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Fecha de publicación: 27/06/2026
Designan Subsecretario I de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo

Modifican Clasificador de Cargos del Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – CONCYTEC

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL

N° 032-2026-CONCYTEC-SG

Lima, 25 de junio de 2026

VISTOS: El Informe N° D000638-2026-CONCYTEC-OGA-OP, de la Oficina de Personal; el Memorando N° D000459-2026-CONCYTEC-OGA, de la Oficina General de Administración; el Informe N° D000060-2026-CONCYTEC-OGPP-OMGC, de la Oficina de Modernización y Gestión de la Calidad; el Memorando N° D000895-2026-CONCYTEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000130-2026-CONCYTEC-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – CONCYTEC, es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, que tiene por finalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción articulada y complementaria entre los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), conforme a lo establecido en la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI);

Que, a través del Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Científico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, al cual dicho programa absorbe por fusión, señalando que se encuentra bajo la dependencia del CONCYTEC. Asimismo, indica que con Resolución de Presidencia N° 058-2021-CONCYTEC-P, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa PROCIENCIA, el cual contiene, entre otros su estructura funcional;

Que, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, modificada con la Ley N° 32507, se establecen los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función;

Que, con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, a través del Decreto Supremo Nº 145-2025-PCM se modifica el Reglamento de la citada Ley Nº 31419;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 145-2025-PCM, señala que las Entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local adecuan su Manual de Clasificador de Cargos o Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda, a las nuevas disposiciones contenidas en el citado Decreto Supremo, considerando los plazos, contados desde el día siguiente de la publicación de la norma;

Que, con Resolución de Presidencia N° 116-2017-CONCYTEC-P, de fecha 21 de setiembre de 2017, se aprobó el Clasificador de Cargos del Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – CONCYTEC, y posteriormente se aprobaron sus modificatorias;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” en el cual se define que el Manual de Clasificador de Cargos es el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, el numeral 5.2.3 y el numeral 5.2.4 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, señala que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, tiene las siguientes responsabilidades, entre otras, de elaborar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos y/o de sus modificatorias, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio; y que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga sus veces, tiene las siguientes responsabilidades, entre otras, de emitir opinión sobre las propuestas de Manual de Clasificador de Cargos y de Cuadro para Asignación de Personal Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones vigente, según corresponda;

Que, el numeral 6.1.10 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, señala que las modificaciones que se den en el Manual de Clasificador de Cargos – MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la citada Directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la presente directiva;

Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” precisa que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad;

Que, con Informe N° D000638-2026-CONCYTEC-OGA-OP, la Oficina de Personal concluye que resulta necesario y técnicamente viable modificar el numeral 4 del Clasificador de Cargos del CONCYTEC, a fin de adecuarlo a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 31419, modificada por la Ley Nº 32507, y su reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 145-2025-PCM, incorporando las actualizaciones de forma correspondientes conforme al marco legal vigente; por otro lado, requiere que se adecúe el requisito de experiencia general del cargo de Secretario(a) General, con lo cual se garantizará la concordancia del instrumento de gestión con el marco normativo aplicable. Cabe precisar que, en el numeral 4 “Perfiles de los Cargos Clasificados” del Clasificador de Cargos del Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – CONCYTEC aprobado con Resolución de Presidencia N° 116-2017-CONCYTEC-P, se detallan la identificación del puesto, actividades/funciones del puesto, formación académica, experiencia (general y específica), de todos los puestos descritos en el Clasificador de Cargos del CONCYTEC;

Que, asimismo, la Oficina de Personal solicita disponer que se deje sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 133-2022-CONCYTEC-P, a fin de mantener la coherencia normativa del instrumento de gestión y evitar la coexistencia de disposiciones sobre una misma materia;

Que, con Informe N° D000060-2026-CONCYTEC-OGPP-OMGC, el cual cuenta con la conformidad de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través del Memorando N° D000895-2026-CONCYTEC-OGPP, la Oficina de Modernización y Gestión de la Calidad comunica que, la adecuación del Clasificador de Cargos está referida a modificaciones en los requisitos “Experiencia General” y “Experiencia en puestos o cargos Directivos” de un grupo de perfiles de cargos ya existentes en dicho documento de gestión. Dichas modificaciones no crean ni eliminan cargos, razón por la cual no se altera el alineamiento entre cargos y unidades de organización o funcionales de la entidad. En consecuencia, desde el ámbito de competencias de la citada Oficina no se advierten observaciones a las modificaciones realizadas al Clasificador de Cargos, correspondiendo continuar con el trámite de aprobación;

Que, el artículo 6 inciso a) de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emite el ente rector; en cada entidad pública la Oficina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, tiene como función “Ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por SERVIR y por la entidad”;

Que, con Resolución de Presidencia N° 238-2014-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2014-SERVIR/GDSRH – “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”, a través del cual se establecen lineamientos que las entidades públicas, en el ámbito de acción de las Oficinas de Recursos Humanos, que deben seguir para la gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2024-PCM, señala que la Oficina de Personal es la unidad orgánica de la Oficina General de Administración, responsable de proponer y ejecutar las políticas, estrategias, normas y procesos relacionados con la planificación, selección, contratación, remuneración, integración, desarrollo, bienestar, evaluación, atención y asistencia del personal; gestiona el sistema de recursos humanos;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Informe del Visto, señala que, contando con la documentación emitida por la Oficina de Personal y la Oficina de Modernización y Gestión de la Calidad, desde el punto de vista estrictamente legal no encuentra objeción para continuar con la modificación del Clasificador de Cargos del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – CONCYTEC, conforme a la propuesta planteada por la Oficina de Personal;

Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que el Titular de la Entidad para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos es la máxima autoridad administrativa;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del CONCYTEC;

Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Jefe de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe(e) de la Oficina de Personal; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti); en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; en la Ley Nº 31419 y modificatoria; en el Reglamento de la Ley N° 31419, aprobada con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM y modificatoria; en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE; en el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; y, en la Resolución de Presidencia N° 058-2021-CONCYTEC-P, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa PROCIENCIA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del numeral 4 del Clasificador de Cargos del Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – CONCYTEC, aprobado por Resolución de Presidencia N° 116-2017-CONCYTEC-P y modificatorias, conforme al detalle que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 133-2022-CONCYTEC-P, así como toda aquella disposición que se oponga a la presente resolución.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Administración, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, para los fines correspondientes.

Artículo 4.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia del CONCYTEC, la publicación de la presente Resolución y anexo en el Portal Institucional del CONCYTEC (www.gob.pe/concytec) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANK ALEXIS CARMONA MORANTE

Secretario General

2530032-1