Modifican el Manual de Clasificador de Cargos de la Presidencia de Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
Nº 079-2026-PCM/SG
Lima, 24 de junio del 2026
VISTOS: La Nota de Elevación Nº D000468-2026-PCM-SA de la Secretaría Administrativa; el Memorando Nº D000417-2026-PCM-OGPP y el Informe Nº D000067-2026-PCM-OM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº D000298-2026-PCM-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado; con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor Servicio Civil, así como para promover el desarrollo de las personas que lo integran;
Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y por la entidad;
Que, mediante la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se establecen los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función;
Que, con la Ley Nº 32507 se modifica la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción;
Que, por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; siendo que a través del Decreto Supremo Nº 145-2025-PCM se modifica el Reglamento de la citada Ley Nº 31419;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 145-2025-PCM establece que las entidades públicas del Gobierno Nacional adecúan su Manual de Clasificador de Cargos o Manual de Perfiles de Puesto, según corresponda, a las nuevas disposiciones contenidas en el referido Decreto Supremo en un plazo de hasta máximo seis (6) meses desde el día siguiente de la publicación de la citada norma;
Que, a través de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIRPE, se establecen las reglas que permiten a las entidades públicas elaborar, aprobar, modificar y actualizar el Manual de Clasificador de Cargos;
Que, el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la citada Directiva define al Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;
Que, el sub numeral 5.2.3 del numeral 5.2 de la Directiva dispone que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, tiene entre otras, la responsabilidad de elaborar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos (MCC) y/o de sus modificaciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio;
Que, el subnumeral 6.1.7 del numeral 6.1 del acápite 6 de la Directiva establece que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos al titular de la entidad, contando previamente con opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, correspondiendo al titular de la entidad aprobar el citado documento y gestionar la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el portal del Estado Peruano, en el portal institucional y en el portal de transparencia;
Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y el literal h) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva, establecen que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública;
Que, el artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM, establece que la Secretaría General es la autoridad administrativa inmediata al Presidente del Consejo de Ministros y responsable de la coordinación y supervisión de la gestión de los sistemas administrativos en la Presidencia del Consejo de Ministros, así como de los órganos de administración interna, bajo su competencia;
Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 111-2023-PCM/SG se aprobó el Manual de Clasificador de Cargos de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante el Informe Nº D000298-2026-PCM-OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos propone y sustenta la modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Presidencia del Consejo de Ministros, precisando que la propuesta tiene por objeto adecuar el referido instrumento a las modificaciones normativas señaladas en los considerandos precedentes;
Que, a través del Memorando Nº D000417-2026-PCM-OGPP e Informe Nº D000067-2026-PCM-OM, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro de Asignación de Personal Provisional” cuya aprobación fue formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 199-2025-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Manual de Clasificador de Cargos de la Presidencia de Consejo de Ministros, aprobado por Resolución de Secretaría General Nº 111-2023-PCM/SG, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y en el Portal de Transparencia de la Presidencia del Consejo de Ministros, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR HUGO FARFAN REYES
Secretario General (e)
Presidencia del Consejo de Ministros
2529203-1