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Fecha de publicación: 05/07/2026
Disponen la publicación del proyecto “Guía para la elaboración del Plan de Contingencias en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”

Decreto Regional que aprueba la convocatoria y cronograma de las Audiencias Públicas Regionales de “Logros y Avances de la Gestión - 2026” del Gobierno Regional de Ayacucho

GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO

DECRETO REGIONAL N° 0003-2026-GRA/GR

Ayacucho, 17 de junio de 2026

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO

VISTO:

El Informe N° 000001-2026-GRA/GG-OACGD de fecha 13 de mayo del 2026, Informe Técnico N° 000017-2026-GRA/GR-GRGRDSD-WMH de fecha 25 de mayo del 2026, Oficio N° 000289-2026-GRA/GR-GRGRDSD de fecha 26 de mayo del 2026, Oficio N° 000462-2026-GRA/GG-OACGD de fecha 27 de junio del 2026, Informe N° 000206-2026-GRA/GG-GRI-META 339 OCCOLLO de fecha 02 de junio del 2026, Oficio N° 007129-2026-GRA/GG-GRI-SGEI de fecha 04 de junio del 2026, Oficio N° 002319-2026-GRA/GG-GRI de fecha 05 de junio del 2026, Oficio N° 000505-2026-GRA/GG-OACGD de fecha 08 de junio del 2026, Nota Legal N° 000027-2026-GRA/GG-ORAJ-DPC de fecha 09 de junio del 2026, Proveído N° 001447-2026-GRA/GG-ORAJ de fecha 09 de junio del 2026, sobre “APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y CRONOGRAMA DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS REGIONALES DE “LOGROS Y AVANCES DE LA GESTIÓN - 2026” DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO”, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del título IV, sobre descentralización, Ley N° 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867 y sus leyes modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 31 de la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos prevé entro los mecanismos de participación ciudadana la rendición de cuentas a fin de que las autoridades informen sobre la ejecución presupuestal y el uso de los recursos con que cuentan. La autoridad está obligada a dar respuesta al pedido de la ciudadanía, siento susceptibles de esta obligación quienes ocupan cargos sujetos a revocatoria y remoción. Los fondos a que se refiere al artículo 170° de la Constitución están sujetos a rendición de cuentas conforme a la Ley de la materia;

Que, las Audiencias Públicas como espacios de participación ciudadana y de información permite a la ciudadanía de manera individual o a través de las organizaciones sociales acceder a la información de los logros y avances de la gestión regional en un periodo determinado, así como información respecto al uso y destino de los recursos y bienes del estado. Es una obligación transparentar la gestión regional para generar mayor confianza de la ciudadanía hacia sus autoridades y mejorar los canales de comunicación dentro de un estado de Derecho democrático;

Que, a través de la Ley N° 31433 se ha modificado diversos artículos de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales, entre ellos el artículo 24º cuyo texto prescribe “El Gobierno Regional realizará como mínimo dos Audiencias Públicas Regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el período. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal”;

Que, mediante el literal g) del numeral 6.3 de la Directiva N° 016-2022-CG/PREVI “Rendición de Cuentas de Titulares y Transferencia de Gestión”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 267-2022-CG, dispone que, en el proceso de rendición de cuentas del titular de la entidad, se debe disponer la exposición del informe de rendición de cuentas de titulares en las audiencias públicas dirigidas a los ciudadanos, conforme a las normas específicas que lo regulan;

Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD, se aprueba el instrumento técnico orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y gobiernos locales, cuyo objeto es brindar pautas y orientaciones concretas que contribuyan a que los gobiernos regionales y gobiernos locales desarrollen las audiencias públicas de rendición de cuentas brindando información de calidad en base a sus planes de desarrollo concretado y objetivos de desarrollo sostenible, respetando la autonomía de los gobiernos descentralizados, por tanto, mediante el numeral literal 7.1 de dicho instrumento técnico orientador prescribe que los gobiernos regionales y gobiernos locales deben modificar sus ordenanzas que regulan las audiencias públicas de rendición de cuentas, incorporando las pautas y lineamientos establecidos en el documento técnico orientador, para su aplicación en las audiencias públicas de rendición de cuentas correspondientes al año 2026;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 005-2025-GRA/CR, de fecha 04 de abril del 2025, se APRUEBA, el Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Ayacucho y que establecerá los mecanismos de participación de los agentes de Desarrollo y los procedimientos para la realización de las Audiencias Púbicas Regionales, estableciendo el marco general para su desenvolvimiento; por tanto dicha Ordenanza Regional antes requerida, deja sin efecto la Ordenanza Regional N° 020-2011-GRA/CR de fecha 02 de agosto del 2011, Ordenanza Regional N° 022-2008-GRA/CR de fecha 28 de agosto del 2008;

