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Fecha de publicación: 27/06/2026
Designan Subsecretario I de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo

Dan por concluido nombramiento y designan fiscal en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1862-2026-MP-FN

Lima, 26 de junio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, de fecha 22 de junio de 2026, que remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 388-2026-JNJ, de fecha 11 de junio de 2026, el informe Nº 004-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, y el informe Nº 0076-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 24 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio Nº 000648-2026-SG/JNJ, cursado por la abogada Melody Del Carmen Fuentes Jara, secretaria general de la Junta Nacional de Justicia, y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 22 de junio de 2026, se remite, entre otras, copia certificada de la resolución de vistos, emitida en el marco de la Convocatoria Nº 006-2024-SN/JNJ; por la cual se nombró a la abogada Jimena del Rosario Pizarro Martinez, como fiscal adjunto provincial especializado en delitos de corrupción de funcionarios de Lima del distrito fiscal de Lima Centro.

Con fecha 18 de junio de 2026, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Jimena del Rosario Pizarro Martinez, en el cargo descrito en el párrafo que antecede.

Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1366-2023-MP-FN, de fecha 9 de junio de 2023, se resolvió nombrar a la abogada Jimena del Rosario Pizarro Martinez, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro y destacándola para que preste apoyo a la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima; vigencia de su nombramiento y designación sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Posteriormente, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3866-2025-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2025, se resolvió prorrogar el destaque de la referida abogada en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, a partir del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.

Según el numeral 64.1 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, los fiscales titulares son aquellos a quienes se nombra de manera permanente para el ejercicio de la función fiscal en el nivel que corresponde.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modificada por la Ley Nº 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que “(…) la separación del cargo de una o un fiscal provisional debe responder a las causales legalmente previstas, sean estas (i) por el acaecimiento de la condición resolutoria a que se sujetó la designación o nombramiento, como el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público a partir del cual se nombre o designe al reemplazante del o la fiscal provisional con carácter permanente (…)”.

Por su parte, el artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográficas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”.

El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”.

En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN fijó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fiscales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(i) El nombramiento del fiscal titular por la Junta Nacional de Justicia”.

En ese sentido, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos y al haberse configurado la condición resolutoria prevista en el numeral (i) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024, así como estando al informe Nº 004-2026-MP-FN-OREF-EJGA-EMJTP, de fecha 24 de junio de 2026, corresponde emitir el resolutivo, a fin de designar a la abogada Jimena del Rosario Pizarro Martinez, en su condición de magistrada titular en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, para lo cual, se deberá previamente dar por concluidos su nombramiento, designación y destaque que se indican en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución.

Por lo expuesto, de conformidad con el informe Nº 0076-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 24 de junio de 2026, y lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Jimena del Rosario Pizarro Martinez, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, así como su destaque a la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 1366-2023-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 3866-2025-MP-FN, de fechas 9 de junio de 2023, 30 de diciembre de 2024 y 31 de diciembre de 2025, respectivamente.

Artículo Segundo.- Designar a la abogada Jimena del Rosario Pizarro Martinez, fiscal adjunta provincial titular especializada en delitos de corrupción de funcionarios de Lima, Distrito Fiscal de Lima Centro, en la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Jimena del Rosario Pizarro Martinez que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a la fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Tomás Aladino Gálvez Villegas

Fiscal de la Nación

2530074-3