Aprueban el “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”, a cargo del Programa de Alimentación Escolar (PAE)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº D000151-2026-MIDIS
San Isidro, 20 de junio del 2026
VISTOS:
El Memorando N° D000715-2026-MIDIS-VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° D000387-2026-MIDIS-DGCGPS de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales; el Informe N° D000247-2026-MIDIS-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000353-2026-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que tiene por finalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado, y la sociedad civil;
Que, la Ley Nº 29792 establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2022-MIDIS se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, cuya conducción está a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en su calidad de ente rector en materia de desarrollo e inclusión social;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 008-2025-MIDIS, modificado por el Decreto Supremo N° 009-2025-MIDIS, se crea el Programa de Alimentación Escolar (PAE), dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio de alimentación nutritivo, saludable y complementario, priorizando su calidad, la pertinencia territorial y cultural, así como la promoción de hábitos saludables, dirigido a los estudiantes de instituciones educativas públicas a nivel nacional, así como a programas no escolarizados de educación inicial conforme al marco normativo vigente;
Que, en el artículo 8 del citado Decreto Supremo, se ha previsto como una de las funciones generales del PAE: “b) Promover la participación activa de la comunidad educativa, la sociedad civil organizada y actores comunitarios, fortaleciendo sus capacidades para la prestación y vigilancia del servicio alimentario escolar, así como los mecanismos de corresponsabilidad;”
Que, con relación a los esquemas de corresponsabilidad, en la Sétima Disposición Complementaria Final del citado dispositivo se indica lo siguiente “El PAE implementa esquemas de corresponsabilidad según la participación de los actores involucrados en la prestación del servicio alimentario escolar. Estos esquemas se establecen en los lineamientos que para tal efecto aprueba el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social mediante Resolución Ministerial;”
Que, mediante Resolución Ministerial N° D000315-2025-MIDIS, que aprueba el Lineamiento N° 002-2025-MIDIS, “Lineamientos para la operatividad de los esquemas de corresponsabilidad del Programa de Alimentación Escolar (PAE) para la prestación del servicio de alimentación escolar”, se establecen los lineamientos para la operatividad de los esquemas de corresponsabilidad del Programa de Alimentación Escolar (PAE) a través de la participación de los actores involucrados en la prestación del servicio de alimentación escolar en las instituciones educativas a nivel nacional, así como a los programas no escolarizados de educación inicial;
Que, el numeral 4.1 de los citados Lineamientos definen al esquema de corresponsabilidad en los siguientes términos: “Los esquemas de corresponsabilidad del PAE se configuran como unidades de organización, colectivas o individuales que reconocen la capacidad instalada y las instancias legitimadas en el territorio, con el fin de fortalecer la calidad en el servicio alimentario. La corresponsabilidad se ejerce en dos ámbitos complementarios: i) la prestación del servicio de alimentación escolar; y, ii) la vigilancia comunitaria y veeduría social;”
Que, asimismo, en el numeral 4.1.1 de los citados Lineamientos, se establece que los comités conformados dentro de los esquemas de corresponsabilidad, apoyan la entrega del servicio alimentario, fortaleciendo la transparencia, la eficiencia y la pertinencia cultural del PAE; en ese contexto, se señala que el Comité de Alimentación Escolar (CAE) organiza la prestación del servicio de alimentación escolar en cada institución educativa a fin de recibir, verificar, almacenar y distribuir los alimentos, vigilar su preparación, asegurar el consumo y rendir cuentas a la comunidad, fortaleciendo así el vínculo escuela–familia y su legitimidad en el territorio;
Que, asimismo, en las definiciones contenidas en el Anexo II de los mencionados Lineamientos, se señala lo siguiente respecto a la “corresponsabilidad”:
“Corresponsabilidad. Entramado interinstitucional, intergubernamental e intersectorial que integra a un amplio ecosistema de actores, desde los sectores del Estado hasta la comunidad educativa, orientados a garantizar un servicio alimentario de calidad, inocuo, culturalmente pertinente y sostenible. La corresponsabilidad se expresa en mecanismos de coordinación y cooperación que permiten atender la diversidad de los territorios y fortalecer la prestación del servicio de alimentación escolar. En su dimensión operativa, la corresponsabilidad promueve, fortalece y reconoce la participación activa de los actores comunitarios, quienes desde sus capacidades asumen roles y responsabilidades en la gestión y vigilancia de la prestación del servicio de alimentación escolar.”
Que, del mismo modo, en dicho Anexo se establece el reconocimiento de los actores comunitarios en los siguientes términos:
“Reconocimiento de los actores comunitarios. Proceso mediante el cual se valoran y legitiman los aportes de los actores comunitarios, garantizando incentivos que fortalezcan su compromiso y aseguren la sostenibilidad de la corresponsabilidad en el tiempo.”