Que, mediante Informe N° 000001-2026-GRA/GG-OACGD de fecha 13 de mayo del 2026, el Director de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario del Gobierno Regional de Ayacucho, informa al Gobernador Regional la Reprogramación del Calendario de Convocatoria y Cronograma de la Audiencia Publica Regional de Rendición de Cuentas del presente ejercicio discal del año 2026 sobre “LOGROS Y AVANCES DE LA GESTIÓN” del Gobierno Regional de Ayacucho, concluyendo que las Audiencias Públicas como espacios de participación ciudadana y de información permite a la ciudadanía de manera individual o a través de las organizaciones sociales acceder a la información de los logros y avances de la gestión regional en un periodo determinado, así como información respecto al uso y destino de los recursos y bienes del Estado, el Gobierno Regional debe realizar como mínimo dos Audiencias Públicas Regionales al año, una en la capital de la región y otra en una provincia, en las que se dará cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo. Estas deben realizarse en mayo y setiembre de cada año, con la finalidad de evaluar la ejecución presupuestal y la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fiscal, sin embargo, la atención inmediata, prioritaria y urgente del estado de emergencia a cargo del Titular del Pliego del peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, para reducir del Muy Alto Riesgo existente, asi como de una respuesta y rehabilitación rápido, no han permitido la programación de la Convocatoria y Cronograma de las Audiencias Públicas Regionales, sobre los logros y Avances en el Presente Ejercicio Fiscal 2026, la misma que debe llevarse a cabo en el mes de mayo y setiembre del presente año 2026; y por tanto, recomienda la Reprogramación del Calendario de Convocatoria y Cronograma de la Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas del presente ejercicio Fiscal del año 2026 sobre “Logros y Avances de la Gestión” del Gobierno Regional de Ayacucho;

Que, mediante Informe Técnico N° 000017-2026-GRA/GR-GRGRDSD-WMH de fecha 25 de mayo del 2026, Oficio N° 000289-2026-GRA/GR-GRGRDSD de fecha 26 de mayo del 2026, la Gerencia Regional de Gestión de Riesgo de Desastres, Seguridad y Defensa del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye que el Gobierno Regional de Ayacucho ha venido atendiendo las diversas condiciones en la que se encuentra los Gobiernos Locales y Regionales, ya que estos no poseen presupuesto destinado a través de partidas específicas o a nivel de metas específicas para atender en primera accion la respuesta y rehabilitacion de los servicios y unidades productoras que han sufrido daños considerables, para ello es necesario contar que los sectores correspondientes según corresponda debe realizar la atención inmediatamente a través de, actividades de emergencia o IOARR de rehabilitacion, que debe ser financiada a través del FONDES u otra fuente externa de financiamiento, asi mismo, menciona que la Región Ayacucho, por inclemencia de la temporada de lluvias en sus centros poblados ha sufrido los daños de derrumbes de viviendas, deslizamientos de cerros, taludes inestables perjudicando infraestructura vial de diferentes niveles, vecinales, departamentales y nacionales, colmatación de ríos y quebradas, dañando puentes vehiculares y peatonales, colapso de servicios de agua potable y alcantarillado, daños a infraestructura de servicios como instituciones educativas centros de salud y otros;

