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Fecha de publicación: 21/06/2026
Aprueban los Lineamientos N° 001-2026- PCM-SGP “Lineamientos estratégicos para la mejora de la calidad regulatoria en gobiernos regionales y locales”

Aprueban la Directiva N° 004-2026-CG/AJ, “Defensa legal o asesoría especializada para servidores y exservidores de la Contraloría General de la República”

Resolución de Contraloría

N° 321-2026-CG

Lima, 17 de junio de 2026

VISTOS:

Los Proveídos N° 003035-2025-CG/SGE y N° 000518-2026-CG/SGE, de la Secretaría General; el Memorando N° 000450-2026-CG/GAD, de la Gerencia de Administración; el Memorando N° 000247-2026-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando N° 001113-2026-CG/ABAS, de la Subgerencia de Abastecimiento; las Hojas Informativas N° 000945-2025-CG/AJ y N° 000195-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 001303-2025-CG/GJNC, así como la Hoja Informativa N° 000042-2026-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme al literal v) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior tiene como atribución, entre otras, asumir la defensa del personal de la institución a cargo de las labores de control, cuando se encuentre incurso en acciones legales, derivadas del debido cumplimiento de la labor funcional, aun cuando al momento de iniciarse la acción, el vínculo laboral con el personal haya terminado;

Que, el literal l) del artículo 35 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y sus modificatorias, concordante con el artículo 154 de su Reglamento General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y sus modificatorias, reconoce el derecho de los servidores civiles a contar con la defensa y asesoría legal, asesoría contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la entidad, para su defensa en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales, ya sea por omisiones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese concluido la vinculación con la entidad;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015- SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles”, y sus modificatorias, con el objeto de regular las disposiciones para solicitar y acceder al beneficio de defensa y asesoría legal, contable, económica o afín, de los servidores y ex servidores civiles de las entidades de la administración pública;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, establece que a partir de su entrada en vigencia las entidades de la administración pública deberán adecuar progresivamente sus procedimientos sobre asesoría legal y defensa judicial para servidores o ex servidores civiles, a las estipulaciones señaladas en la mencionada directiva;

Que, en dicho contexto, la Directiva N° 011-2020-CG/AJ “Defensa y/o Asesoría para colaboradores y excolaboradores de la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 297-2020-CG, modificada por las Resoluciones de Contraloría N° 298-2023-CG y N° 273-2024-CG, establece las disposiciones para el otorgamiento del beneficio de defensa legal y/o asesoría especializada que soliciten los funcionarios, exfuncionarios, servidores o exservidores de la Contraloría General de la República, cuando sean involucrados en procedimientos, procesos o investigaciones por el ejercicio regular de sus funciones o actividades, o en los cuales haya sido encargado o designado, bajo criterios de gestión en su oportunidad;

Que, de otro lado, de acuerdo con la función prevista en el artículo 36 y el literal d) del artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG, y sus modificatorias, mediante Hoja Informativa N° 000945-2025-CG/AJ, complementada con Hoja Informativa N° 000195-2026-CG/AJ, la Subgerencia de Asesoría Jurídica ha identificado oportunidades de mejora en la gestión de las solicitudes de defensa legal o asesoría especializada que recibe esta Entidad Fiscalizadora Superior, recomendando la aprobación de la directiva “Defensa legal o asesoría especializada para servidores y exservidores de la Contraloría General de la República”;

Que, la Secretaría General, en mérito a la propuesta gestada por la Subgerencia de Asesoría Jurídica, autoriza la continuidad del procedimiento para la aprobación de la directiva “Defensa legal o asesoría especializada para servidores y exservidores de la Contraloría General de la República”; según lo establecido en la Directiva N° 003-2024-CG/GJNC “Gestión Normativa en la Contraloría General de la República”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 159-2024-CG;

Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Hoja Informativa N° 000042-2026-CG/GJNC, con base en los argumentos expuestos en las Hojas Informativas N° 000945-2025-CG/AJ y N° 000195-2026-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, y la conformidad de la Gerencia de Administración a través del Memorando N° 000450-2026-CG/GAD, se considera jurídicamente viable la aprobación de la directiva “Defensa legal o asesoría especializada para servidores y exservidores de la Contraloría General de la República”; considerando que se ha cumplido con las disposiciones de la Directiva N° 003-2024-CG/GJNC “Gestión Normativa en la Contraloría General de la República”;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 004-2026-CG/AJ, “Defensa legal o asesoría especializada para servidores y exservidores de la Contraloría General de la República” que como anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 297- 2020-CG, que aprueba la Directiva N° 011-2020-CG/AJ “Defensa y/o Asesoría para colaboradores y excolaboradores de la Contraloría General de la República”, y las Resoluciones de Contraloría N° 298-2023-CG y N° 273-2024-CG.

