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Fecha de publicación: 26/06/2026
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 00761-2026-DE

Lima, 24 de junio del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 4237/51 de la Secretaria de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Oficio N° 01331-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 01208-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, con Oficio N° ARE-AGNAPR-CDO-2026-021-0, del 18 de marzo de 2026, el Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en la República de Perú remite la invitación para la participación de un representante de la Marina de Guerra del Perú, en la Conferencia de Planificación Final del Ejercicio Multinacional “GALAPEX – 2026”, que se realizará en la ciudad de Salinas, República del Ecuador, del 30 de junio al 2 de julio de 2026. Asimismo, se adjunta la esquela de la invitación del Comandante General de la Armada del Ecuador, a través del cual señala, entre otros, que la Armada del Ecuador proveerá el hospedaje, la alimentación y el transporte interno durante el desarrollo de la mencionada conferencia;

Que, con Oficio N° 4237/51, la Secretaria de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú remite el proyecto de resolución ministerial, en el que se autoriza el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Sergio Andrés MANRIQUE ZUMARAN, identificado con CIP N° 00920988 y DNI N° 40402008, como titular; y, como suplente, el Teniente Primero Giuseppe Gonzalo ZAVALAGA ZAPATA, identificado con CIP N° 00116129 y DNI N° 72614237; para que participe en la Conferencia de Planificación Final del Ejercicio Multinacional “GALAPEX – 2026”, así como, autorizar su salida del país el 29 de junio y su retorno el 3 de julio del 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Técnico N° 029-2026/ASUNIT-OMI, mediante el cual concluye que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Marina de Guerra del Perú con la finalidad de promover el objetivo institucional “Contribuir a la protección y promoción de los intereses nacionales en el ámbito internacional”, detallado en el Planeamiento Estratégico Institucional y de acuerdo a la Política Exterior del Estado;

Que, asimismo, la institución armada remite el Informe Legal N° 045-2026 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en el cual se concluye que resulta legalmente viable autorizar el viaje en comisión de servicios antes mencionado. De igual forma, se acompaña la Hoja de Gastos y Declaración N° 121-2026, Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 135-2026, así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000003625 y N° 0000000094, que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, a través del Oficio N° 01331-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 319-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 01208-2026-
MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Sergio Andrés MANRIQUE ZUMARAN, como personal titular, y del Teniente Primero Giuseppe Gonzalo ZAVALAGA ZAPATA, como personal suplente; para participar en la Conferencia de Planificación Final del Ejercicio Multinacional “GALAPEX - 2026”, a realizarse en la ciudad de Salinas, República del Ecuador, del 30 de junio al 2 de julio de 2026; así como, autorizar su salida del país el 29 de junio y su retorno el 3 de julio de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su presupuesto institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasaje aéreo: Lima - Guayaquil, República del Ecuador - Lima

clase económica - hasta por un monto de:

US$ 900.99 x 1 persona US$ 900.99

Pasaje terrestre: Guayaquil – Salinas, República del Ecuador

US$ 55.00 x 1 persona x 2 (ida y vuelta) US$ 110.00

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Total a pagar: US$ 1,010.99

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal militar autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de la entidad describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO

Ministro de Defensa

2529143-1