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Fecha de publicación: 22/06/2026
Modifican resolución mediante la cual se conformó el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Comité de Seguimiento para la fase de implementación del Plan de Acción para atender la problemática hídrica de la provincia de Candarave, del departamento de Tacna”

Declaran el cumplimiento de la notificación de cincuenta y cinco (55) resoluciones gerenciales que declaran la existencia de responsabilidad administrativa

RESOLUCIÓN GERENCIAL

N° 5338-2026-GTVT/MPC

Cusco, 19 de junio de 2026

VISTOS: El Informe N° 321-2026-SGAIT-GTVT-MPC, Proveído N° 2851, Informe N° 297-2026-SGAIT-GTVT-MPC, Proveído N° 2852, Dictamen N° 324-2026-MPC/GTVT/AL, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley N° 30305 señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el ARTICULO II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades.

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el artículo 81° establece las funciones de las municipalidades provinciales en el ámbito de transporte terrestre, servicio público, transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, entre otras, en el marco de las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.

Que, mediante Informe N° 321-2026-SGAIT-GTVT-MPC de fecha 17 de junio del 2026, el Sub Gerente de Administración de Infracciones de Tránsito remite (11) expedientes en donde se resuelve DECLARAR LA EXISTENCIA Y SANCIONAR, para su publicación.

Que, mediante Proveído N° 2851 de fecha 18 de junio del 2026, la Gerencia de Transito Vialidad y transporte remite el Informe N° 321-2026-MPC-GTVT-SGAIT para su atención.

Que, mediante Informe N° 297-2026-SGAIT-GTVT-MPC de fecha 12 de junio del 2026, el Sub Gerente de Administración de Infracciones de Tránsito remite (46) expedientes en donde se resuelve DECLARAR LA EXISTENCIA Y SANCIONAR, para su publicación.

Que, mediante Proveído N° 2852 de fecha 18 de junio del 2026, la Gerencia de Transito Vialidad y transporte remite el Informe N° 297-2026-MPC-GTVT-SGAIT para su atención.

Que, el numeral 1.1 del Articulo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 006 -2026 - JUS, con respecto al Principio de Legalidad, señala: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades que estén atribuidas, y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.”

Que, al amparo del numeral 18.1 del TUO de la LPAG que señala (…) La notificación del acto será practicada de oficio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó (…) que en el presente caso, conforme se tiene RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, remitidas por la Sub Gerencia de Administración de Infracciones de Tránsito, existe la posibilidad latente de que estas al no ser notificadas, puedan prescribir si su notificación y publicación no se realiza oportunamente.

Qué, el numeral 1 del artículo 20° del TUO de la LPAG contempla tres formas de notificación, que deben ser aplicadas en orden de prelación; lo que no impide a la autoridad utilizar más de una forma complementaria, siempre que no desnaturalice el orden previsto, si así lo estima conveniente para mejorar las posibilidades de participación de los administrados.

Que, en tal sentido, la autoridad se encuentra impedida, bajo sanción de nulidad de la notificación, de suplir una modalidad con otra y modificar el orden de prelación establecido en el precitado artículo, que es el siguiente:

“Artículo 20. Modalidades de notificación

20.1 Las notificaciones son efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación:

20.1.1 Notificación personal al administrado interesado o afectado por el acto, en su domicilio.

20.1.2 Mediante telegrama, correo certificado, telefax; o cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado expresamente por el administrado.

20.1.3 Por publicación en el Diario Oficial El Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad cuente con este mecanismo.

(…)”.