Artículo 3.- Publicar la presente resolución y la Directiva N° 004 -2026-CG/AJ, “Defensa legal o asesoría especializada para servidores y exservidores de la Contraloría General de la República” en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (https://www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI

Contralor General de la República

DIRECTIVA N° 004-2026-CG/AJ

“DEFENSA LEGAL O ASESORÍA ESPECIALIZADA PARA SERVIDORES Y EXSERVIDORES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”

ÍNDICE

1. FINALIDAD

2. OBJETIVO

3. ALCANCE

4. SIGLAS Y REFERENCIAS

5. BASE LEGAL

6. DISPOSICIONES GENERALES

6.1. Definiciones

6.2. Contenido del derecho de defensa o asesoría especializada

7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

7.1. De la evaluación de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada

7.1.1. Requisitos obligatorios para la admisibilidad de la solicitud

7.1.2. Improcedencia de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada

7.1.3. De la gestión de la solicitud y sus plazos

7.1.4. Denegatoria de la solicitud, supuesto de abstención del titular de la entidad y desistimiento.

7.2. Del procedimiento para la contratación del servicio de defensa legal o asesoría especializada

7.2.1. Actos previos a la contratación del servicio

7.2.2. Contratación del servicio

7.2.3. Ejecución de la contratación del servicio y pago

7.2.4. Obligación de reembolso y devolución de costas y costos

7.3. Entrega de información para la defensa legal o asesoría especializada

8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

9. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

10. ANEXOS

DIRECTIVA N° 004-2026-CG/AJ

“DEFENSA LEGAL O ASESORÍA ESPECIALIZADA PARA SERVIDORES Y EXSERVIDORES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”

1. FINALIDAD

La presente Directiva tiene por finalidad establecer el procedimiento para la evaluación de la solicitud y contratación del servicio de defensa legal o asesoría especializada, a favor de los funcionarios, exfuncionarios, servidores o exservidores de la Contraloría General de la República, cuando sean involucrados en procesos o procedimientos por el ejercicio regular de sus funciones o actividades, o en los cuales hayan sido encargados bajo criterios de gestión en su oportunidad.

2. OBJETIVO

Regular el procedimiento para la evaluación de las solicitudes de defensa legal o asesoría especializada que requieran los funcionarios, exfuncionarios, servidores o exservidores de la Contraloría General de la República, y su procedimiento de contratación.

3. ALCANCE

Las disposiciones contenidas en la presente Directiva se aplican a todo funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor, que se encuentre prestando o haya prestado servicios en atención al vínculo laboral con la Contraloría General de la República, así como a los órganos y/o unidades orgánicas intervinientes en el procedimiento para la tramitación oportuna de las solicitudes de defensa legal o asesoría especializada, conforme a la presente Directiva.

4. SIGLAS Y REFERENCIAS

AJ : Subgerencia de Asesoría Jurídica.

Contraloría : Contraloría General de la República.

DOC : Subgerencia de Gestión Documentaria.

GAD : Gerencia de Administración.

GCH : Gerencia de Capital Humano

GJNC : Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental.

GRC : Gerencia Regional de Control.

PLPREPI : Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones.

Cuando en la presente directiva se mencionen las siglas antes indicadas, se entenderá que, según sea el caso, corresponden a las entidades, órganos y unidades orgánicas referidas en el presente numeral, o a las que hagan sus veces.

5. BASE LEGAL

• Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.

• Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

• Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

• Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.

• Decreto Supremo N° 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas.

• Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

• Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

• Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, Reglas para Acceder al Beneficio de Defensa y Asesoría de los Servidores y Ex Servidores Civiles.

• Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones u otras normas que las sustituyan o las reemplacen, de ser el caso.

6. DISPOSICIONES GENERALES

6.1. Definiciones

Para los fines de la presente directiva se tiene las siguientes definiciones.

6.1.1. Autoridad competente: Autoridad policial, fiscal, judicial, administrativa o de otra naturaleza, que tiene a su cargo la investigación, proceso o procedimiento en el cual el solicitante se encuentra comprendido o viene siendo requerido para un fin específico.

6.1.2. Bajo criterios de gestión en su oportunidad: Es aquella actuación, activa o pasiva, que no forma parte del ejercicio de funciones del solicitante, tales como el ejercicio de un encargo, comisión u otro ejercicio temporal de actividades, dispuestos a través de actos de administración interna o cualquier otro acto normativo predeterminado. Asimismo, se refiere a las acciones efectuadas en contextos excepcionales en nombre o al servicio de las entidades de la Administración Pública persiguiendo los fines propios de la función pública.

6.1.3. Costas: Están constituidas por las tasas judiciales, los honorarios de los órganos de auxilio judicial y los demás gastos judiciales realizados en el proceso.

6.1.4. Costos: Están constituidos por los honorarios del abogado de la parte vencedora, más un cinco por ciento (5%) destinado al Colegio de Abogados del Distrito Judicial respectivo para su Fondo Mutual, y para cubrir los honorarios de los abogados en los casos de Auxilio Judicial.

6.1.5. Domicilio: El domicilio se constituye por la residencia habitual de la persona en un lugar.

6.1.6. Ejercicio regular de funciones: Es aquella actuación, activa o pasiva, conforme a las funciones, actividades o facultades propias del cargo o de la unidad organizacional de la Contraloría General de la República a la que pertenece o perteneció el funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor en el ejercicio de la función pública, así como la actuación que resulte del cumplimiento de disposiciones u órdenes superiores.

