Autorizan viaje de investigadores de la Universidad Nacional de Moquegua para recibir capacitación especializada en Brasil
UNIVERSIDAD NACIONAL
DE MOQUEGUA
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO
Nº 422-2026-CU
Moquegua, 24 de junio de 2026
VISTOS:
Los Oficios N° D0129-2026-UNAM-VRI y D0132-2026-UNAM-VRI, emitidos por el Sr. Vicerrector de Investigación; los Informes Nº D0032-2026-DCPAS/DCIII/VRI/UNAM y D0033-2026-DCPAS/DCIII/VRI/UNAM, emitidos por el Investigador Principal del Proyecto; los Informes Nº D0300-2026-UNAM-VRI-DCII y D0301-2026-UNAM-VRI-DCII, emitidos por el Director de la Dirección de Centros e Institutos de Investigación Interfacultativos; los Informes Nº D1280-2026-UNAM-R-OPP-UP, D1318-2026-UNAM-R-OPP-UP, D1210-2026-UNAM-R-OPP y D1248-2026-UNAM-R-OPP, emitidos por el Jefe de la Unidad de Presupuesto y el Jefe(e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente; los Informes Legales Nº D0855-2026-UNAM-R-OAJ y D0862-2026-UNAM-R-OAJ, emitidos por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° D0180-2026-UNAM-VRI, emitido por el Vicerrector de Investigación; los Proveídos Nº D3164 y D3169 y, emitidos por el Sr. Rector; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al 4to. párrafo del artículo 18, de la Constitución Política del Perú, el artículo 8 de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria. Concordante con el artículo 1, de la Ley Nº 31520, así como la Ley Nº 32141, que establece sobre la autonomía Universitaria y fortalecimiento institucionalidad de las Universidades Públicas licenciadas;
Que, de conformidad con el artículo 149 del TUO de la Ley Nº 27444, la autoridad administrativa puede disponer la acumulación de procedimientos que guarden conexión; en ese sentido, y existiendo vinculación en los hechos y pretensiones, corresponde acumular los actuados a fin de garantizar la economía procedimental;
Que, mediante Resolución Rectoral Nº 301-2026-R, de fecha 22 de junio de 2026, se encargó al Dr. Alejandro Manuel Ecos Espino, Vicerrector Académico, el Despacho de Rectorado de la Universidad Nacional de Moquegua, los días 24, 25 y 26 de junio de 2026;
Que, el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 28-2026-SE-CU-UNAM, de fecha 24 de junio de 2026, ACORDÓ: POR UNANIMIDAD, AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios al exterior del país, del 05 al 11 de julio de 2026, al Dr. JOSÉ LUIS RAMOS TEJEDA, Investigador Principal, y al Dr. FRANZ ZIRENA VILCA, Coinvestigador, a fin de recibir capacitación especializada en el análisis de pesticidas en agua mediante cromatografía líquida acoplada a espectrometría de masas (LC-MS/MS), en el Centro de Energia Nuclear na Agricultura (CENA) de la Universidade de São Paulo (USP), en São Paulo, Brasil;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, y el Estatuto de la Universidad y lo acordado por el pleno del Consejo Universitario;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios al exterior del país, del 05 al 11 de julio de 2026, al Dr. JOSÉ LUIS RAMOS TEJEDA, Investigador Principal, y al Dr. FRANZ ZIRENA VILCA, Coinvestigador, a fin de recibir capacitación especializada en el análisis de pesticidas en agua mediante cromatografía líquida acoplada a espectrometría de masas (LC-MS/MS), en el Centro de Energia Nuclear na Agricultura (CENA) de la Universidade de São Paulo (USP), en São Paulo, Brasil.
Artículo 2°.- OTORGAR viáticos y pasajes terrestres, pasajes aéreos (Ilo - Tacna - Lima, Perú - Guarulhos, São Paulo, Brasil - Piracicaba, São Paulo, Brasil y viceversa) a favor del Dr. FRANZ ZIRENA VILCA, por el monto de S/ 10,000.00 soles.
Artículo 3°.- OTORGAR viáticos y pasajes terrestres, pasajes aéreos (Ilo - Tacna - Lima, Perú - Guarulhos, São Paulo, Brasil - Piracicaba, São Paulo, Brasil y viceversa) a favor del Dr. JOSÉ LUIS RAMOS TEJEDA, por el monto de S/ 10,000.00 soles.
Artículo 4°.- DISPONER que, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluido el viaje, los comisionados presenten ante el Titular de la Entidad un informe detallado de las actividades realizadas, resultados obtenidos y la correspondiente rendición de cuentas, conforme a la normativa vigente.
Artículo 5°.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.
Artículo 6°.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de Moquegua www.unam.edu.pe
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ALEJANDRO MANUEL ECOS ESPINO
Rector (e)
Presidente del Consejo Universitario
JOSE LUIS PACHECO CACERES
Secretario General
2529456-1