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Fecha de publicación: 01/07/2026
Designan Ejecutivo de la Unidad Desconcentrada - Macrorregión Centro Oriental de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Disponen la realización del evento de innovación y maratón tecnológica denominado “Hackathon en Tecnologías Digitales” – Edición 2026

Resolución Viceministerial

N° 123-2026-MINEDU

Lima, 30 de junio de 2026

VISTOS, el Expediente N° DITE2026-INT-0383402, los Informes N° 00408-2026-MINEDU/VMGP-DITE, 00662-2026-MINEDU/VMGP-DITE y 00694-2026-MINEDU/VMGP-DITE elaborados por la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación; el Informe N° 01184-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 00984-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO

Que, el literal h) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en adelante, Ley N° 28044, establece que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo y se sustenta, entre otros, en el principio de la creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos los campos del saber, el arte y la cultura. Asimismo, de acuerdo con el literal g) del artículo 13 de la Ley N° 28044, uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la investigación e innovación educativa;

Que, el literal a) del artículo 9 de la Ley N° 28044 señala como uno de los fines de la educación peruana, formar personas capaces de lograr su realización ética, intelectual, artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima y su integración adecuada y crítica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento;

Que, conforme con lo dispuesto en los literales c) y d) del artículo 21 de la Ley N° 28044, el Estado tiene entre sus funciones, promover el desarrollo científico y tecnológico en las instituciones educativas de todo el país y la incorporación de nuevas tecnologías en el proceso educativo, así como reconocer e incentivar la innovación e investigación que realizan las instituciones públicas y privadas, respectivamente;

Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;

Que, la Trigésima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, que establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado por el Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, en coordinación con los actores del Sistema Nacional de Transformación Digital, promueven las acciones para el desarrollo del talento digital de los ciudadanos y personas en general, a fin de asegurar el ejercicio de ciudadanía digital, así como el desarrollo de competencias digitales para el acceso y uso a contenidos y servicios digitales provistos por el sector público y privado;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 501-2025-MINEDU se aprueba la “Norma Técnica para el Año Escolar 2026 en las Instituciones y Programas Educativos públicos y privados de la Educación Básica”, en cuyo numeral 5.4 denominado “Momentos del año escolar”, se establece las acciones que el equipo directivo de las instituciones educativas y programas educativos, o quien haga sus veces, deben asegurar, entre las cuales se menciona “promover el uso y aprovechamiento de las tecnologías digitales y la Inteligencia Artificial para el desarrollo de competencias”;

Que, en virtud del marco normativo vigente, la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes N° 00408-2026-MINEDU/VMGP-DITE, 00662-2026-MINEDU/VMGP-DITE y 00694-2026-MINEDU/VMGP-DITE, mediante los cuales propone y sustenta la aprobación, mediante acto resolutivo, de la realización del evento de innovación y maratón tecnológica “Hackathon en Tecnologías Digitales” - Edición 2026. Dicho evento permitirá que los participantes diseñen, planifiquen, organicen, difundan y ejecuten iniciativas orientadas a la creación de soluciones tecnológicas para desafíos educativos reales, fomentando el diseño, la programación y el uso pedagógico de herramientas digitales (IA, STEAM, EdTech) que optimicen los procesos de enseñanza aprendizaje en las instituciones educativas públicas de la Educación Básica;

Que, con el Informe N° 01184-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, en el marco de sus funciones, considera técnicamente viable continuar con el trámite de aprobación del proyecto de acto resolutivo para la realización del evento denominado “Hackathon en Tecnologías Digitales” – Edición 2026, por cuanto, desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, para financiar los gastos que irrogará su implementación, la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación cuenta con los créditos suficientes y disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación correspondiente al Año Fiscal 2026, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, a través del Informe N° 00984-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al acto resolutivo que dispone la realización del evento denominado “Hackathon en Tecnologías Digitales” – Edición 2026;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la realización del evento de innovación y maratón tecnológica denominado “Hackathon en Tecnologías Digitales” – Edición 2026.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, en el ejercicio de sus competencias, la aprobación, difusión y el cumplimiento de las bases del evento de innovación y maratón tecnológica denominado “Hackathon en Tecnologías Digitales” - Edición 2026, señalado en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, en el marco de sus competencias, la organización, conducción y el desarrollo del evento al que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Gerber Sergio Pérez Postigo

Viceministro de Gestión Pedagógica

2530563-1