6.1.7. Fundados elementos: Actos de investigación o informes que contengan recomendaciones o conclusiones emitidas por la propia entidad, los órganos del Sistema Nacional de Control y/u otros entes de fiscalización, que sustenten la existencia verosímil de la imputación de un hecho que presuntamente configuraría falta o delito y que se encuentra vinculado a alguna omisión, acción o decisión que en su oportunidad el funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor adoptó en el ejercicio regular de sus funciones o bajo criterios de gestión en su oportunidad.

6.1.8. Inminente inicio de un proceso o procedimiento: Proceso o procedimiento que ha de iniciarse en mérito a una denuncia penal o la implementación de recomendaciones o conclusiones emitidas por la propia entidad, los órganos del Sistema Nacional de Control y/u otros entes de fiscalización, que por su naturaleza revista complejidad por la cantidad de servidores civiles involucrados, la información y/o documentación recopilada, entre otros.

6.1.9. Procesos o procedimientos: Todo aquellos procesos judiciales, constitucionales, arbitrales o procedimientos administrativos, investigaciones congresales, policiales y fiscales o de cualquier otra índole, en cualquier etapa de los mismos.

6.1.10. Propuesta de defensa legal o asesoría especializada: Propuesta formulada por el solicitante a fin de que se contrate a determinado abogado o asesor para que ejerza la defensa legal o asesoría especializada. La propuesta no es vinculante para la Contraloría.

6.1.11. Solicitante: Es el funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor de la Contraloría, que requiere el servicio de defensa legal o asesoría especializada.

6.1.12. Solicitud de Defensa Legal: Es aquella que se requiere para la defensa del funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor de la Contraloría, en el marco de un proceso o procedimiento judicial, administrativo, constitucional, arbitral, investigación congresal, policial o ante el Ministerio Público, en la que se tenga la calidad de denunciado, investigado, procesado, imputado, demandado, tercero civilmente responsable, u otra condición de similar naturaleza.

6.1.13. Solicitud de Asesoría Especializada (legal, asesoría contable, económica o afín): Es aquella que se requiere cuando el funcionario, exfuncionario, servidor, o exservidor de la Contraloría necesita de una orientación especializada, por tener la calidad de testigo o condición similar, o actuar alguna prueba en un proceso o procedimiento judicial, administrativo, constitucional, arbitral, investigación congresal, policial o ante el Ministerio Público.

6.1.14. Titular de la entidad: Para efectos de la presente Directiva, se entiende a la máxima autoridad administrativa de la Contraloría, conforme a su Reglamento de Organización y Funciones.

6.2. Contenido del derecho de defensa legal o asesoría especializada

Todo funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor, que se encuentre prestando o haya prestado servicios para la Contraloría puede solicitar la contratación de defensa legal o asesoría especializada, siempre que acredite haber sido citado o emplazado en calidad de denunciado, investigado, procesado, imputado, demandado, testigo, tercero civilmente responsable, o para la actuación de alguna prueba, en procesos o procedimientos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales, policiales y ante el Ministerio Público; y, que los hechos imputados estén vinculados a omisiones, acciones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio de sus funciones o bajo criterio de gestión en su oportunidad, aun cuando al momento de iniciarse el proceso o procedimiento, hubiesen concluido su vinculación con la Contraloría; y estrictamente relacionadas con el ejercicio de la función pública o del servicio público.

También, puede concederse el beneficio de manera excepcional, cuando el funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor acredite de manera indubitable que existen fundados elementos que permitan inferir el inminente inicio de un proceso o procedimiento en su contra.

El beneficio de defensa legal o asesoría especializada comprende todas las etapas del proceso o procedimiento hasta su conclusión y/o archivamiento definitivo en instancias nacionales; para estos efectos, se puede contratar a profesionales o a personas (técnicos, peritos, expertos u otros) cuyos conocimientos especializados, experiencias o habilidades resulten necesarios para la defensa legal o asesoría especializada.

El contenido del derecho de defensa legal o asesoría especializada no se extiende al reconocimiento de concepto alguno, producto del resultado del proceso o procedimiento, a favor del solicitante de la defensa legal o asesoría especializada.

7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

7.1. De la evaluación de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada

7.1.1. Requisitos obligatorios para la admisibilidad de la solicitud

El procedimiento se inicia a pedido de parte, mediante una solicitud dirigida a la Secretaría General, presentada a través de la Mesa de Partes Virtual o Física de la Contraloría, ubicada en la Sede Central o en las Gerencias Regionales de Control, debiendo adjuntar los Anexos Nos 2 y 3 (conforme al Anexo N° 01 “Modelo de Solicitud de Defensa Legal o Asesoría Especializada”).