Qué, en ese orden de ideas, cuando resulte impracticable otra modalidad de notificación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada, se procederá a realizar la publicación de los actos administrativos de manera excepcional la misma que conlleva un gasto presupuestal que deberá ser requerido por la GTVT ante la Oficina de Presupuesto de la Entidad Edil a efectos de materializar la notificación (publicación vía edicto) conforme se detallará en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

Que, el Decreto Supremo N° 004-2020-MTC que aprueba el “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial en Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios” prevé en su Artículo 11 que, “11.1. La Autoridad Decisora emite la Resolución Final determinando la existencia o no de responsabilidad administrativa respecto de cada infracción imputada, y de ser el caso, impone las sanciones y/o dicta las medidas correctivas que correspondan.”

Que, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por Ordenanza Municipal N° 05-2026-MPC;

SE RESUELVE:

Primero.- DECLARAR, EL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN de las cincuenta y cinco (55) RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA vía publicación en el Diario Oficial El Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco; en conformidad con el orden de prelación de notificaciones establecido en el Art 20° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) conforme al detalle adjunto “RELACIÓN DE RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA”:

RESOL.

N° DE PIT

ADMINISTRADO

CODIGO

FECHA

1

5285-2026

421161E

LUIS EDUARDO SILVA HUAYCOCHEA

M01

31/07/2022

2

5284-2026

009785F

HERNANDO JOSUE GUTIERREZ CCAÑIHUA

M02

22/08/2024

3

5283-202

417939E

RAFAEL RICARDO VEGA QUISPE

M28

02/07/2022

4

5282-2026

419573E

NELSON RONALDO NOA FERNANDEZ

M28

12/07/2022

5

5281-2026

421784E

ALEXANDER MICHAEL GOMEZ ALANIA

M02

05/08/2022

6

5280-2026

420572E

ALEXANDER APAZA CAÑIHUA

M04

24/07/2022

7

5279-2026

419069E

JHON ALEXANDER SUPA CUSI

M28

06/07/2022

8

5278-2026

419090E

ELEAZAR ORMACHEA HURTADO

M03

05/07/2022

9

5277-2026

442554E

JUAN ALBERTO FARFAN CASAS

M04

10/03/2023

10

5276-2026

417855E

MARCIAL WALTER ARANIBAR GIL

M03

20/06/2022

11

5275-2026

417161E

ANICETO PAUCAR RUCANA

M02

20/06/2022

12

5330-2026

416628E

FELIX PERALTA SENCIA

M40

29/06/2022

13

5329-2026

414900E

GUSTAVO ADOLFO ALFONZO COLLS

M24

19/06/2022

14

5328-2026

418112E

MIJAEL POMA ORTIZ

M28

25/06/2022

15

5327-2026

416633E

SEBASTIAN YANA CONTRERAS

M28

30/06/2022

16

5326-2026

416614E

JUAN CARLOS QUISPE CHIRINOS

M24

20/06/2022

17

5325-2026

418111E

MIJAEL POMA ORTIZ

M27

25/06/2022

18

5324-2026

417917E

ADRIAN ROMAJA ÑAUPA

M27

23/06/2022

19

5323-2026

416632E

HARRY GREGORY ALVAREZ CORAHUA

M24

30/06/2022

20

5322-2026

416631E

HARRY GREGORY ALVAREZ CORAHUA

M28

30/06/2022

21

5321-2026

418114E

NOE CELESTIAL QUISPESUCSO CCAMA

M03

26/06/2022

22

5320-2026

420920E

RAUL WILLIAN CCOA DELGADO

M02

28/07/2022

23

5319-2026

423992E

WILIAN HUALLPA ROJAS

M01

11/09/2022

24

