Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha
Resolución Viceministerial
Nº 113-2026-MINEDU
Lima, 19 de junio de 2026
VISTO, el Expediente Nº DICOPRO2026-INT-0602682, el Oficio Nº 01732-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00349-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; el Informe Nº 00940-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 32020, se crea la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, con personería jurídica de derecho público interno, con sede principal en la provincia de Chincha, departamento de Ica; siendo que, con la Ley Nº 32149 se constituye como pliego presupuestario;
Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, de acuerdo a los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; son funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;
Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), propone los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación; asimismo, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y modificatorias (en adelante, Documento Normativo), dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo, señalan que, en el caso del Presidente de la comisión organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de finalizada su designación; y, en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la DICOPRO del MINEDU, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente;
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 026-2026-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, quedando integrada por el señor GREGORIO MEZA MAROCHO, como Presidente; el señor MARCO ANTONIO AÑAÑOS BEDRIÑANA, como Vicepresidente Académico; y, el señor WALTER ORESTES ANTEZANA JULIAN, como Vicepresidente de Investigación;
Que, con el Oficio Nº 01732-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU, la DIGESU remite el Informe Nº 00349-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la DICOPRO, sustenta y propone la emisión de la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluidas las designaciones del Presidente; el Vicepresidente Académico; y, el Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, agradeciéndoles por los servicios prestados; y, ii) Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, designando a la señora CLEOFE MARITZA VERASTEGUI CORRALES, en el cargo de Presidenta; el señor GENARO JOSE TENORIO GARAYAR, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, la señora BELINDA MARLENI NAVARRO GUERRA, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación;
Que, a través del Informe Nº 00940-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la DICOPRO, en el marco de lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley Nº 30220;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 32020, Ley que crea la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha; la Ley Nº 32149, Ley que constituye como pliegos presupuestales a las universidades nacionales creadas por las leyes 31995, 31997, 31998, 32011, 32020, 32060, 32072 y 32074; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor GREGORIO MEZA MAROCHO, en el cargo de Presidente; del señor MARCO ANTONIO AÑAÑOS BEDRIÑANA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, del señor WALTER ORESTES ANTEZANA JULIAN, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, agradeciéndoles por los servicios prestados.
Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, quedando integrada por:
- CLEOFE MARITZA VERASTEGUI CORRALES, en el cargo de Presidenta;
- GENARO JOSE TENORIO GARAYAR, en el cargo de Vicepresidente Académico; y
- BELINDA MARLENI NAVARRO GUERRA, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación.
Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Chincha, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el Informe de Entrega de Cargo; presentados conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y modificatorias.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Gerber Sergio Pérez Postigo
Viceministro de Gestión Pedagógica
2528137-1