Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2026, actualizado, versión 02
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000102-2026-JN/ONPE
Lima, 26 de junio de 2026
VISTOS: El Informe N° 000144-2026-GIEE/ONPE de la Gerencia de Información y Educación Electoral; el Proveído N° 005853-2026-GG/ONPE de la Gerencia General; el Memorando N° 001183-2026-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000316-2026-SGPL/ONPE de la Subgerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000044-2026-SGPR-GPP/ONPE de la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Informe N° 000387-2026-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE;
A través del Decreto Supremo N° 001-2026-PCM, publicado en el diario oficial
El Peruano, el 07 de enero de 2026, se convocó a Elecciones Regionales 2026 para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao (Artículo Primero) y se convocó a Elecciones Municipales 2026 para elegir a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República (Artículo Segundo). Ambos procesos electorales se realizarán el domingo 4 de octubre de 2026;
Por su parte, la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, tiene como objetivo, entre otros, establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, de conformidad con el literal a) del artículo 1 de la citada ley. De acuerdo con el artículo 2 de la citada norma, se entiende por publicidad institucional, a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades, entre otros conceptos; asimismo, el literal a) del artículo 3 de la referida Ley, establece que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, uno de los requisitos para la autorización de realización de publicidad estatal, es el Plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales;
En ese ámbito normativo, mediante el Informe N° 000144-2026-GIEE/ONPE, la Gerencia de Información y Educación Electoral remitió el Plan de Estrategia Publicitaria 2026 de la ONPE, Versión 02, cuya finalidad es implementar una campaña de difusión informativa, a través de medios de comunicación masivos y alternativos, sobre las Elecciones Regionales Municipales 2026 (ERM2026), con un enfoque informativo a la población y a la vez, motivar a la ciudadanía a participar tanto como elector y/o como miembro de mesa en los referidos procesos electorales;
Por su parte, con el Memorando N° 001183-2026-GPP/ONPE, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, referenciando el Informe N° 000316-2026-SGPL/ONPE de la Subgerencia de Planeamiento de la citada Gerencia, emitió opinión favorable al referido Plan, recomendando continuar con su aprobación y difusión y, a través del Memorando N° 000044-2026-SGPR-GPP/ONPE la Subgerencia de Presupuesto de la referida Gerencia, se informó la disponibilidad presupuestal para la ejecución del referido Plan, por lo que, corresponde emitir el acto resolutivo que lo apruebe;
En uso de las facultades conferidas en el literal g) y h) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; los literales m), r) y s) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE y su modificatoria; así como, el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, y la Resolución Jefatural N° 000067-2026-JN/ONPE;
Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General, y de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, de Información y Educación Electoral, y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2026, actualizado, versión 02, de la ONPE contenido en el siguiente enlace: https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/PLAN-ESTRATEGIA-PUBLICITARIA-2026-V02.pdf, que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Información y Educación Electoral la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo precedente.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”, en la sede digital de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO
Jefe (i)
Oficina Nacional de Procesos Electorales
2530108-1