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Fecha de publicación: 23/06/2026
Aceptan renuncia de representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN DE JEFATURA

Nº 000064-2026-IRTP-JE

Jesús María, 22 de junio del 2026

VISTOS: El Oficio Nº 000267-2025-CG/GRECE de la Contraloría General de la Republica, el Memorando Nº 001550-2026-IRTP-OA de la Oficina de Administración, el Memorando Nº 001823-2026-IRTP-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del IRTP y el Informe Nº 000185-2026-IRTP-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y con Resolución de Jefatura Nº 000095-2025-IRTP-JE, de fecha 24 de diciembre de 2025, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al año fiscal 2026 del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, por la suma de S/ 107 547 613,00 (Ciento siete millones quinientos cuarenta y siete mil seiscientos trece y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios;

Que, mediante Resolución de Jefatura Nº 000020-2026-IRTP-JE, de fecha 30 de enero 2026, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados mediante Decreto Supremo Nº 005-2026-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas a favor Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, hasta por el monto de S/ 79 100,00 (Setenta y nueve mil cien y 00/100 soles), destinados a financiar el costo del otorgamiento del bono excepcional y por única vez de S/ 100, 00 (Cien y 00/100 soles) con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo dispuesto en el inciso 1 del numeral 31.5 del artículo 31 de la Ley Nº 32513, resultando a la fecha con un Presupuesto Institucional Modificado - PIM por la Fuente de Financiamiento “Recursos Ordinarios” al monto de S/ 107 626 713,00 (Ciento siete millones seiscientos veintiséis mil seiscientos trece con 00/100 soles);

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoria, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del Jefe de la Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego; precisando que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución de titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, en el marco de lo dispuesto en el precitado texto normativo, mediante la Resolución de Contraloría Nº 497-2025-CG se aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar labores de control posterior externo;

Que, a efectos de implementar lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva Nº 005-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoria para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales” aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 035-2022-CG y conforme a lo establecido en las disposiciones antes indicadas, señala que es atribución exclusiva de la Contraloría General designar y contratar a las Sociedades de Auditoria que se requieran, a través de Concurso Publico de Méritos (CPM) para la realización de la auditoría financiera gubernamental a las Entidades comprendidas en dichos alcances;

Que, con Oficio Nº 000267-2025-CG/GRECE del 25 de junio del 2025, la Contraloría General de la República indica que el Pliego 116 – Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú -IRTP, a más tardar en junio de 2026, deberá realizar la transferencia de la retribución económica a través del SIAF hasta el monto de S/ 109 504, 00 soles, mediante el tipo de operación financiera TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades: 100% de la retribución económica (incluye IGV) del periodo 2026;

Que, mediante el Memorando Nº 001550-2026-IRTP-OA, la Oficina de Administración solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorgar la Certificación de Crédito Presupuestario a efecto de realizar la transferencia de la Retribución Económica y deposito a la Contraloría General de la Republica para el periodo 2026;

Que, con Memorando Nº 001823-2026-IRTP-OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto indica que cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la Republica, indicando que se efectuara con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, por la suma de S/ 109 504, 00 (Ciento nueve mil quinientos cuatro con 00/100 soles), que corresponde al 100% de retribución económica (incluye IGV), para lo cual se adjunta el Certificado de Crédito Presupuestal Nº 3161;

Que, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 116 – Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP a favor del Congreso de la República, fuente de financiamiento 1 - Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001 - Congreso de la República, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, destinado a la contratación y pago de la sociedad de auditoría (SOA) del periodo 2026, hasta por el monto señalado en el considerando precedente;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 000185-2026-IRTP-OAJ, concluye que resulta legalmente viable emitir el acto que autoriza la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y en el marco de la normativa vigente corresponde emitir el acto resolutivo por medio del cual se autoriza la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con el visto de la Gerencia General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”, la Ley Nº 30742, “Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control”, de la Directiva Nº 005-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedad de Auditoria para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución Nº 035-2022-CG, y en uso de las facultades previstas en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del IRTP aprobado mediante Resolución de Jefatura Nº 000002-2025-IRTP-JE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República.

Autorizar la transferencia financiera del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, hasta por el monto total de S/ 109 504,00 (Ciento nueve mil quinientos cuatro con 00/100 soles), correspondiente al periodo 2026 a favor del Pliego 019: Contraloría General en el marco de lo establecido artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Financiamiento

La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, en la Fuente de Financiamiento 1 “Recursos Ordinarios”, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Meta 00000029, Categoría de Gasto 5 Gasto Corriente, Especifica de Gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del gobierno nacional” por la suma de S/ 109 504,00 (Ciento nueve mil quinientos cuatro con 00/100 soles) para el 100% de la Retribución económica del periodo 2026, contando con la disponibilidad presupuestal y la emisión del Certificado de Crédito Presupuestal Nº 3161, en atención al Oficio Nº 000267-2025-CG/GRECE.

Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Publicación y difusión

Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Administración, comunicar a la Contraloría General de República, la ejecución de la transferencia realizada; así como a la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la misma en la sede digital del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP (www.gob.pe/irtp).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CINTHIA VANESSA RAMIREZ SANTILLANA

Jefa Institucional

Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú

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