATYAL de fecha 05 de junio de 2026, de la COMISIÓN ORDINARIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO, ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y ASUNTOS LEGALES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y Ley N° 28607, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; dispositivo que es concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;
Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, determinando en ese sentido, que los gobiernos regionales gozan de autonomía administrativa para aprobar su organización interna, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, preceptúa que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Guardando concordancia, con el inciso a) del artículo 15°, que indica que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; a su vez, el artículo 37° respecto a las Normas y disposiciones regionales señala: “Los Gobiernos Regionales, a través de sus órganos de gobierno, dictan las normas y disposiciones siguientes: “a) El Consejo Regional: Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional (…)”;
Que, en esa línea, el literal a) y f) del artículo 53° de la norma citada en el párrafo precedente, establece que los Gobiernos Regionales tienen como función en materia ambiental y de ordenamiento territorial: “formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales” y “Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitación en el ámbito del territorio regional y organizar, evaluar y tramitar los expedientes técnicos de demarcación territorial, en armonía con las políticas y normas de la materia”;
Que, por su parte, el artículo 20° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, prescribe que la planificación y el ordenamiento territorial tienen por finalidad complementar la planificación económica, social y ambiental con la dimensión, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible. Asimismo, el artículo 21° de la citada ley establece que la asignación de usos se basa en la evaluación de las potencialidades y limitaciones del territorio utilizando, entre otros, criterios físicos, biológicos, ambientales, sociales, económicos y culturales, mediante el proceso de zonificación ecológica y económica. Dichos instrumentos constituyen procesos dinámicos y flexibles, y están sujetos a la Política Nacional Ambiental;
Que, en ese contexto, el artículo 11° de la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, reconoce a la Zonificación Ecológica y Económica como un instrumento de apoyo al ordenamiento territorial orientado al aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y a la adecuada ocupación territorial;
Que, mediante Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 023-2007-PCM, se aprobó el Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica, cuyo artículo 16° dispone que cada proceso de Zonificación Ecológica y Económica desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica constituida mediante Ordenanza Regional, integrada por representantes del sector público, privado y de la sociedad civil, de acuerdo con los requerimientos específicos y el ámbito geográfico correspondiente. A su vez, contempla en su artículo 17°, las funciones de las Comisiones Técnicas, que son: “a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de Zonificación Ecológica y Económica - ZEE a nivel regional y local; así como los aspectos relacionados a la macrozonificación nacional; y b) Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación;
Que, complementariamente, a través de la Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM se aprobó el documento denominado “Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de Zonificación Ecológica y Económica (ZEE) en el ámbito regional o local”, el cual establece lineamientos orientados a regular la organización y funcionamiento de dichas comisiones. Su finalidad es propiciar la coordinación y el acompañamiento en la elaboración, aprobación y ejecución de la Zonificación Ecológica y Económica, como instrumento técnico sustentatorio inicial para el ordenamiento territorial a cargo del nivel de gobierno correspondiente; así como asegurar el adecuado funcionamiento de las comisiones técnicas y facilitar su articulación con las disposiciones de alcance nacional, en concordancia con lo previsto en los artículos 59° y 60° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente;
Que, mediante Ordenanza Regional N° 082-2022-GRH-CR, se aprobó la conformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Huánuco, como instancia de carácter técnico y participativo encargada de promover, monitorear, evaluar y acompañar el desarrollo y actualización del proceso de Zonificación Ecológica y Económica en el ámbito regional. No obstante, durante el período comprendido entre los años 2022 y 2024 no se registraron avances significativos en la formulación y actualización de la Zonificación Ecológica y Económica regional;
Que, con fecha 30 de diciembre de 2025, mediante Resolución Gerencial Regional N° 0029-2025-GRH/GRPPAT, se aprueba la Reformulación del Estudio Definitivo del Proyecto de Inversión “Mejoramiento de los Servicios de Gestión Territorial del Departamento de Huánuco”, con CUI N° 2328019, cuyo proyecto contempla, entre sus principales actividades, la formulación de la ZEE de las seis (06) provincias que no cuentan con este instrumento y la actualización de los cinco (05) existentes, así como la elaboración y actualización de estudios especializados, mapas temáticos, acciones de fortalecimiento de capacidades e implementación de equipamiento para la gestión territorial. Requiriendo para el desarrollo de estas actividades, la validación de la Comisión Técnica Regional para la Zonificación Ecológica y Económica y, posteriormente, la opinión favorable del Ministerio del Ambiente (MINAM);
Que, en ese contexto, mediante Informe N° 000097-2026-GRH-GRPPAT/SGAT-IEPT de fecha 13 de abril de 2026, la responsable del Proyecto Ing. Isolda Esther Polanco Tello, de la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, en atención a la Carta N° 018-2026-RERM concluye con lo siguiente: “(…) - Mediante Ordenanza Regional N° 082-2022-GRH-CR, se aprobó la constitución de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del Departamento de Huánuco, indicando las entidades miembros de la misma; sin embargo, hasta la fecha dicha comisión no se ha instalado y por lo tanto no ha funcionado como tal, retrasando los trabajos que se viene desarrollando. - Desde el año 2025, el gobierno regional de Huánuco ha redoblado esfuerzos con la finalidad de continuar y culminar con el proceso de formulación de la ZEE de las 06 provincias faltantes y la actualización de las 05 aprobadas en el 2017, por lo cual en el 2025 se aprobó la Reformulación del Estudio Definitivo del Proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Gestión Territorial del Departamento de Huánuco”, CUI N° 2328019. Dicho proyecto tiene como meta para el año 2026 culminar el proceso de formulación de la ZEE de todo el departamento de Huánuco. - Los trabajos que se desarrollan durante el proceso de formulación de la ZEE requieren ser validados mínimamente por la “Comisión Técnica Regional para la ZEE” y posteriormente contar con la opinión favorable del Ministerio del Ambiente (MINAM); del mismo modo, de las reuniones sostenidas con el MINAM, estos han reafirmado la necesidad y la urgencia de poder contar con la Comisión Técnica para el proceso de formulación de la ZEE. - Por lo antes descrito y, conforme a lo establecido en el marco normativo por el cual se rige la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE), específicamente en lo que respecta a la Comisión Técnica Regional para la ZEE, se ha evaluado y analizado la situación actual, resulta necesario realizar una reconformación de esta comisión a fin de garantizar su instalación y operatividad y del mismo modo, asegurar el normal desarrollo del proceso de formulación y actualización de las ZEE en el departamento de Huánuco (…)”;
