Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 102-2026
Lima, 24 de junio de 2026
VISTOS: El Oficio N° 001235-2026-CG/GAD de la Contraloría General de la República; el Memorándum N° 00197-2026/OA e Informe N° 057-2026/OA/FIN de la Oficina de Administración; el Memorándum N° 00208-2026/OPP e Informe N° 0046-2026/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 00518-2026/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 32441, Ley que regula la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, Proinversión es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales están autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse la referida resolución en el Diario Oficial El Peruano;
Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG, la Contraloría General de la República aprobó la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, la cual tiene por finalidad establecer el marco normativo de los procesos de la gestión de sociedades de auditoría que comprenden el registro, designación y contratación de las referidas sociedades;
Que, mediante Oficio N° 001235-2026-CG/GAD, la Contraloría General de la República, con la finalidad de realizar las gestiones internas respecto a la contratación de la auditoria financiera de los periodos 2026 y 2027, solicita a PROINVERSIÓN que se efectúe la transferencia financiera por el 100% de la retribución económica (incluido el IGV) del periodo 2026, por el monto de S/ 156 326,00 a más tardar en junio de 2026 y del 100% de la retribución económica (incluido el IGV) del periodo 2027 por el monto de S/ 156 326,00 a más tardar en junio de 2027;
Que, la Oficina de Administración a través del Memorándum N° 00197-2026/OA e Informe N° 00057-2026/OA/FIN, solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto impulsar el acto resolutivo que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para los servicios de auditoría financiera correspondiente al periodo 2026;
Que, mediante Memorándum N° 00208-2026/OPP e Informe N° 0046-2026/OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable sobre la aprobación de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, a efectos de financiar la retribución económica del periodo 2026, de la sociedad de auditoría encargada de la Auditoría Financiera Gubernamental del periodo 2026;
Que, a través del Informe Legal N° 00518-2026/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que es legamente viable emitir el acto resolutivo que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;
Que, conforme lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo N° 185-2017-EF, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del pliego presupuestal, correspondiéndole por tanto emitir el acto resolutivo, que apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;
Que, si bien el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, no comprende la denominación de Presidencia Ejecutiva, la Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 00001-2026 aprobó las equivalencias denominativas de Dirección Ejecutiva y Secretaría General a Presidencia Ejecutiva y Gerencia General, respectivamente;
Con los vistos de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Administración;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales” y el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por el Decreto Supremo N° 185-2017-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Autorizar la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 001: Agencia de Promoción de la Inversión Privada del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada, hasta por la suma de S/ 156 326,00 (Ciento Cincuenta y Seis Mil Trescientos Veintiséis con 00/100 Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General del Pliego 019: Contraloría General, para financiar el 100% de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría que realizará la Auditoría Financiera Gubernamental por el periodo 2026.
Artículo 2.- La autorización a la que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 055: Agencia de Promoción de la Inversión Privada para el Año Fiscal 2026, según el siguiente detalle:
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DEL |
En Soles |
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SECCIÓN PRIMERA |
: Gobierno Central |
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PLIEGO |
: 055 Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION |
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UNIDAD EJECUTORA |
: 001 Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN |
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CATEGORÍA PRESUPUESTARIA |
: 9001 Acciones Centrales |
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PRODUCTO |
: 3999999 Sin Producto |
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ACTIVIDAD |
: 5000003 Gestión Administrativa |
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FUENTE DE FINANCIAMIENTO |
: 1 Recursos Ordinarios |
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GASTO CORRIENTE |
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2.4 |
: Donaciones y Transferencias |
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2.4.1 |
: Donaciones y Transferencias |
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2.4.1.3 |
: A Otras Unidades del Gobierno |
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2.4.1.3.1 |
: A Otras Unidades del Gobierno |
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2.4.1.3.1.1 |
: A Otras Unidades del Gobierno Nacional |
156 326,00 |
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TOTAL |
156 326,00 |
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AL |
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PLIEGO |
: 019 Contraloría General |
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Unidad Ejecutora |
: 001-196 Contraloría General |
156 326,00 |
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TOTAL |
156 326,00 |
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Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación y difusión
Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe) y en la sede digital de PROINVERSIÓN (www.gob.pe/proinversion), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
LUIS NATAL DEL CARPIO CASTRO
Presidente Ejecutivo
PROINVERSIÓN
2529187-1