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Fecha de publicación: 24/06/2026
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 32422, Ley que dispone la creación del Fideicomiso para el Desarrollo Fronterizo de Loreto, aprobado por Decreto Supremo N° 037-2026-PCM

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° D000051-2026-OFIS-PE

Lima, 23 de junio del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 001262-2026-CG/GAD de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Informe N° D000159-2026-OFIS-OA-UF de la Unidad de Finanzas; el Memorando N° D000379-2026-OFIS-OA de la Oficina de Administración; el Informe N° D000074-2026-OFIS-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorando N° D000132-2026-OFIS-OAJ e Informe de Trabajo N° D000077-2026-OFIS-OAJ-RGM de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° D000141-2026-OFIS-GG de la Gerencia General del Organismo de Focalización e Información Social;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1612, se crea el Organismo Técnico Especializado denominado Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS);

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000083-2025-OFIS-PE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 041: Organismo de Focalización e Información Social, correspondiente al Año Fiscal 2026, en el marco de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de Presupuesto o los que hagan sus veces; asimismo, establece que, las transferencias financieras se aprueban, mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional y se publican en el Diario Oficial El Peruano, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 259-2026-CG, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas (IGV) y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar. Dichos conceptos deben ser transferidos a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las firmas que realizarán el control posterior externo, que incluye al Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) en el Anexo 1 de la citada Resolución;

Que, el literal a) del inciso 17.1 del artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, y modificatorias; establece que el pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro - cuando la ejecución corresponda gastos corrientes - en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes;

Que, mediante Oficio N° 001262-2026-CG/GAD, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República comunica a la Gerencia General del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), que a fin de incorporar al Organismo de Focalización e Información Social en la convocatoria de concurso público de méritos para efectuar la auditoría financiera gubernamental de los periodos 2025, 2026 y 2027, se debe cumplir con realizar la transferencia de la retribución económica correspondiente a los periodos 2025 y 2026, por el monto de S/ 53,770.00 por cada periodo, remitir la constancia de previsión presupuestal que precise la transferencia del periodo 2027 por el monto de S/ 53,770.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES) y, el pago de derecho de designación y supervisión por el monto de S/ 8,202.00 (OCHO MIL DOSCIENTOS DOS Y 00/100 SOLES) de conformidad con la Resolución de Contraloría N° 259-2026-CG que aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría;

Que, mediante Memorando N° D000379-2026-OFIS-OA, la Oficina de Administración hace suyo el Informe N° D000159-2026-OFIS-OA-UF emitido por la Unidad de Finanzas, a través del cual, sustenta la viabilidad técnica y legal de realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el monto de S/ 107,540.00 (CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES) para las retribuciones económicas de los periodos 2025 y 2026; así como, se tiene garantizada la previsión presupuestal del periodo 2027 por el monto de S/ 53,770.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES);

Que, a través del Informe N° D000074-2026-OFIS-OPPM, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable respecto a la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 107,540.00 (CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES) a fin de que se continúe con el trámite correspondiente, acreditando la existencia del crédito presupuestario en la secuencia funcional N° 004, indicando que para la retribución económica del periodo 2027, procederá con la reserva y programación en el presupuesto institucional del Año Fiscal 2027 por el monto de S/ 53,770.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES);

Que, mediante Memorando N° D000132-2026-OFIS-OAJ y el Informe de Trabajo N° D000077-2026-OFIS-OAJ-RGM, la Oficina de Asesoría Jurídica sobre la base de lo sustentado por la Unidad de Finanzas y la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, concluye que es jurídicamente viable la emisión del acto resolutorio que autorice la transferencia financiera del Pliego 041: Organismo de Focalización e Información Social, a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, por el monto total de S/ 107,540.00 (CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), para financiar el monto de la retribución económica (incluido IGV) de la Auditoría Financiera Gubernamental de los períodos 2025 y 2026, que se realizará al Organismo de Focalización e Información Social (OFIS);

Que, por lo expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia financiera por el monto de S/ 107,540.00 (CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Unidad Ejecutora 001-196 Contraloría General, para financiar el monto de la retribución económica (incluido IGV) para la Auditoría Financiera Gubernamental de los períodos 2025 y 2026, que se realizará al Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), conforme a lo dispuesto el literal a) del inciso 17.1 del artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01;

Que, la Gerencia General mediante Memorando N° D000141-2026-OFIS-GG, traslada la documentación correspondiente a la Presidencia Ejecutiva para la emisión del acto resolutorio respectivo;

Con el visado de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1612, que crea el Organismo Técnico Especializado denominado Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, que aprueba la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00002-2024-OFIS-PE que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS);

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizar la transferencia financiera, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 041: Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), hasta por la suma de S/ 107,540.00 (CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para financiar el monto de la retribución económica de la Auditoría Financiera Gubernamental de los períodos 2025 y 2026 incluido el IGV, que se realice al Organismo de Focalización e Información Social (OFIS); conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 precedente se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 del Pliego 041: Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), de conformidad con el siguiente detalle:

Pliego : 041 Organismo de Focalización e Información

Social Unidad Ejecutora : 01768 Organismo de Focalización e Información Social

Categoría Presupuestaria : 9001. Acciones Centrales

Actividad : 5000003. Gestión Administrativa

Fuente de Financiamiento : 00 Recursos Ordinarios

Finalidad : 0000067. Administración Financiera

Genérica de Gastos : 2.4 Donaciones y Transferencias

Específica de Gastos : 2.4.1.3.1.1

Monto : S/ 107,540.00

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión y cumplimiento

Disponer que la Oficina de Administración remita copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y efectúe las acciones administrativas correspondiente para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo de Focalización e Información Social (www.gob.pe/ofis), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TABATA DULCE VIVANCO DEL CASTILLO

Presidenta Ejecutiva

Organismo de Focalización e Información Social

2528530-1