Determinan que la categoría de la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estados Unidos de América, es la de Consulado
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 097-2026-RE
Lima, 20 de junio de 2026
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares establece que la sede de la oficina consular, su clase y la circunscripción consular, las fijará el Estado que envía y serán aprobadas por el Estado receptor;
Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la sede y circunscripción de las Oficinas Consulares se determinan por Decreto Supremo, en tanto que la categoría por Resolución Suprema, siendo que ambos dispositivos son propuestos por el órgano de línea consular;
Que, el artículo 25 del Reglamento Consular del Perú establece que las Oficinas Consulares tienen las categorías siguientes: a) Consulado General; b) Consulado; c) Sección Consular; y, d) Agencia Consular;
Que, el artículo 32 del Reglamento Consular del Perú dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modificación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor;
Que, mediante Decreto Supremo N° 039-2025-RE, de 4 de octubre de 2025, se dispone el establecimiento de la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estados Unidos de América, y fija su circunscripción consular en el Condado de Bernalillo del Estado de Nuevo México del citado país;
Que, mediante Nota Diplomática 25-1350, de 18 de julio de 2025, la Oficina de Misiones Extranjeras (OFM) del Departamento de Estado de los Estados Unidos de América informa el otorgamiento de la anuencia para establecer una Oficina Consular del Perú en Albuquerque con circunscripción en el Condado de Bernalillo del Estado de Nuevo México;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; y, el consentimiento de las autoridades competentes de los Estados Unidos de América;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, en el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Determinación de la categoría de la Oficina Consular del Perú en Albuquerque
Se determina que la categoría de la Oficina Consular del Perú en Albuquerque, Estados Unidos de América, es la de Consulado.
Artículo 2.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA
Presidente de la República
CARLOS JOSÉ PAREJA RÍOS
Ministro de Relaciones Exteriores
2527954-5