La solicitud debe contener los requisitos de admisibilidad siguientes:

a) Datos generales del solicitante: nombres y apellidos, Documento Nacional de Identidad, domicilio, teléfono y dirección electrónica de contacto; además, precisar su condición de funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor, así como, la unidad orgánica en la que presta o prestaba servicios cuando sucedieron los hechos que dieron lugar al proceso o procedimiento en su contra o en el cual se encuentre involucrado.

b) Datos del proceso o procedimiento en el que se encuentre comprendido, incluyendo los datos de quien promueve el proceso o procedimiento, número de expediente, caso, carpeta, denuncia u otra numeración que lo identifique, la materia (tipificación de los delitos, infracciones, faltas u otros), la condición del emplazamiento (demandado, denunciado, testigo u otros) y la autoridad a cargo del mismo.

c) Exposición clara y concisa de los hechos materia del proceso o procedimiento, debiendo declarar expresamente haber actuado conforme al ejercicio regular de sus funciones, encargatura y/o designación o bajo criterios de gestión en su oportunidad. Precisándose la vinculación entre los referidos hechos materia del proceso o procedimiento por el cual se solicita la defensa legal o asesoría especializada, con las funciones o la gestión que tuvo a su cargo en el momento que aquellos hechos se desarrollaron.

d) Copia de la notificación o comunicación de la citación o emplazamiento recibida. Si el solicitante no cuenta con alguno de estos documentos, deberá acompañar a su solicitud copia de cualquier documento emitido por la autoridad que tiene a su cargo el proceso o procedimiento, con el que acredite la existencia del mismo, su vinculación con el solicitante, y en el que conste la descripción de los hechos atribuidos, de ser el caso, o contexto bajo el cual se efectúa la citación o emplazamiento.

e) Indicar si ha formulado otras solicitudes de defensa legal o asesoría especializada relacionadas a la solicitud que presenta.

f) En el supuesto previsto sobre inminente inicio de un proceso o procedimiento en su contra, el solicitante debe presentar, adjunto a su solicitud, los documentos que acrediten la existencia de fundados elementos que permitan inferir el inminente inicio del proceso o procedimiento en su contra.

g) Indicar si la defensa legal o asesoría especializada solicitada es por todo el proceso o procedimiento, o por alguna de sus etapas o instancias, según corresponda.

h) Carta de Compromiso de Reembolso, por medio del cual el solicitante se compromete a devolver el costo de la defensa legal o asesoría especializada en caso se determine su responsabilidad total o parcial. Este documento se adjunta cuando se presente una solicitud de defensa legal o asesoría especializada en el marco de una investigación, proceso o procedimiento en contra (ver Anexo N° 02).

i) Compromiso de devolución a la Contraloría, de los costos y las costas determinados a su favor, en caso no resulte responsable, y siempre que dicho pago sea ordenado a su favor por la autoridad competente. Este documento se adjunta cuando se presente una solicitud de defensa legal o asesoría especializada en el marco de un proceso judicial o cuando corresponda (ver Anexo N° 03).

Todos los documentos suscritos por el solicitante y descritos en el presente numeral, incluida la solicitud, tienen carácter de declaración jurada para todos los efectos legales que correspondan, conforme a la presunción de veracidad y fiscalización posterior, referidas en el numeral 49.2 del artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019- JUS.

7.1.2. Improcedencia de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada

La solicitud se declara improcedente ante la omisión o defecto de un requisito indispensable para el otorgamiento del beneficio de defensa legal o asesoría especializada, y en los supuestos expresamente previstos en la presente Directiva. En tal sentido, no procede la solicitud en los supuestos siguientes:

a) Cuando el solicitante no tenga la calidad de denunciado, investigado, procesado, imputado, demandado, testigo, tercero civilmente responsable o no ha sido citado para la actuación de alguna prueba en los procesos, procedimientos previos o investigaciones a que se refiere el numeral 6.2 del artículo 6 de la presente Directiva.

b) Cuando el solicitante no acredite de manera indubitable que existen fundados elementos que permitan inferir el inminente inicio de un proceso o procedimiento en su contra.

c) Cuando el solicitante, no obstante tener la condición de denunciado, investigado, procesado, imputado, demandado, testigo, tercero civilmente responsable o haber sido citado para la actuación de alguna prueba en los procesos o procedimientos a que se refiere el numeral 6.2 del artículo 6 de la presente Directiva, los hechos materia del proceso o procedimiento no estén vinculados a omisiones, acciones o decisiones en el ejercicio regular de sus funciones o bajo criterios de gestión en su oportunidad como funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor de la Contraloría, derivados del ejercicio de la función pública.

d) Cuando se trate de procesos o procedimientos que pretendan ser impulsados en calidad de demandante o denunciante por el/la propio/a funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor en contra de terceros o de la Contraloría.

e) Cuando el proceso o procedimiento respecto del cual se formula la solicitud, se encuentra resuelto o archivado con resolución administrativa u otros que haya causado estado, laudo arbitral firme o sentencia consentida o sentencia ejecutoriada.

f) Cuando la solicitud verse sobre un asunto respecto del cual se ha concedido al solicitante el beneficio de defensa legal o asesoría especializada.

g) Cuando se configure la sustracción de la materia, o causas sobrevenidas que imposibiliten continuar con la atención de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada.

