NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 18 de setiembre de 2008
379877
Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el
acto mediante el cual se designe al funcionario que
desempe�ar� el mencionado cargo;
Con la visaci�n del Director General de la Oficina
General de Asesor�a Jur�dica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N� 27594,
Ley que regula la participaci�n del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designaci�n de funcionarios p�blicos,
el art�culo 7� de la Ley N� 27793, Ley de Organizaci�n y
Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
- MIMDES, su Reglamento de Organizaci�n y Funciones
aprobado mediante Decreto Supremo N� 011-2004-
MIMDES;
SE RESUELVE:
Art�culo �nico.- Designar, a partir de la fecha, al se�or
abogado PAVEL NAVARRO GUTI�RREZ, en el cargo de
Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
253403-2
PRODUCE
Declaran el 28 de junio como "El D�a
del Seviche", a nivel nacional
RESOLUCI�N MINISTERIAL
N� 708-2008-PRODUCE
Lima, 16 de setiembre del 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resoluci�n Directoral Nacional N� 241/
INC, de fecha 23 de marzo de 2004, el Instituto Nacional
de Cultura declar� Patrimonio Cultural de la Naci�n al
"Seviche: comida tradicional del Per�";
Que, el Ministerio de la Producci�n es competente
en pesquer�a, acuicultura, industria y comercio interno.
Es competente de manera exclusiva en materia de
ordenamiento pesquero, pesquer�a industrial, conforme
al art�culo 3� del Decreto Legislativo N� 1047, Ley
de Organizaci�n y Funciones del Ministerio de la
Producci�n;
Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del art�culo 7�
del Reglamento de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de la Producci�n, aprobado por Decreto Supremo N� 010-
2006-PRODUCE, el Ministerio de la Producci�n tiene entre
sus objetivos, promover el desarrollo sostenible de las
actividades extractivas y productivas de los subsectores
pesquer�a e industria, para incrementar su competividad a
nivel nacional e internacional;
Que, el art�culo 1� del Decreto Ley N� 25977, Ley
General de Pesca, dispone que la misma tiene por objeto
normar la actividad pesquera con el fin de promover su
desarrollo sostenido como fuente de alimentaci�n, empleo
e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable
de los recursos hidrobiol�gicos, optimizando los beneficios
econ�micos, en armon�a con la preservaci�n del medio
ambiente y la conservaci�n de la biodiversidad;
Que, es de inter�s nacional fomentar y difundir el
seviche peruano, tanto a nivel nacional como internacional,
como plato de bandera nacional, estimulando su consumo
culinario;
Que, en tal virtud, se estima conveniente establecer, a
nivel nacional, la celebraci�n del "DIA DEL SEVICHE", en
el entendido de que la preparaci�n de este plato constituye
la forma m�s usual de consumo de pescado;
Contando con las visaciones del Despacho
Viceministerial de Pesquer�a y de la Oficina General de
Asesor�a Jur�dica; y,
De conformidad con la Ley N� 29158, Ley del
Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N� 1047, Ley de
Organizaci�n y Funciones del Ministerio de la Producci�n,
el Decreto Ley N� 25977, Ley General de Pesca; y el
Reglamento de Organizaci�n y Funciones del Ministerio
de la Producci�n, aprobado por Decreto Supremo N� 010-
2006-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Art�culo �nico.- Declarar el d�a 28 de junio de cada
a�o, como "EL DIA DEL SEVICHE", a nivel nacional.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producci�n
252995-1
RELACIONES EXTERIORES
Prorrogan
plazo
de
vigencia
del
D.S.
N�
061-2006-RE
que
estableci�
reducci�n de la tarifa de derechos
consulares
para
legalizaciones
de
documentos para efectos de tr�mites
de regularizaci�n migratoria
DECRETO SUPREMO
N� 032-2008-RE
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo N� 045-2003-RE, publicado
con fecha 26 de marzo del 2003, aprob� la Tarifa de
Derechos Consulares vigente, la cual se aplica por
las oficinas consulares del Per� en el exterior como
consecuencia de los actos y diligencias que efect�an con
car�cter oficial;
Que, corresponde al Ministerio de Relaciones
Exteriores velar por la protecci�n de los derechos de los
peruanos en el extranjero, comprendi�ndose dentro de ello
la necesidad de brindar las mayores facilidades posible
en materia econ�mica en beneficio de la regularizaci�n
de la situaci�n migratoria de los connacionales en el pa�s
receptor;
Que, la Tarifa de Derechos Consulares debe
contemplar aquellas situaciones que tiendan a favorecer
la regularizaci�n migratoria de los connacionales en el
exterior, especialmente en lo concerniente a la legalizaci�n
de documentos requeridos para tales fines;
Que, por Decreto Supremo N� 061-2006-RE, publicado
el 16 de setiembre del 2006, se estableci� la reducci�n
a un sol consular (1.s/c), respecto a las legalizaciones
referidas a los numerales 21, 22 a) y 27 de la citada Tarifa
de Derechos Consulares, que deban ser efectuadas por
las oficinas consulares del Per� sobre los documentos
requeridos por los peruanos para efectos de tr�mites
de regularizaci�n migratoria, en aquellos pa�ses en que
hayan sido establecidos procesos con tales fines que
involucren a los connacionales;
Que, el Art�culo 2� del acotado Decreto Supremo
N� 061-2006-RE dispuso la vigencia del mismo por un
plazo de 365 (trescientos sesenticinco d�as) contados a
partir de su publicaci�n, renovable, por un plazo similar,
mediante Decreto Supremo;
Que, por el Decreto Supremo N� 053-2007-RE,
publicado el 15 de setiembre del 2007, se prorrog� la
vigencia del Decreto Supremo N� 061-2006-RE por un
plazo de 365 d�as, contado a partir del 16 de setiembre
del 2007;
Que, a fin de favorecer la regularizaci�n migratoria de
los peruanos en el exterior, resulta necesario prorrogar
la vigencia del plazo establecido en el Decreto Supremo
N� 061-2006-RE, renovado por el Decreto Supremo N