Disponen el embanderamiento general del distrito de Villa María del Triunfo
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 11-2026-MDVMT
Villa María del Triunfo, 24 de junio de 2026
EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
VISTO: La Ley Nº 8916 y su modificatoria la Ley Nº 15253, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en el Artículo 194º modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el día 28 de julio de 2026, se conmemora el Ducentésimo Quinto Aniversario (205 años) de la Proclamación de la Independencia del Perú. Nuestro Aniversario Patrio es una oportunidad para ratificar el compromiso de consolidar una nación peruana integrada y respetuosa de sus valores, de su patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural;
Que, es deber del Gobierno Local la conmemoración de esta magna fecha, como un justo homenaje a todos los gestores y aguerridos libertadores que proclamaron la independencia del Perú, por ello resulta necesario disponer el Embanderamiento General del distrito de Villa María del Triunfo, con el objetivo de promover la integración, identidad, patriotismo y conciencia histórica de la comunidad, mediante la participación activa en las acciones conmemorativas del aniversario patrio, incentivando la reflexión cívico patriótica con enfoque intercultural, con la esperanza de que juntos saldremos adelante como una nación unida;
Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas, instituciones privadas, colegios, clubes, oficinas, iglesias, establecimientos comerciales e industriales del distrito de Villa María del Triunfo, desde el día 01 de julio hasta el día 31 de julio de 2026, con ocasión de conmemorarse el Ducentésimo Quinto Aniversario (205 años) de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión de la presente norma.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano; a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Texto Íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo: https://www.gob.pe/munivillamariadeltriunfo/
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ELOY CHAVEZ HERNANDEZ
Alcalde
PEDRO CARLOS MONTOYA ROMERO
Secretario General