7.1.3. De la gestión de la solicitud y sus plazos

La gestión de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada se realiza en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde el día hábil siguiente de recibida por la Contraloría, hasta que se emita el acto resolutivo, y comprende la remisión de la solicitud a la GCH, la derivación del expediente a la GJNC, la calificación y el pedido de subsanación e información excepcional, la opinión sobre la admisibilidad y procedencia de la solicitud por parte de la GJNC, y la emisión del acto resolutivo por la Secretaría General, según el siguiente detalle:

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Los plazos establecidos para la realización de las actividades o funciones detalladas en el cuadro precedente, son de estricto cumplimiento por los órganos y unidades orgánicas, bajo responsabilidad administrativa en caso de demora o inacción injustificadas.

La comunicación entre la GJNC y el solicitante, para requerir y recibir información concerniente a la subsanación de los requisitos de admisibilidad, se realizará mediante el uso de correo electrónico, siempre que el solicitante lo autorice, en el marco de las disposiciones que lo regulan.

7.1.4. Denegación de la solicitud, supuesto de abstención del Titular de la Entidad y desistimiento

Vencido el plazo de siete (7) días hábiles, más el plazo establecido para la respectiva notificación, sin que el pronunciamiento expreso de la Contraloría le hubiera sido notificado, el solicitante considerará denegado su pedido, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el artículo 24 y numeral 199.3 del artículo 199 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. Sin perjuicio de ello, la administración mantiene la obligación de resolver.

En caso sea el Titular de la Entidad quien solicite la defensa legal o asesoría especializada, se aplica de manera supletoria la causal de abstención establecida en el numeral 3) del artículo 99 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como el procedimiento previsto en los artículos 100 y 101 de la acotada norma.

El desistimiento se rige por lo señalado en el artículo 200 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y se puede realizar en cualquier momento antes de que se notifique la resolución final que agote la vía administrativa, considerándose esta como el pronunciamiento definitivo que se pronuncia sobre la procedencia o no de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada.

7.2. Del procedimiento para la contratación del servicio de defensa legal o asesoría especializada

7.2.1. Actos previos a la contratación del servicio

En un plazo que no excederá de siete (7) días hábiles de notificada la resolución que declara la procedencia de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada, el solicitante informa a la GAD si persiste la necesidad de la contratación del servicio y presenta el Anexo N° 04: Propuesta de defensa legal o asesoría especializada.

Cuando el solicitante presente una propuesta de defensa legal o asesoría especializada (abogado o asesor que a su criterio pueda asumir su asesoramiento o defensa), deberá brindar a la GAD los datos del abogado o asesor propuesto, las razones de la propuesta y el monto estimado, según el Anexo N° 04: Propuesta de defensa legal o asesoría especializada.

La propuesta de defensa legal o asesoría especializada no tiene carácter vinculante, siendo prerrogativa de la Contraloría optar por otra alternativa según los criterios previstos en el numeral 7.2.2 de la presente Directiva, sin que ello signifique vulnerar el derecho que el beneficio otorgado cautela.

Comunicada la persistencia de la necesidad del servicio, la GAD inicia el trámite para la contratación del servicio, aun cuando no se hubiese presentado la propuesta de defensa legal o asesoría especializada.

Con base en el derecho de petición, y antes de que se suscriba el contrato derivado de la solicitud de defensa legal o asesoría especializada, el solicitante puede requerir a la Contraloría que deje sin efecto la resolución que se pronunció sobre la solicitud. Para tal efecto, previa opinión de GJNC, a través de AJ, la Secretaría General emitirá la resolución respectiva en el plazo de treinta (30) días hábiles computados desde el día siguiente de presentada la solicitud.

7.2.2. Contratación del servicio

La GAD, en su condición de área usuaria, formula el requerimiento, a cuyo efecto remite los términos de referencia a la Subgerencia de Abastecimiento, en su condición de dependencia encargada de las contrataciones en la Contraloría, quien debe realizar el proceso de contratación conforme a la Ley General de Contrataciones Públicas, sus normas complementarias, reglamentarias y/o sustitutorias.

Para efectos de la contratación se deberá tomar en cuenta la complejidad del proceso o procedimiento, el plazo o alcance para el cual el solicitante requiere el servicio, la etapa en la que se encuentra el proceso o procedimiento, la disponibilidad presupuestal, resguardando la uniformidad en los servicios con el mismo alcance bajo criterios de proporcionalidad y razonabilidad.

Para la contratación del servicio se emplea la modalidad de contratación menor, salvo casos excepcionales debidamente justificados por la Subgerencia de Abastecimiento.

De haberse aprobado la solicitud bajo el supuesto excepcional de inminente inicio de un proceso o procedimiento, se debe dejar expresa constancia de ello en los términos de referencia elaborados y en la orden de servicio o contrato, según corresponda.

