Autorizan viaje de Consejero en el Servicio Diplomático de la República a la ciudad de Cruzeiro do Sul, República Federativa del Brasil, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 389-2026-RE
Lima, 26 de junio de 2026
VISTOS:
El Memorándum N° DDF006022026 de la Dirección General de Desarrollo e Integración Fronteriza, de 15 de junio de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2298 del Despacho Viceministerial, de 16 de junio de 2026; el Memorándum N° OPP013872026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 24 de junio de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP018552026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 25 de junio de 2026;
CONSIDERANDO:
Que, el Gobernador Regional de Ucayali extendió una cordial invitación al Director de la Dirección Desconcentrada de Pucallpa para participar en una reunión de trabajo y actividades vinculadas al fortalecimiento de la conectividad aérea transfronteriza Ucayali-Acre, a realizarse en la ciudad de Cruzeiro do Sul, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, el 30 de junio de 2026;
Que, el Gobierno Regional de Ucayali, ha solicitado a la Dirección Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Pucallpa, departamento de Ucayali, formar parte de la delegación que participará en el mencionado evento;
Que, la referida participación se enmarca en el seguimiento de los acuerdos del Comité de Frontera Amazónico Centro Perú-Brasil, específicamente respecto al ítem 5 de la Comisión de Conectividad, Integración y Seguridad Transfronteriza, y reviste especial importancia para la articulación regional, el desarrollo económico y la integración fronteriza binacional;
Que, asimismo, durante el citado desplazamiento se tiene previsto participar en la inauguración de la ‘‘Expo Yuruá’’, así como sostener coordinaciones institucionales sobre los compromisos asumidos para la realización de la próxima ‘‘Expo Amazónica’’;
Que, se estima necesaria la participación del Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Alonso Yépez Castro, Director de la Dirección Desconcentrada en la ciudad Pucallpa, departamento de Ucayali, en los citados eventos, precisándose que su desplazamiento será por vía aérea desde la ciudad de Pucallpa, República del Perú, hacia la ciudad de Cruzeiro do Sul, República Federativa del Brasil;
Que, por cuestiones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Cruzeiro do Sul, República Federativa del Brasil, se realizará del 30 de junio al 1 de julio de 2026; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Alonso Yépez Castro, Director de la Dirección Desconcentrada en la ciudad de Pucallpa, departamento de Ucayali, a la ciudad de Cruzeiro do Sul, República Federativa del Brasil, del 30 de junio al 1 de julio de 2026, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (366) 0093947 Oficinas Desconcentradas - Pucallpa; y, Código POI AOI00004500419 “Realización de actividades para el fortalecimiento de las relaciones bilaterales”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
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Nombres y Apellidos |
Transporte Aéreo (chárter) S/ |
Viáticos por día (USD) |
Número de días |
Total viáticos (USD) |
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José Alonso Yépez Castro |
889.50 |
370.00 |
1 |
370.00 |
Artículo 3.- Informe
Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREJA
Ministro de Relaciones Exteriores
2530110-1