Logo El Peruano
Fecha de publicación: 26/06/2026
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios

Declaran de interés del Sector Agrario y de Riego el “I Congreso Internacional de Fresa - Perú 2026” a realizarse en la ciudad de Lima

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° D000218-2026-MIDAGRI-DM

Jesús María, 24 de junio del 2026

VISTOS:

La Carta 019-2026-PROFRESAS del Comité Organizador del “I Congreso Internacional de Fresa - Perú 2026”; la Hoja de Elevación N° D00054-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA, que adjunta el Informe N° D00007-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA-KESC, de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; y, el Informe N° D000191-2026-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, que ejerce rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, siendo de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, el artículo 5 de la citada Ley establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ejerce competencia en materias vinculadas, entre otras, a la agricultura, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria;

Que, la Vigésima Tercera Política del Acuerdo Nacional establece el compromiso de impulsar el desarrollo agrario y rural del país, que incluya a la agricultura, ganadería, acuicultura, agroindustria y a la explotación forestal sostenible, para fomentar el desarrollo económico y social del sector; y, dentro del rol subsidiario y regulador del Estado señalado en la Constitución Política del Perú, promover la rentabilidad y la expansión del mercado de las actividades agrarias, impulsando su competitividad con vocación exportadora y buscando la mejora social de la población rural;

Que, la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada por el Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI, establece como parte de sus objetivos prioritarios mejorar el desarrollo competitivo agrario, promoviendo la integración de los productores agrarios a cadenas de valor, el fortalecimiento de capacidades y la sostenibilidad de los sistemas productivos;

Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado con Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, en adelante el TI del ROF MIDAGRI, señala que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, así como fomentar la oferta de productos agrícolas con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y la sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola, en coordinación con los sectores e instituciones competentes;

Que, mediante Carta N° 019-2026-PROFRESAS, el Comité Organizador del “I Congreso Internacional de Fresa - Perú 2026”, conformado por PROFRESAS y la Universidad Nacional Agraria La Molina (UNALM), solicita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego declarar de interés del Sector Agrario y de Riego el referido evento, a realizarse el 4 de septiembre de 2026 en la ciudad de Lima;

Que, el “I Congreso Internacional de Fresa - Perú 2026” tiene como objetivo reunir a productores, especialistas, empresas, instituciones académicas y entidades públicas vinculadas al cultivo de fresa, constituyéndose en un espacio de intercambio técnico, difusión de conocimientos, innovación tecnológica y articulación entre los actores vinculados a dicha actividad agrícola;

Que, el citado evento contempla el desarrollo de conferencias y exposiciones técnicas relacionadas con el manejo agronómico, innovación, sostenibilidad, postcosecha, transformación y comercialización del cultivo de fresa, promoviendo la transferencia de conocimientos y fortalecimiento de capacidades de los participantes;

Que, al respecto, mediante el Informe N° D00007-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA-KESCM, adjunto a la Hoja de Elevación N° D00054-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA, la DGDAA, considera procedente la solicitud presentada por el Comité Organizador del “I Congreso Internacional de Fresa - Perú 2026”, emitiendo opinión favorable para que dicho evento sea declarado de interés del Sector Agrario y de Riego, por contribuir al fortalecimiento del desarrollo productivo agrícola, la innovación tecnológica y la articulación de los actores vinculados a la cadena productiva de la fresa;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el Informe N° D000191-2026-MIDAGRI-SG-OGAJ, señala que, de acuerdo a la evaluación realizada por la DGDAA y opinión favorable en el marco de sus funciones y competencias, corresponde la emisión del acto resolutivo que declare de interés del Sector Agrario y de Riego el “I Congreso Internacional de Fresa - Perú 2026”, a realizarse el 4 de septiembre de 2026 en la ciudad de Lima, en tanto los temas a tratar en el referido Congreso resultan estratégicos para el desarrollo competitivo y sostenible del cultivo de la fresa peruana con enfoque en la economía agraria familiar; promoviendo el impulso a unidades productivas sostenibles, asociatividad y acceso a mercados; todo ello, en el marco de lo establecido en la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, la Vigésima Tercera Política del Acuerdo Nacional; la Política Nacional Agraria (PNA) 2021-2030, aprobada por Decreto Supremo N° 017-2021-MIDAGRI y el TI del ROF MIDAGRI;

Que, el literal c) del artículo 8 del TI del ROF MIDAGRI, prescribe que es función, entre otras, del Ministro de Desarrollo Agrario y Riego el refrendar y emitir los dispositivos legales que la legislación establezca y toda norma de carácter general del Sector;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo N° 0017-2021-MIDAGRI, que aprueba la Política Nacional Agraria 2021-2030; y, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declaración de interés sectorial

Se declara de interés del Sector Agrario y de Riego el “I Congreso Internacional de Fresa - Perú 2026” a realizarse el 4 de septiembre de 2026 en la ciudad de Lima, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE CESAR MEZA MILLAN

Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

2529522-1