Formalizan Acuerdo que aprueba la designación de miembro del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 000063-2026-INACAL/PE
San Isidro, 26 de junio del 2026
VISTO:
La Nota N° 000076-2026-INACAL/DA de la Dirección de Acreditación; el Informe N° 000091-2026-INACAL/OA-EFRH del Equipo Funcional de Recursos Humanos; la Nota N° 000166-2026-INACAL/OA de la Oficina de Administración; la Nota N° 000010-2026-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo; las Notas N° 000149 y 151-2026-INACAL/GG y los Memorandos Nos. 000193-2026-INACAL/GG, 000194-2026-INACAL/GG y 000199-2026-INACAL/GG de la Gerencia General; y el Informe N° 000221-2026-INACAL/OAJ y la Nota N° 000073-2026-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, constituyendo además Pliego Presupuestal, siendo el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad;
Que, los numerales 25.1 y 25.5 del artículo 25 de la Ley N° 30224, establecen que el órgano de línea responsable de la materia de acreditación del INACAL, vale decir, la Dirección de Acreditación, es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la acreditación, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional y cuenta con un Comité Permanente de Acreditación, cuya conformación y principales atribuciones se desarrollan en el artículo 31 de la referida Ley;
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la Ley N° 30224, establece que el Comité Permanente de Acreditación es un cuerpo colegiado de cuatro miembros, encargado de resolver los procesos de acreditación;
Que, el literal d) del artículo 14 de la Ley N° 30224, así como el literal e) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, señalan como una de las funciones del Consejo Directivo la de designar a los miembros de los comités permanentes de normalización y de acreditación;
Que, los artículos 2 y 5 del “Procedimiento de Conformación de los Integrantes de los Comités Permanentes de Normalización y el de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL”, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 029-2015-INACAL/PE, establecen que la designación de los miembros de los Comités Permanentes de Normalización y de Acreditación es por un período de dos (2) años, pudiendo ser renovado por un periodo adicional, previa aprobación del Consejo Directivo; y, que, el cargo de integrante de los referidos Comités queda vacante, entre otros, por renuncia voluntaria;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000087-2025-INACAL/PE, se formaliza el Acuerdo N° 2 del Consejo Directivo que designa a los miembros integrantes del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, por el periodo de dos (2) años, a partir del 29 de setiembre de 2025;
Que, mediante Nota N° 000076-2026-INACAL/DA, la Dirección de Acreditación presenta la propuesta para la designación del nuevo miembro del Comité Permanente de Acreditación, ante la declaración de vacancia de uno de sus miembros dispuesta por el Consejo Directivo del INACAL en la sesión N° 11-2026 de fecha 10 de junio de 2026, debido a la renuncia del señor Guillermo Javier Salas Donohue, la cual fue aceptada con eficacia anticipada al 26 de mayo de 2026, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000057-2026-INACAL/PE;
Que, mediante Nota N° 000166-2026-INACAL/OA, la Oficina de Administración remite el Informe N° 000091-2026-INACAL/OA-EFRH del Equipo Funcional de Recursos Humanos, mediante el cual se realiza la verificación de requisitos del profesional propuesto para la designación como miembro integrante del Comité Permanente de Acreditación, concluyendo que el señor Víctor Manuel Rosillo Gallardo cumple con los requisitos exigidos; por lo que, la Oficina de Asesoría Jurídica, en el marco de sus funciones, mediante Informe N° 000221-2026-INACAL/OAJ, emite opinión favorable sobre la designación del profesional propuesto para que integre el Comité Permanente de Acreditación;
Que, mediante Nota N° 000010-2026-INACAL/SCD, el secretario del Consejo Directivo comunica el Acuerdo N° 1 adoptado en la Sesión N° 12-2026 de fecha 24 de junio de 2026, mediante el cual el Consejo Directivo del INACAL designó al señor Víctor Manuel Rosillo Gallardo como miembro integrante del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, ello a efectos de completar el periodo restante de dos (2) años calendario para el vencimiento de la designación originaria, contados desde la vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000087-2025-INACAL/PE, esto es, hasta el 29 de setiembre de 2027, estableciendo la nueva conformación de dicho Comité;
Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto que formalice el citado acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del INACAL;
Con las visaciones de la Dirección de Acreditación, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 029-2015-INACAL/PE que aprueba el “Procedimiento de Conformación de los Integrantes de los Comités Permanentes de Normalización y el de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar el Acuerdo N° 1 adoptado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad en la Sesión N° 12-2026 de fecha 24 de junio de 2026, que aprueba por unanimidad la designación del señor Víctor Manuel Rosillo Gallardo como miembro del Comité Permanente de Acreditación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, designación que tendrá vigencia hasta el 29 de setiembre de 2027, quedando conformado el citado Comité por los siguientes profesionales:
- Sra. María Estela Ayala Galdós Presidente
- Sr. Roger Alberto Chuquipiondo Reyes Miembro
- Sr. Luis Miguel Asmat Bobadilla Miembro
- Sr. Víctor Manuel Rosillo Gallardo Miembro
Artículo 2.- Notificar la presente resolución a las personas señaladas en el artículo 1 de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR JOSÉ BERNABÉ PÉREZ
Presidente Ejecutivo
Instituto Nacional de Calidad
2529982-1