Aprueban la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero
FONDO NACIONAL DE DESARROLLO
PESQUERO
FONDEPES
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
N° 000049-2026-FONDEPES/GG
Lima, 19 de junio del 2026
VISTOS: El Informe N° 000684-2026-FONDEPES/OGA-UFRH de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Memorando N° 000647-2026-FONDEPES/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe N° 000219-2026-FONDEPES/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000144-2026-FONDEPES/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (en adelante, FONDEPES), es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público, creado mediante Decreto Supremo Nº 010-92-PE y elevado a rango de Ley a través del artículo 57 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca;
Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1023, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos;
Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – Servir y por la entidad;
Que, los literales b) e i) del artículo 2 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM establecen que la Autoridad Nacional del Servicio Civil tiene por funciones dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema, así como aprobar los documentos e instrumentos de gestión, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia;
Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función;
Que, mediante la Ley N° 32507 se modifica entre otros, el artículo 4 de la Ley N° 31419, respecto a los requisitos mínimos para acceder a los cargos de Gerente General y Asesores;
Que, a través del Decreto Supremo N° 145-2025-PCM se modifica, entre otros, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053- 2022-PCM, referido a los requisitos mínimos para acceder a los cargos de Gerente General y Asesores; asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 145-2025-PCM establece que las entidades públicas del Gobierno Nacional adecúan su Manual de Clasificador de Cargos o Manual de Perfiles de Puesto, según corresponda, en un plazo máximo de hasta seis (6) meses desde el día siguiente de la publicación de la citada norma;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, de fecha 16 de noviembre de 2021, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permiten a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos;
Que el literal c) del subnumeral 5.1. del acápite 5 de la Directiva, define al Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; asimismo, el literal h) del citado numeral 5.1 establece que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;
Que, el subnumeral 5.2.3 del numeral 5.2 del acápite 5 de la Directiva dispone que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, tiene como responsabilidad elaborar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos y/o de sus modificaciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio; asimismo el subnumeral 5.2.4 del numeral 5.2 del acápite 5 de la Directiva, establece que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces tiene como responsabilidad emitir opinión sobre las propuestas del mencionado Manual en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones vigente, según corresponda;
Que, el subnumeral 6.1.7 del numeral 6.1 del acápite 6 de la Directiva establece que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos al titular de la entidad, contando previamente con opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, correspondiendo al titular de la entidad aprobar el citado documento, y gestionar la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, en la sede digital de la entidad y en el portal de transparencia;
Que, el numeral 6.1.10 de la Directiva, establece que las modificaciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la citada directiva;
Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE, establece que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa del FONDEPES;
Que, el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de FONDEPES, ha sido aprobado, mediante la Resolución de Gerencia General N° 000041-2023-FONDEPES/GG de fecha 23 de junio de 2023, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 24 de junio de 2023, estando vigente a la fecha;
Que, mediante el Memorando N° 000647-2026-
FONDEPES/OGA, la Oficina General de Administración expresa su conformidad con el Informe N° 000684-2026-FONDEPES/OGA-UFRH, de la Coordinadora de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, el cual sustenta y propone la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del FONDEPES, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, a fin de adecuarlo a las modificaciones dispuestas por la Ley N° 32507 y el Decreto Supremo N° 145-2025-PCM en lo que respecta al puesto estructural de Gerente(a) General, Asesor(a) I y Asesor(a) II; así como para la incorporación a la entidad del puesto de Especialista en Operaciones de Tesorería y del puesto de Operario Acuícola, ambos por mandato judicial y para actualizar el perfil del puesto de Instructor II, conforme a lo requerido por Dirección General de Capacitación y Desarrollo en Pesca Artesanal;
Que, mediante Informe N° 000219-2026-FONDEPES/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de modificación del Manual de Clasificador de Cargos del FONDEPES, precisando que de conformidad con la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, la modificación del MCC, debe ser aprobado por la Gerencia General al ser la máxima autoridad administrativa de FONDEPES;
Que, mediante Informe N° 000144-2026-FONDEPES/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que resulta legalmente viable que la Gerencia General, emita el acto resolutivo por el cual apruebe la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del FONDEPES;
Que, en ese contexto, resulta necesario emitir el acto resolutivo por el cual se apruebe la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del FONDEPES;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, modificada por la Ley N° 32507; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, modificado por el Decreto Supremo N° 145-2025-PCM; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, así como en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado por Resolución Ministerial N° 346-2012-PRODUCE;
Con los vistos de la Oficina General de Administración y su Unidad Funcional de Recursos Humanos, como proponente de la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del FONDEPES; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación del Manual de Clasificador de Cargos del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, aprobado mediante Resolución de Gerencia General N° 000041-2023-FONDEPES/GG, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Administración, en atención a lo establecido en el numeral 6.4.1.2 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, proceda a realizar las acciones previstas para la modificación del Cuadro para Asignación de Personal de FONDEPES en atención a la modificación aprobada mediante el Artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a los Jefes y Directores de los órganos del FONDEPES, para los fines correspondientes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, así como la publicación de la resolución y su anexo en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS ROMERO URTEAGA
Gerente General
2527957-1