A fin de que surta efectos el contrato del servicio de defensa legal o asesoría especializada por la causal de inminente inicio de un proceso o procedimiento, el solicitante debe presentar a la GAD la copia del documento que da cuenta del inicio del proceso o procedimiento en su contra o en el cual se encuentra involucrado; a partir de cuya acreditación, la GAD en el día hábil siguiente a la recepción del documento, comunica al abogado o asesor que puede dar inicio al servicio contratado. El retraso de la comunicación al abogado o asesor no afecta el derecho de defensa del solicitante en el proceso o procedimiento iniciado.

7.2.3. Ejecución de la contratación del servicio y pago

La GAD es responsable de supervisar el cumplimiento de las obligaciones del servicio contratado, y puede solicitar al abogado o asesor los informes de avance del caso u otros que estime conveniente.

La ejecución de la contratación del servicio de defensa legal o asesoría especializada, incluyendo la conformidad y pago, se regula por la Ley General de Contrataciones Públicas, sus normas complementarias, reglamentarias y/o sustitutorias.

Para brindar conformidad al servicio prestado, el abogado o asesor encargado de la defensa legal o asesoría especializada presenta los entregables a la GAD, de conformidad a lo establecido en los términos de referencia que forman parte del contrato.

Por su parte, el solicitante del servicio de defensa legal o asesoría especializada, previo requerimiento de la GAD, se pronuncia sobre el cumplimiento de la prestación del servicio Contratado en el plazo de tres (3) días hábiles, según el Anexo N° 05: Declaración de cumplimiento de la prestación del servicio.

Transcurrido dicho plazo, aun cuando no se hubiese presentado el Anexo N° 05, corresponde a la GAD, en su condición de área usuaria, otorgar la conformidad del servicio, verificando el cumplimiento de las obligaciones contractuales previstas en los términos de referencia.

Para todos los efectos, el pago se realiza después de ejecutada la prestación del servicio, previa conformidad por parte de la GAD como área usuaria, la cual se inicia luego de la suscripción del contrato respectivo, a excepción del supuesto de inminente inicio de un proceso o procedimiento.

La sustitución del abogado o asesor encargado de la defensa legal o asesoría especializada solo procede de manera excepcional en caso se resuelva el contrato según los supuestos previstos en la Ley General de Contrataciones Públicas, sus normas complementarias, reglamentarias y/o sustitutorias.

7.2.4. Obligación de reembolso y devolución de costas y costos

El solicitante del servicio de defensa legal o asesoría especializada se encuentra obligado a:

a) Informar, en su oportunidad, sobre la culminación del proceso o procedimiento respecto del cual se le otorgó el beneficio, precisando si se ha determinado alguna responsabilidad en su contra.

b) Reembolsar a la Contraloría el monto de los honorarios profesionales desembolsados por la contratación del servicio de defensa legal o asesoría especializada, en los casos siguientes:

- Cuando en el procedimiento administrativo se determine la existencia de responsabilidad administrativa, de forma total o parcial y se impone sanción en su contra, habiendo quedado la resolución firme o consentida.

- Cuando en el proceso judicial se expide disposición o resolución que establezca responsabilidad civil o penal, de forma total o parcial. Dicha resolución debe haber quedado firme o consentida.

La GAD es la responsable de realizar las acciones de cobranza que correspondan conforme al detalle siguiente:

a) Tratándose de un solicitante con vínculo laboral vigente con la Contraloría, debe coordinar con la Subgerencia de Personal y Compensaciones a fin que elabore la planilla correspondiente y proceda con el descuento respectivo por planilla o de la liquidación de beneficios sociales, de corresponder, en atención al Compromiso de Reembolso (Anexo N° 02) suscrito a favor de la Contraloría.

b) Tratándose de un solicitante que tenga la calidad de exfuncionario o exservidor, le comunica el requerimiento de pago en atención al Compromiso de Reembolso (Anexo N° 02) suscrito a favor de la Contraloría; y, en caso de incumplimiento, debe remitir copia de los antecedentes a la Procuraduría Pública de la Contraloría, para el inicio de las acciones legales correspondientes en defensa de los intereses del Estado.

Cuando por la naturaleza del proceso o procedimiento se determinen las costas y los costos a favor del solicitante, en caso no resulte responsable y siempre que dicho pago sea ordenado por la autoridad competente, el solicitante debe devolver el monto determinado por dichos conceptos en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del momento en que la parte vencida haya efectuado el pago correspondiente; en atención al Compromiso de Devolución (Costas y Costos) (Anexo N° 03) suscrito a favor de la Contraloría.

7.3. Entrega de información para la defensa legal o asesoría especializada

La Contraloría brinda oportunamente información que contribuya a la defensa legal o asesoría especializada solicitada por el funcionario, exfuncionario, servidor o exservidor.

8. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Responsabilidad

Son responsables del cumplimiento de la presente Directiva, la Secretaría General, la GCH, la GJNC y la GAD, así como sus respectivas unidades orgánicas, en cuanto les corresponda.