Que, mediante Oficio N° 000462-2026-GRA/GG-OACGD de fecha 27 de junio del 2026, Informe N° 000206-2026-GRA/GG-GRI-META 339 OCCOLLO de fecha 02 de junio del 2026, Oficio N° 007129-2026-GRA/GG-GRI-SGEI de fecha 04 de junio del 2026, Oficio N° 002319-2026-GRA/GG-GRI de fecha 05 de junio del 2026, el Residente de la Meta 339 – Ejecución de los Trabajos de Recuperación de la Plataforma Vial en la Ruta Nacional PE 28A en el Tramo PTE. MESIE (KM 143+000) – OCCOLLO (KM 264+000) de la Subgerencia de Ejecución de Inversiones de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye que la Ruta Nacional PE-28 A, en el tramo comprendido desde el Emp. PE-1S (San Clemente) hasta el Emp. PE-3S (Ayacucho), fue declarada en emergencia el servicio de transporte terrestre por el plazo de 180 días calendarios, con Resolución Ministerial N° 155-2026-MTC/01.02 de fecha 22 de marzo del 2026, con fecha 02 de abril del 2026, se dio inicio a la actividad “Ejecución de los trabajos de recuperación de la plataforma vial en la Ruta Nacional PE-28A en el tramo: Pte. Mesie (Km 143+000) – Occollo (Km 264+000)”, con un plazo de ejecución de 60 días calendarios, con una primera habilitación presupuestal de S/ 1,500.000.00, la misma que a la fecha se tiene un avance físico de 43.81%, y un avance financiero de 68.57% del presupuesto habilitado; que la atención inmediata, prioritaria y urgente del estado de emergencia a cargo del Titular del Pliego del peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, para reducir del Muy Alto Riesgo existente, asi como de una respuesta y rehabilitacion rápida, no han permitido la programación de la convocatoria y cronograma de las Audiencias Públicas Regionales, sobre los logros y avances en el Presente Ejercicio Fiscal 2026, la misma que debía llevarse a cabo en el mes de mayo y setiembre del presente año;

Que, mediante Oficio N° 000505-2026-GRA/GG-OACGD de fecha 08 de junio del 2026, Nota Legal N° 000027-2026-GRA/GG-ORAJ-DPC de fecha 09 de junio del 2026, Proveído N° 001447-2026-GRA/GG-ORAJ de fecha 09 de junio del 2026, la Oficina Regional de Asesoría Juridicial del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye que es procedente la “APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y CRONOGRAMA DE LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS REGIONALES DE “LOGROS Y AVANCES DE LA GESTIÓN - 2026” DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO”;

En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el literal d) del Artículo 21° de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Texto único Ordenado de la Ley 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución del Jurado Electoral Especial de Huamanga N° 2917-2022-JEE-HMGA/JNE;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR, la Convocatoria y Cronograma de las Audiencias Públicas Regionales de “Logros y Avances de la Gestión - 2026” del Gobierno Regional de Ayacucho.

La convocatoria es conforme al siguiente detalle:

1.- PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS DESCENTRALIZADA 2026 DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO, se llevará a cabo en el Distrito y Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, en el Polideportivo del Colegio Maria Auxiliadora de Huanta, ubicado en el Jr. Razuhuillca N° 920, el dia viernes 28 de agosto del 2026, a horas 09:00 a.m.

2.- SEGUNDA AUDIENCIA PÚBLICA REGIONAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS 2026 DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO, se llevará a cabo en la ciudad de Ayacucho, capital de la Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, en las instalaciones del Centro de Convenciones y Exposiciones Canaán, ubicado en la Av. Sao Paulo S/N del Distrito de Andrés Avelino Cáceres Dorregaray, Provincia de Huamanga, Departamento de Ayacucho, el dia martes 29 de diciembre del 2026, a horas 09:00 a.m.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Modernización Institucional, Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación y así como a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación y difusión de la Convocatoria de las Audiencias Públicas Regionales para el Año Fiscal 2026.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente Decreto Regional al Consejo Regional, Gerentes Regionales, Directores Regionales Sectoriales, Directores de las Oficinas Sub Regionales, Unidades Operativas e instancias administrativas pertinentes del Gobierno Regional de Ayacucho, con las formalidades de Ley.

Artículo Cuarto.- DISPONER, a la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentario, la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho (www.regionayacucho.gob.pe) y conforme prevea la ley.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ

Gobernador

Gobierno Regional Ayacucho

2528245-1