Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a EE.UU., en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00707-2026-DE
Lima, 16 de junio del 2026
VISTOS:
El Oficio Extra FAP N° 001851-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 01254-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01147-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° 01551-2026-MINDEF/VPD, el Viceministro de Políticas para la Defensa traslada a la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, el Oficio N° 0228/MILGP/BAO, mediante el cual el Jefe del Grupo Militar de los Estados Unidos de América (GRUMIL) remite la invitación de la Guardia Nacional del Estado de Virginia Occidental, para que cuatro (4) Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú participen en calidad de observadores en el ejercicio “SENTRY STORM”, a realizarse en la ciudad de Charleston, Estado de Virginia Occidental, Estados Unidos de América, del 20 al 24 de julio de 2026;
Que, con Oficio Extra FAP N° 001851-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú quienes participarán en calidad de observadores en el ejercicio “SENTRY STORM”, a realizarse en la ciudad de Charleston, Estado de Virginia Occidental, Estados Unidos de América, del 20 al 24 de julio de 2026, autorizando su salida del país el 19 de julio y retorno el 25 de julio de 2026;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 00048-2026; la Hoja de Gastos N° 085 DGVC-ME/SIAF-RP; así como la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000005 que garantiza el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la Exposición de Motivos y Sustento, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, por cuanto les permitirá adquirir conocimientos y experiencias en operaciones aéreas avanzadas, tales como la integración de sistemas de combate, la gestión de recursos aéreos y la coordinación con otras fuerzas aéreas, mejorando su capacidad para cumplir altos estándares y fortalecer su interoperabilidad con otras fuerzas, así como contribuir a la modernización y fortalecimiento de la defensa aérea nacional;
Que, asimismo, conforme a lo indicado en el Oficio N° 0228/MILGP/BAO del Jefe del Grupo Militar de los Estados Unidos de América (GRUMIL), los gastos por concepto de viaje, alojamiento y alimentación, del personal designado, serán asumidos por la Guardia Nacional del Estado de Virginia Occidental; por lo que, corresponde otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica por concepto de transporte interno, de acuerdo a lo establecido en la citada Resolución Ministerial N° 696- 2013-DE/SG;
Que, a través del Oficio N° 01254-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 86-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN- LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01147-2026-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en la relación nominal del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, quienes participarán en calidad de observadores en el ejercicio “SENTRY STORM”, a realizarse en la ciudad de Charleston, Estado de Virginia Occidental, Estados Unidos de América, del 20 al 24 de julio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 19 de julio y retorno el 25 de julio de 2026.
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente concepto:
Viáticos:
US$ 440.00 x 5 días x 4 personas x 20% US$ 1,760.00
Total a pagar: US$ 1,760.00
Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 4.- El personal militar más antiguo autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2529618-1