Segunda.- Norma supletoria

En todo aspecto no previsto en la presente Directiva se aplica de manera supletoria las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como, en la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC, Reglas para Acceder al Beneficio de Defensa y Asesoría de los Servidores y Ex Servidores Civiles, y sus modificatorias, según corresponda.

Tercera.- Contrataciones realizadas con anterioridad a la presente directiva

Las contrataciones de los servicios de defensa legal o asesoría especializada celebradas antes de la entrada en vigencia de la presente directiva, y que se encuentren en ejecución, continúan rigiéndose por las normas vigentes al tiempo de su celebración, salvo disposición en contrario señalada en el respectivo contrato o en la ley de la materia.

9. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

Única.- Aplicación de la Directiva en solicitudes en trámite

Las disposiciones de la presente Directiva son de aplicación a las solicitudes de defensa legal o asesoría especializada que se encuentren en trámite a su entrada en vigencia, incluyendo aquellas en las cuales se ha emitido pronunciamiento de procedencia y las que se encuentren pendientes de contratación, debiendo continuar su trámite conforme a las disposiciones de la presente Directiva.

10. ANEXOS

Anexo N° 01: Modelo de solicitud de defensa legal o asesoría especializada

Anexo N° 02: Compromiso de reembolso

Anexo N° 03: Compromiso de devolución (Costas y Costos)

Anexo N° 04: Propuesta de defensa legal o asesoría especializada

Anexo N° 05: Declaración de cumplimiento de la prestación del servicio

“Anexo N° 01: Modelo de solicitud de defensa legal o asesoría especializada

Lugar y fecha (día, mes y año)

Señor(a)

Secretario(a) General

Contraloría General de la República

Jr. Camilo Carrillo N° 114

Jesús María. -

Asunto : Solicitud de (defensa legal/ asesoría especializada)

Referencia : N° de Expediente del Proceso o Procedimiento

De mi consideración:

Yo, ___________________________, identificado(a) con Documento Nacional de Identidad N° __________, me dirijo a usted en mi condición de (funcionario/exfuncionario/servidor/exservidor) de la Contraloría General de la República, con código de trabajador N° ___, (actualmente laborando/habiendo laborado) en el puesto de_____________________________ en la(el) (unidad orgánica/órgano) _______________________, señalando mi domicilio en _________________, distrito ___________________, provincia _____________, y departamento ____________, con número de teléfono de contacto _________________, y, correo electrónico _________________ (medio por el cual se efectuarán todas las notificaciones derivadas del procedimiento de solicitud de defensa o asesoría especializada), y solicito se sirva disponer lo necesario para que se me brinde (Defensa legal / Asesoría especializada) a cargo de la Contraloría General de la República, en (la investigación / el proceso penal o judicial / el procedimiento administrativo sancionador o el procedimiento administrativo disciplinario) que a continuación detallo:

a) Promovido por (indicar la persona natural o jurídica, autoridad o entidad que promueve el proceso o procedimiento).

b) Ante la autoridad: (indicar la autoridad ante quien se lleva el proceso o procedimiento).

c) Sobre la materia siguiente: (precisar la materia u objeto de la investigación o proceso judicial, administrativo, constitucional, arbitral, congresal, policial, del Ministerio Público o procedimiento previo; identificando la tipificación de los delitos, infracciones, faltas u otros, de corresponder).

d) Donde se me involucra en los siguientes hechos: (exposición clara y concisa de los hechos materia del proceso o procedimiento; indicando el número del expediente, caso, carpeta, denuncia u otra numeración que lo identifique, de corresponder, y en qué condición se encuentra: denunciado, investigado, procesado, imputado, tercero civilmente responsable, testigo, demandado o citado para la actuación de alguna prueba).

e) Los hechos se desarrollaron durante el ejercicio de mis funciones como (precisar el cargo que ejerce o ejerció) en el (órgano/unidad orgánica) de la Contraloría General de la República; además, declaro expresamente haber actuado conforme al ejercicio regular de mis funciones, encargatura y/o designación o bajo criterios de gestión en su oportunidad (conforme al detalle señalado en el literal c) numeral 7.1.1 de la presente Directiva).

f) Indicación si la defensa legal o asesoría especializada solicitada es por todo el proceso o procedimiento, o por alguna de sus etapas o instancias, según corresponda.

g) Indicación si ha formulado otras solicitudes de defensa legal o asesoría especializada relacionadas a su solicitud actual.

Para estos efectos cumplo con adjuntar lo siguiente:

a) Copia de los documentos que acreditan la existencia de fundados elementos que permitan inferir el inminente inicio de un proceso o procedimiento en su contra, o copia del documento que acredita la citación o el emplazamiento en el proceso o procedimiento correspondiente (en la documentación adjunta se debe evidenciar su condición de denunciado, investigado, procesado, imputado, tercero civilmente responsable, testigo o demandado dentro del proceso o procedimiento en el que se le haya comprendido, o se requiera su participación para la actuación de alguna prueba; además la información respectiva debe remitirse conforme al detalle señalado en los literales d) y f) del numeral 7.1 de la presente Directiva, según sea el caso).

b) Compromiso de reembolso (Anexo N° 02).

c) Compromiso de devolución (costas y costos), en caso corresponda (Anexo N° 03).