Que, posteriormente, con Informe Técnico N° 00006-2026-GRH-GRPPAT/SGAT-IEPT de fecha 07 de mayo de 2026, emitido en atención a la observación formulada por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 434-2026-GRH/GRAJ, en el cual advirtió que la propuesta presentada no podía tramitarse como una simple reconformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica, por cuanto la incorporación de nuevas instituciones implica una nueva conformación de dicho órgano colegiado, correspondiendo, en consecuencia, la derogación de la Ordenanza Regional N° 082-2022-GRH-CR y la aprobación de una nueva Ordenanza Regional, el área técnica concluye que: “Habiendo evaluado y analizado la situación de la comisión técnica regional actual, resulta necesario solicitar la derogación de la Ordenanza Regional N° 082-2022-GRH- CR (en todos sus extremos) y la aprobación de una nueva Ordenanza Regional que apruebe la constitución de una nueva Comisión Técnica Regional para la ZEE del departamento de Huánuco, por motivo de la incorporación de nuevas instituciones y de esta manera se estará asegurando la continuación del desarrollo del proceso de formulación y actualización de las ZEE en el departamento de Huánuco”;
Que, en marco a las conclusiones y recomendaciones contenidas en los informes técnicos precedentes, la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, a través de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, tramitó la propuesta de derogación de la Ordenanza Regional N° 082-2022-GRH-CR y la constitución de una nueva Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Huánuco. En tal sentido, mediante Informe Legal N° 397-2026-GRH/GRAJ de fecha 15 de mayo de 2026, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la procedencia de la propuesta, concluyendo que corresponde aprobar, mediante Ordenanza Regional, la constitución de una nueva Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Huánuco; recomendando la remisión del expediente al Consejo Regional para su evaluación y aprobación conforme a sus atribuciones legales;
Que, con Dictamen N° 021-2026-GRH/CR-COPPATYAL de fecha 05 de junio de 2026, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional de Huánuco, concluye por la procedencia de aprobar la nueva conformación de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Huánuco, por cuanto, constituye un requisito necesario para la continuidad y culminación del proceso de formulación y actualización de la Zonificación Ecológica y Económica, y garantiza la adecuada ejecución del Proyecto de Inversión: “Mejoramiento de los Servicios de Gestión Territorial del Departamento de Huánuco”, con CUI N° 2328019. Considerando que la Comisión Técnica aprobado mediante Ordenanza Regional N° 082-2022-GRH-CR no llegó a instalarse y que la actual propuesta incorpora nuevas instituciones;
Que, habiéndose tratado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, de fecha 12 de junio de 2026, el Dictamen N° 021-2026-GRH/CR-COPPATYAL, de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional de Huánuco. El máximo Órgano Colegiado, aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”;
Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por MAYORÍA la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR, la CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA REGIONAL DE ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA DEL DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO, como instancia de coordinación, concertación y acompañamiento técnico encargada de coadyuvar al desarrollo del proceso de Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Huánuco, de conformidad a la normativa vigente; la cual estará integrada de la siguiente manera:
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GRUPO FUNCIONAL |
REPRESENTANTE |
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Gobierno Regional |
Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. |
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Alcaldes de las Municipalidades Provinciales |
Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huánuco |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Pachitea |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ambo |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Lauricocha |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Yarowilca |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huamalíes |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Huacaybamba |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Marañón |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Dos de Mayo |
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Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puerto Inca |
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Representante de una institución científica del área de trabajo |
Instituto de Investigaciones para la Amazonía Peruana - IIAP |
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Representantes de las universidades del área de trabajo |
Universidad Nacional Agraria de la Selva - UNAS |
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Universidad Nacional Hermilio Valdizán – UNHEVAL |
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Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos |
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Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco |
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Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento Huánuco |
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Dirección Regional de Agricultura Huánuco |
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Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo |
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Artículo Segundo.- DERÓGUESE, la Ordenanza Regional N° 082-2022-GRH-CR “Que aprobó la constitución de la Comisión Técnica Regional de Zonificación Ecológica y Económica del departamento de Huánuco”; asimismo, las normas y disposiciones que se opongan a la presente norma regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 18 días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
NICOLÁS NIEVES INGA ESTEBAN
Consejero Delegado
Gobierno Regional Huánuco
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 23 días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
ANTONIO L. PULGAR LUCAS
Gobernador Regional
Gobierno Regional Huánuco
2530599-1