Que, en atención a lo establecido en los “Lineamientos para la operatividad de los esquemas de corresponsabilidad del Programa de Alimentación Escolar (PAE) para la prestación del servicio de alimentación escolar”, se advierte que la “corresponsabilidad” implica, además de las actividades directamente relacionadas con la prestación del servicio alimentario, otro tipo de actividades orientadas al fortalecimiento de las capacidades de los actores vinculados con el servicio alimentario, entre ellas, actividades relacionadas con el reconocimiento e incentivo a los actores comunitarios que fortalezcan su compromiso;
Que, lo señalado en los “Lineamientos para la operatividad de los esquemas de corresponsabilidad del Programa de Alimentación Escolar (PAE) para la prestación del servicio de alimentación escolar”, concuerda con lo previsto en la Resolución Viceministerial N° 032-2026-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Norma para la corresponsabilidad del servicio alimentario escolar implementado por el Programa de Alimentación Escolar del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular (EBR) y Educación Básica Especial (EBE), en los Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI) y en el Servicio Educativo y de Cuidado Diurno con atención integral (EduCuna)”;
Que, al respecto, debemos señalar que en el literal h) del numeral 4 de la citada Norma Técnica se define a la Corresponsabilidad en los siguientes términos:
“h) Corresponsabilidad: Entramado interinstitucional, intergubernamental e intersectorial que integra a un amplio ecosistema de actores, desde los sectores del Estado hasta la comunidad educativa, orientados a garantizar un servicio alimentario de calidad, inocuo, culturalmente pertinente y sostenible. La corresponsabilidad se expresa en mecanismos de coordinación y cooperación que permiten atender la diversidad de los territorios y fortalecer la prestación del servicio de alimentación escolar. En su dimensión operativa, la corresponsabilidad promueve, fortalece y reconoce la participación activa de los actores comunitarios, quienes desde sus capacidades asumen roles y responsabilidades en la gestión y vigilancia de la prestación del servicio de alimentación escolar.” (subrayado y resaltado agregado).
Que, mediante Oficio N° 000834-2026-MIDIS/PAE-DE, la Dirección Ejecutiva del PAE informa que, como parte de sus funciones está la de realizar el acompañamiento a los actores comunitarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones; así como identificar, sistematizar y difundir buenas prácticas en la gestión del servicio promoviendo su reconocimiento; en el ejercicio de las citadas funciones, se advierte la importancia de reconocer y visibilizar a los Comités de Alimentación Escolar (CAE), quienes desempeñan una labor sustancial, toda vez que, organizan la prestación del servicio de alimentación escolar en cada institución educativa para la recepción, verificación, almacén y distribución de los alimentos, vigilando su preparación, asegurando el consumo y con rendición de cuentas a la comunidad, fortaleciendo así el vínculo escuela–familia y su legitimidad en el territorio;
Que, considerando la importancia de las funciones que desempeñan los integrantes del CAE, el PAE propone la institucionalización de la actividad denominada “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”, como parte de la gestión de fortalecimiento de capacidades de los actores vinculados a la prestación del servicio alimentario, que busca reconocer y visibilizar la gestión, compromiso, liderazgo y creatividad de los Comités de Alimentación Escolar (CAE) en la mejora continua del servicio alimentario escolar, promoviendo experiencias exitosas, sostenibles y replicables en otras instituciones educativas;
Que, el PAE sustenta la necesidad de fortalecer y reconocer la labor de los integrantes del Comité de Alimentación Escolar (CAE), quienes en mérito a la alta responsabilidad y compromiso que ejercen, han permitido brindar la continuidad del servicio de alimentación escolar en las instituciones educativas, coadyuvando al cumplimiento de la finalidad pública del PAE;
Que, en ese sentido, el reconocimiento propuesto se encuentra alineado con el fortalecimiento de la participación comunitaria, la mejora continua del servicio alimentario escolar y el reforzamiento de los esquemas de corresponsabilidad, promoviendo prácticas innovadoras, sostenibles y participativas, así como la difusión y replicabilidad de experiencias exitosas en otras instituciones educativas; por lo tanto, la institucionalización del “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”, como estrategia permanente de fortalecimiento de capacidades, reconocimiento institucional y promoción de buenas prácticas de gestión del servicio alimentario escolar a nivel nacional, permitirá garantizar su continuidad, sostenibilidad y mejora progresiva en cada edición, en articulación con las Unidades Territoriales y los actores involucrados en los esquemas de corresponsabilidad;
Que, la propuesta se encuentra alineada con la finalidad pública de la Ley de Modernización del Estado, orientada a promover la innovación pública y la mejora continua en la prestación del servicio alimentario escolar. Asimismo, impulsa la sistematización y difusión de experiencias exitosas, así como la implementación de mecanismos permanentes de reconocimiento institucional; en ese marco, se busca identificar, valorar y reconocer a los Comités de Alimentación Escolar (CAE) que generan valor agregado en la gestión del servicio alimentario, constituyéndose como agentes movilizadores del cambio, la participación y la mejora continua del PAE;
Que, en tal virtud, a propuesta del PAE, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 008-2022- MIDIS que aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030; y, la Resolución Ministerial N° D000024-2026-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación
Aprobar el “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”, a cargo del Programa de Alimentación Escolar (PAE), el cual se efectuará de manera semestral, conforme a los criterios que dicho Programa aprobará.
Artículo 2.- Adopción de medidas adicionales
Disponer que el Programa de Alimentación Escolar (PAE) adopte las acciones necesarias a fin de implementar la ejecución del “Reconocimiento a la excelencia en la gestión del servicio alimentario escolar del Comité de Alimentación Escolar - CAE”.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILY NORKA VÁSQUEZ DÁVILA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
2527956-1