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Fecha de publicación: 23/06/2026
Aceptan renuncia de representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIóN N° 000125-2026-02.00/SENCICO

San Borja, 12 de junio de 2026

VISTO:

El Oficio N° 000568-2025-CG/GAD, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, de fecha 16 de octubre de 2025; los Memorandos N° 000453-2026-07.00/SENCICO y N° 000500-2026-07.00/SENCICO, de fecha 05 de junio de 2026, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas; el Memorando N° 000462-2026-05.00, de fecha 04 de junio de 2026, del Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000376-2026-03.01, de fecha 09 de junio de 2026, de la Asesora Legal; el Informe N° 000236-2026-03.00, de fecha 11 de junio de 2026, de la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica, cuenta con patrimonio propio y es el encargado de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles, y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, el Decreto Legislativo N° 147 y el Decreto Supremo N° 097-2021-PCM;

Que, el segundo párrafo del artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, el tercer párrafo del artículo precitado establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en caso del Gobierno Nacional , o por acuerdo del consejo regional o consejo municipal en el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad ; siendo que la resolución del titular del pliego y el acuerdo del consejo regional se publican en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, de fecha 04 de noviembre del 2021, se aprueba el tarifario que establece el monto de retribución económica de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de las mismas, previo concurso público de méritos, a fin que sean designadas para realizar labores de control posterior externo, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la citada Resolución;

Que, el apartado 7.2.1.2 del sub numeral 7.2.1 del numeral 7.2 del artículo 7° de la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental (GRECE) de la Contraloría General de la República solicita a las Entidades que son componentes significativos para la auditoría a la Cuenta General de la República, efectuar la transferencia financiera para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría (SOA) y pagar el derecho de designación y supervisión;

Que, mediante Oficio N° 000568-2025-CG/GAD, de fecha 16 de octubre de 2025, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República comunica al SENCICO que, con la finalidad de que sea incorporada en una próxima convocatoria de Concurso Público de Méritos (CPM) para efectuar la auditoría financiera gubernamental entre otros, por el periodo 2026, se debe cumplir con la transferencia de la retribución económica mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 001-196:Contraloria General, que por cada uno de los periodos a auditar, será el 100% de la retribución económica (incluye IGV), por el monto de S/ 99,686;

Que, mediante Memorando N° 000500-2026-07.00/SENCICO, de fecha 5 de junio de 2026, el Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, informa que a través del Memorando N° 000453-2026-07.00, de fecha 25 de mayo de 2026; solicitó a la Oficina de Planificación y Presupuesto la generación de una certificación de crédito presupuestario en la Genérica y Especifica de Gasto correspondiente (según la Ley N° 27785), para efectuar una transferencia financiera del 100 % de la retribución económica que incluye el IGV, a favor de la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 99,686.00, para el periodo auditado 2026; solicitud que fue atendida con Memorando N° 000462-2026-05.00 de fecha 04 de junio de 2026 mediante el cual la Oficina de Planificación y Presupuesto, informa que se ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000003666 que corresponde a la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, del 100 % de la retribución económica que incluye el IGV por el servicio de Auditoría Externa - Periodo 2026, por el monto de S/ 99,686.00, en la Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales. Actividad 50000003: Gestión Administrativa. Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y transferencias, Especifica de Gasto: 2.4.1 3 1 1 a otras unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que, con Informe N° 000376-2026-03.01/SENCICO, de fecha 09 de junio de 2026, la Asesora Legal opina que, contando con la opinión técnica de la Oficina de Planificación y Presupuesto, sobre la certificación presupuestal respectiva, y de la Oficina de Administración y Finanzas, de acuerdo a sus respectivas funciones y competencias, resulta viable legalmente se emita el acto resolutivo, por el cual se apruebe la Transferencia Financiera con cargo al presupuesto institucional 2026, del Pliego 205 Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, por el importe de S/ 99,686.00 (Noventa y nueve mil seiscientos ochenta y seis con 00/100 soles), con fondos de la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100 % de la retribución económica que incluye el IGV, para la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2026. Asimismo, señala que el citado el acto resolutivo debe ser emitido por el Presidente Ejecutivo en su calidad de titular de la entidad, así también debe ser publicado en el diario Oficial El Peruano, conforme dispone el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 99,686.00 (Noventa y nueve mil seiscientos ochenta y seis con 00/100 soles), con fondos de la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100 % de la retribución económica que incluye el IGV, para la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2026; en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, modificado por la Ley N° 30742, y por la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG;

De conformidad con el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 147, Ley del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción y el inciso j) del artículo 33° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2016-VIVIENDA;

Con el visto del Gerente de la Oficina de Planificación y Presupuesto, del Gerente de la Oficina de Administración y Finanzas, de la Asesora Legal y del Gerente General;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

APROBAR la Transferencia Financiera con cargo al presupuesto Institucional 2026, del Pliego 205 Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, por el importe de S/ 99,686.00 (Noventa y nueve mil seiscientos ochenta y seis con 00/100 soles), con fondos de la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar el 100 % de la retribución económica que incluye el IGV, para la contratación de la Sociedad de Auditoría Externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2026.

Artículo 2°.- Financiamiento

DISPONER que la Transferencia Financiera autorizada mediante el artículo primero de la presente Resolución se realiza con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 205: Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO en la Categoría Presupuestal 9001; Actividad 50000003: Gestión Administrativa; Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Especifica de Gasto: 2.4.1 3 1 1 a otras del Gobierno Nacional; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3°.- Limitaciones al uso de los recursos

DISPONER que los recursos de la transferencia financiera aprobada en el artículo 1° de la presente resolución, no pueden destinarse, bajo responsabilidad, a fines distintos a los establecidos en los citados artículos.

Artículo 4°.- Acciones Administrativas

DISPONER que la Oficina de Administración y Finanzas efectúe las acciones administrativas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 5°.- Publicación

DISPONER que la presente Resolución se publique en el Portal Institucional (www.gob.pe/sencico), y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA

Presidente Ejecutivo

SENCICO

2528064-1