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Fecha de publicación: 26/06/2026
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 1845-2026-MP-FN

Lima, 25 de junio de 2026

VISTOS:

El oficio Nº 006251-2026-MP-FN-PJFSLIMANORTE, de fecha 16 de junio de 2026, e informe Nº 0105-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 24 de junio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante el oficio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 16 de junio de 2026, suscrita por el abogado Percy Richard Rojas Tuesta, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designado en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Condevilla, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales y de salud.

En la carta de renuncia, el citado abogado señala como fecha de último día de labores el 19 de julio de 2026, para lo cual presenta su renuncia considerando el plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 778-2026-MP-FN, de fecha 17 de marzo de 2026, se resolvió nombrar al abogado Percy Richard Rojas Tuesta, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Condevilla.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0105-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 24 de junio de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Percy Richard Rojas Tuesta, a partir del 20 de julio de 2026.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Percy Richard Rojas Tuesta, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y a su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Condevilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 778-2026-MP-FN, de fecha 17 de marzo de 2026, a partir del 20 de julio de 2026.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Percy Richard Rojas Tuesta que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2529454-2