Modifican el Anexo que contiene el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios 2026, aprobado en el artículo 1 de la R.M. N° 033-2026-MIDAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° D000210-2026-MIDAGRI-DM
Jesús María, 19 de junio del 2026
VISTOS:
El Proveído Nº D000237-2026-MIDAGRI-DVDAFIR del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; el Memorando N° D000048-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDAA, el Informe Nº 010-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-DCST de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; y, el Informe N° D000144-2026-MIDAGRI-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 7 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en el marco de sus competencias compartidas con los gobiernos regionales, gobiernos locales, organismos y entidades del Poder Ejecutivo, ejerce entre sus funciones promover la producción agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados; promover la organización de los productores agrarios, la identificación y estructuración de cadenas productivas y la gestión agraria basada en la calidad; promover el financiamiento del sector agrario y de riego, facilitando la articulación del circuito productivo y comercial agrario con el sistema financiero y de seguros y promover el desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas urbanas y rurales, fomentando la inserción de los pequeños y medianos productores agrarios en la economía nacional, todo ello en concordancia con la Política Nacional Agraria;
Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI (en adelante el TI del ROF) establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, la oferta de productos agrícolas a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y la sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia; señalando el literal e) del artículo 90 como función de la citada Dirección General proponer la aprobación del Calendario Nacional de Ferias y Eventos, así como la oficialización de las ferias y eventos nacionales e internacionales no calendarizados, en el ámbito de su competencia;
Que, el artículo 91 del TI del ROF establece que la Dirección General de Desarrollo Ganadero es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos ganaderos, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos ganaderos a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia, teniendo entre sus funciones proponer la aprobación del Calendario Nacional de Ferias y Eventos, así como la oficialización de las ferias y eventos nacionales e internacionales no calendarizados, en el ámbito de sus competencias;
Que, de acuerdo al marco normativo señalado, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través de sus Direcciones Generales de Desarrollo Agrícola y Agroecología y de Desarrollo Ganadero, promueve la participación de las personas naturales y jurídicas vinculadas a la producción agraria mediante ferias y eventos agropecuarios, de acuerdo a lo regulado en los Lineamientos de alcance sectorial LI Nº 004-2023-MIDAGRI/DVDAFIR-DGDAA “Lineamientos para la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios” Versión 01, aprobados por Resolución Ministerial Nº 0433-2023-MIDAGRI (en adelante Los Lineamientos);
Que, el numeral 7.5.1 del numeral 7.5 de Los Lineamientos indica que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología consolida la información remitida por los Gobiernos Regionales y elabora la propuesta del Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios, luego de recibir el documento que compila las ferias y evento de naturaleza pecuaria que efectúa la Dirección General de Ganadería; y, elabora la propuesta del calendario nacional de ferias y eventos agropecuarios;
Que, con Resolución Ministerial Nº 033-2026-MIDAGRI de fecha 30 de enero de 2026 se aprueba el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios 2026;
Que, de acuerdo con los documentos de Visto, la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología solicita se modifique el Anexo que contiene el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios 2026, sustentando su requerimiento con el Informe Nº 010-2026-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA-DCST, en el cual señala que la Mesa Técnica del Café del VRAEM, la misma que constituye la plataforma de articulación y cooperación multisectorial en el ámbito de los Ríos Apurímac (Cusco y Ayacucho), conformada por actores claves del Sector, desde productores y emprendedores hasta la empresa privada y el Estado, tiene como objetivo coordinar las intervenciones estratégicas que impulsen el desarrollo competitivo de la cadena productiva del café, siendo los organizadores del evento denominado Semana del Café del VRAEM a realizarse en las ciudades de Ayacucho y Lima en el mes de agosto de 2026, solicita se considere en el Calendario de Ferias y Eventos Agropecuarios para el año 2026 a la “XI Semana del Café del VRAEM” organizado por la Mesa Técnica de Café del VRAEM y “II Semana del Café del VRAEM en Lima” organizado por la Mesa Técnica de Café del VRAEM;
Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, del Director General de Desarrollo Ganadero y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0433-2023-MIDAGRI, que aprueba los Lineamientos de alcance sectorial, LI Nº 004-2023-MIDAGRI/DVDAFIR-DGDAA “Lineamientos para la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios” Versión 1; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo que contiene el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios 2026 aprobado en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 033-2026-MIDAGRI, Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que los Comités Organizadores de las Ferias y Eventos Agropecuarios que se consignan en el Anexo de la presente Resolución Ministerial, presenten al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; a la Dirección Regional/Gerencia Regional y a la Dirección Subregional de Agricultura de los Gobiernos Regionales, según corresponda, el informe técnico y balance económico documentado de la Feria o Evento Agropecuario, en un plazo no mayor a un (01) mes posterior a su clausura.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE CESAR MEZA MILLAN
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego
NOTA: El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, precisa que el Anexo de la presente Resolución se podrá visualizar en el portal institucional (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano
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