Aprueban Transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
Resolución de Superintendencia
N° 00160-2026-SUNAFIL
Lima, 25 de junio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 000850-2026-CG/GAD de fecha 28 de enero de 2026 de la Contraloría General de la República; el Memorándum N° 723-2026-SUNAFIL/GG/OAD de fecha 11 de junio de 2026 de la Oficina de Administración; el Informe N° 248-2026-SUNAFIL/GG/OPP de fecha 24 de junio de 2026 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 449-2026-SUNAFIL/GG-OAJ de fecha 25 de junio de 2026 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;
Que, el artículo 11 de la Ley N° 29981, Ley de creación de la SUNAFIL, concordante con el artículo 10 y el inciso q) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, establece que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la SUNAFIL y el titular del Pliego Presupuestal, y tiene por función aprobar las resoluciones en el ámbito de su competencia;
Que, en el marco de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se aprueba el presupuesto del Sector Público y mediante la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 013-2025-SUNAFIL/PCD, de fecha 22 de diciembre de 2025, se formaliza la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos (PIA) del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, correspondiente al Año Fiscal 2026;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; y que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad;
Que, a través del Oficio N° 000850-2026-CG/GAD, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, comunica que se realizó el Concurso Público de Méritos N° 06-2025-CG y la designación de la Sociedad de Auditoría para efectuar la auditoría financiera gubernamental por los períodos 2025 y 2026; solicitando a la SUNAFIL efectuar la transferencia financiera de la retribución económica correspondiente al período 2026, por el monto de S/ 125 363.00 (Ciento veinticinco mil trescientos sesenta y tres con 00/100 Soles), a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General;
Que, mediante el Informe N° 248-2026-SUNAFIL/GG/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emitió opinión técnica favorable señalando que los citados recursos ascendente a la suma de S/ 125 363.00 Soles (Ciento veinticinco mil trescientos sesenta y tres con 00/100 Soles), se encuentran registrados en la categoría presupuestal 9001 Acciones Centrales; 3999999 Sin Producto, Actividad Presupuestal 5000003 Gestiones Administrativa, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios; siendo que la transferencia financiera tiene como finalidad cubrir los gastos de la retribución económica de la contratación de la Sociedad de Auditoría (SOA) que tendrá a su cargo la auditoría financiera gubernamental de la SUNAFIL correspondiente al Año Fiscal 2026; por lo que corresponde emitir la presente resolución;
Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
Aprobar la transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, hasta por la suma de S/ 125 363.00 (Ciento veinticinco mil trescientos sesenta y tres con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General - Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente resolución;
Artículo 2.- Financiamiento
La transferencia de recursos financieros autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el Año Fiscal 2026 del Pliego 121: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, Unidad Ejecutora 001-1510: Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, la categoría presupuestal 9001 Acciones Centrales; 3999999 Sin Producto; Actividad Presupuestal 5000003 Gestiones Administrativa; Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias; Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios;
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL (https://www.gob.pe/sunafil).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDGAR ALFONSO VALLEJOS FLORIAN
Superintendente
Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
SUNAFIL
2529612-1