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Fecha de publicación: 01/07/2026
Designan Ejecutivo de la Unidad Desconcentrada - Macrorregión Centro Oriental de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Designan fiscales en los Distritos Fiscales de Lima Centro y Huánuco

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1877-2026-MP-FN

Lima, 30 de junio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 004-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y el informe Nº 0099-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 24 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia, y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 004-2024-SN/JNJ, por la cual se nombró al abogado Julio Alexander Guzmán Roque, como fiscal adjunto superior especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro del distrito fiscal de Lima Centro.

Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento al abogado Julio Alexander Guzmán Roque, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3062-2025-MP-FN, de fecha 9 de octubre de 2025, se resolvió nombrar al abogado Julio Alexander Guzmán Roque, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designarlo en la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada, y destacarlo como apoyo a la Segunda Fiscalía Suprema Penal, destaque que se encuentra prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2026, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3857-2025-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2025; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1230-2025-MP-FN y 2920-2025-MP-FN, de fechas 23 de abril y 19 de septiembre de 2025, respectivamente, se resolvió, entre otros, designar al abogado Joe Oriol Olaya Medina, fiscal adjunto superior titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo.

Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 717-2026-MP-FN, de fecha 12 de marzo de 2026, se resolvió designar al abogado Brian Frank Mamani Davila, fiscal adjunto superior titular penal de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco, en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, y destacarlo como apoyo a la Fiscalía Superior de Familia Transitoria de Ventanilla, hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.

Por su parte, el artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.

El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”.

El Ministerio Público en atención a sus funciones generales y específicas en el Plan Estratégico Institucional 2023-2030, ha definido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos en beneficio de la sociedad”, objetivo que se orienta a mejorar la celeridad del servicio fiscal que ofrece el Ministerio Público, con especial énfasis en su función constitucional como titular de la acción penal. Por tanto, resulta relevante la intervención del fiscal como ente encargado de conducir jurídicamente la investigación del delito y como partícipe directo de la celeridad procesal.

En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 004-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, corresponde emitir el resolutivo a fin de designar al abogado Julio Alexander Guzmán Roque, en su condición de magistrado titular, en la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, para lo cual previamente se deberá dar por concluidos su nombramiento, designación y destaque actuales, así como dar por concluida la designación del fiscal señalado en el cuarto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.

De otro lado, resulta necesario designar al abogado Joe Oriol Olaya Medina, en su condición de fiscal adjunto superior titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, asimismo, se deberá disponer su destaque a la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, para lo cual previamente se deberá dar por concluida la designación y destaque del fiscal señalado en el quinto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.

Por último, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la finalidad de alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI), así como las metas institucionales, se deberá designar provisionalmente al abogado Brian Frank Mamani Davila – fiscal adjunto superior titular penal de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco– en la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada, y, por necesidad de servicio disponer su destaque a la Fiscalía Superior de Familia Transitoria de Ventanilla.

Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente –con carácter transitorio– corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2017-MP-FN-JFS, de fecha 29 de agosto de 2017, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 63-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

Por lo expuesto, de conformidad al informe Nº 0099-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 24 de junio de 2026, y a lo establecido en los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Julio Alexander Guzmán Roque, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, su designación en la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada, y su destaque a la Segunda Fiscalía Suprema Penal; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3062-2025-MP-FN y 3857-2025-MP-FN, de fechas 9 de octubre y 30 de diciembre de 2025, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Joe Oriol Olaya Medina, fiscal adjunto superior titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo; materia de la Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1230-2025-MP-FN y 2920-2025-MP-FN, de fechas 23 de abril y 19 de septiembre de 2025, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del abogado Brian Frank Mamani Davila, fiscal adjunto superior titular penal de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco, en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, y su destaque a la Fiscalía Superior de Familia Transitoria de Ventanilla; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 717-2026-MP-FN, de fecha 12 de marzo de 2026.

Artículo Cuarto.- Designar al abogado Julio Alexander Guzmán Roque, fiscal adjunto superior titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo.

Artículo Quinto.- Designar al abogado Joe Oriol Olaya Medina, fiscal adjunto superior titular especializado en derechos humanos e interculturalidad de Lima Centro, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo; asimismo, destacarlo para que preste apoyo a la Primera Fiscalía Superior Penal Nacional Especializada en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición.

Artículo Sexto.- Designar al abogado Brian Frank Mamani Davila, fiscal adjunto superior titular penal de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco, en la Tercera Fiscalía Superior Nacional Especializada Contra la Criminalidad Organizada; asimismo, destacarlo para que preste apoyo a la Fiscalía Superior de Familia Transitoria de Ventanilla, a partir de la fecha de notificación de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición.

Artículo Séptimo.- Precisar que la plaza señalada en el artículo precedente, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2017-MP-FN-JFS, de fecha 29 de agosto de 2017, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 63-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.

Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento a los abogados Julio Alexander Guzmán Roque, Joe Oriol Olaya Medina y Brian Frank Mamani Davila que deben efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Noveno.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro, Lima Noroeste y Huánuco, Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2530447-4