5318-2026

FLAGRANCIA

PRESENTACION HUALLPA QUISPE

M02

18/05/2025

5318-2026

FLAGRANCIA

MARTIN RAMOS CORRALES

SOLIDARIO

5318-2026

FLAGRANCIA

ANDREA ROCCA ROQUE

SOLIDARIO

25

5317-2026

FLAGRANCIA

ADAN ISMAEL VELASQUEZ TAYRO

M02

15/06/2025

5317-2026

FLAGRANCIA

JAFET CRUZ BENITO

SOLIDARIO

26

5316-2026

FLAGRANCIA

RODOLFO AQUICE ARIAS

M02

22/04/2025

5316-2026

FLAGRANCIA

YHON GUTIERREZ MAMANI

SOLIDARIO

27

5315-2026

420090E

ROBERT JAIME SILVA LLACTA

M28

25/07/2022

28

5314-2026

424721E

ABEL NOE GALINDO RAMIREZ

M04

04/09/2022

29

5313-2026

420957E

JAVIER FRANCISCO ZAPATA VALDEIGLESIAS

M40

27/07/2022

30

5312-2026

420925E

GREGORIO HUARACHI TTACCA

M40

29/07/2022

31

5311-2026

421157E

WILLIAN CUSIYUPANQUI CARRASCO

M40

31/07/2022

32

5310-2026

421757E

JESUS HERBERT ILLACANCHI CONDORI

M24

30/07/2022

33

5309-2026

418744E

ROSALIO ARQQUE

TINTAYA

M27

24/07/2022

34

5308-2026

421656E

JOSUE ADAN ROJAS CAHUANA

M28

29/07/2022

35

5307-2026

420641E

EDGAR ACHAHUI

CUTIPA

M28

26/07/2022

36

5306-2026

420473E

APOLINAR HUAMAN

PEREZ

M18

31/07/2022

37

5305-2026

421760E

BENJAMIN POMAHUACRE BOBADILLA

M03

31/07/2022

38

5304-2026

420656E

PIO QUISPE QUENAYA

M04

25/07/2022

39

5303-2026

453808E

RUBEN ROGELIO DE LA CUBA RIOS

M01

27/06/2023

5303-2026

453808E

JANETH GOMEZ CANDIA

SOLIDARIO

40

5302-2026

420098E

VICENTE CONDORI QUISPE

M02

27/07/2022

41

5301-2026

425320E

OSCAR CACERES HUAMANI

M02

10/09/2022

42

5300-2026

420552E

JULIO CESAR QUISPE TUMBA

M03

15/07/2022

43

5299-2026

417891E

JHON CESAR TTITO

JALIRE

M24

04/07/2022

44

5298-2026

418745E

ROSALIO ARQQUE

TINTAYA

M28

24/07/2022

45

5297-2026

418743E

ROSALIO ARQQUE

TINTAYA

M03

24/07/2022

46

5296-2026

420659E

HOOPER REYNALDS CCAJAVILCA CHOQQUEMAMANI

M28

25/07/2022

47

5295-2026

418149E

MICHAEL MOLINA CCOLQUESANA

M28

04/07/2022

48

5294-2026

420935E

EDISON TERAN SOTO

M03

31/07/2022

49

5293-2026

420089E

ROBERT JAIME SILVA LLACTA

M03

25/07/2022

50

5292-2026

414120E

WASHINGTON FERRO TILLCA

M16

20/06/2022

51

5291-2026

406089E

LUIS ALBERTO PAUCCAR CRUZ

M17

30/07/2022

52

5290-2026

421303E

JUAN DIEGO MAMANI DURAND

M17

25/07/2022

53

5289-2026

421331E

KEVIN ARTEMIO CACERES ESTRADA

M17

26/07/2022

54

5287-2026

399933E

GUSTAVO DAVID ALANGUIA PEREZ

M18

22/06/2022

55

5286-2026

417853E

DENILSON IVAN LOAIZA HUAMAN

M24

19/06/2022

Segundo.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación, las RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA ello en aplicación del principio de eficacia del acto administrativo y la potestad sancionadora del estado.

Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente resolución a la Sub Gerencia de Administración de Infracciones de Tránsito (SGAIT), debiendo esta instancia, a través de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, realizar las acciones necesarias ante las oficinas competentes (oficina de presupuesto) que permitan materializar las notificaciones vía publicación.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

REYNALDO BELLIDO MERIDA

Gerente

2527747-1