Atentamente,

(Firma)

Nombres y apellidos completos del solicitante

D.N.I. N° ..............................”

“Anexo N° 02: Compromiso de reembolso1

Yo, ............................... (precisar nombres y apellidos), en mi calidad de (funcionario/exfuncionario/servidor/exservidor) de la Contraloría General de la República, identificado con D.N.I. N° ................, en relación a la (solicitud de defensa legal/asesoría especializada) presentada con fecha ............................. y al proceso (indicar el proceso o procedimiento, la materia, así como el número del expediente, caso, carpeta u otra numeración que lo identifique), seguido en mi contra ante (precisar la autoridad respectiva), DECLARO EN FORMA VINCULANTE y BAJO RESPONSABILIDAD, que asumo el compromiso de reembolsar a la Contraloría General de la República, el monto abonado por concepto de honorarios profesionales por la indicada defensa legal o asesoría especializada solicitada, si al finalizar el proceso se demostrara responsabilidad a cargo del suscrito/a, conforme a lo establecido en el numeral I) del artículo 35 de la Ley N° 30057 y el segundo párrafo del artículo 154° del Decreto Supremo N° 040-2014-PCM.

[Para el caso de funcionario a servidor, con vínculo vigente con la entidad:

Para estos efectos, autorizo a la Contraloría General de la República a descontar de mis remuneraciones conforme a los montos mensuales y fechas establecidos en el cronograma que se elabore conjuntamente con la Subgerencia de Personal y Compensaciones o la que haga sus veces; y, si se diera el caso, de mi liquidación de beneficios sociales, el monto que correspondiera, según informe elaborado por la Gerencia de Administración o la que haga sus veces, de modo que cubra la integridad de lo que se pagó por mi derecho de defensa legal o asesoría especializada.]

En caso surjan discrepancias o controversias en la interpretación o incumplimiento en la ejecución de alguno de los compromisos emitidos en el presente documento, me someto a la jurisdicción de los jueces y tribunales que correspondan, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiere lugar, conforme a la normatividad vigente.

Lima, ........ de ........... de ......

(Firma)

Nombres y apellidos completos del solicitante

D.N.I. N° ...............................”

1 El Anexo N° 02 se presenta en caso de solicitud de defensa legal. Tratándose de solicitud de asesoría especializada, el Anexo N° 02 se presenta cuando la asesoría se requiera para un proceso o procedimiento en contra del solicitante.

“Anexo N° 03: Compromiso de devolución (Costas y Costos)2

Yo, (nombres y apellidos completos), en mi calidad de (funcionario/exfuncionario/servidor/exservidor) de la Contraloría General de la República, identificado con D.N.I. N° ............ ......., en relación a la solicitud de (defensa legal/asesoría especializada) presentada con fecha .................. y al (indicar el proceso o procedimiento, la materia, así como el número del expediente, caso y/o carpeta) seguido en mi contra ante (precisar la autoridad respectiva):

DECLARO EN FORMA VINCULANTE y BAJO RESPONSABILIDAD, que asumo el compromiso de devolver a la Contraloría General de la República los costos y las costas determinados a mi favor, en caso no resulte responsable en el proceso o procedimiento y siempre que dicho pago haya sido ordenado por la autoridad competente. Dicha devolución se realizará a la Contraloría General de la República, en el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir del momento en que la parte vencida haya efectuado el pago dispuesto por la autoridad competente, en los procesos o procedimientos que correspondan.

En caso de surgimiento de discrepancia o controversia en la interpretación o incumplimiento en la ejecución del compromiso declarado en el presente documento, me someto a la jurisdicción de los jueces y tribunales que correspondan, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales a que hubiere lugar, conforme a la normatividad vigente.

Lima, ..... de .............. de ...........

(Firma)

................................................................................

Nombres y apellidos completos del solicitante

D.N.I. N° .........................................”

2 El Anexo N° 03 se presenta en caso de solicitud de defensa legal. Tratándose de solicitud de asesoría especializada, el Anexo N° 03 se presenta cuando la asesoría se requiera para un proceso o procedimiento en contra del solicitante.

“Anexo N° 04: Propuesta de defensa legal o asesoría especializada

Lugar y fecha (día, mes y año)

Señor(a)

Gerente/a de la Gerencia de Administración

Contraloría General de la República

Jr. Camilo Carrillo N° 114

Jesús María. -

Asunto: Propuesta de (defensa legal/ asesoría especializada)

De mi consideración:

Es grato dirigirme a usted, para saludarlo(a) cordialmente, en atención a la (defensa legal / asesoría especializada) declarada procedente mediante Resolución de Secretaría General N° ......................., a fin de informar lo siguiente:

1. Persiste la necesidad de la contratación del servicio de (defensa legal/asesoría especializada); por lo que solicito dar inicio a las gestiones para la contratación.

2. (Sí/no) alcanzo propuesta de (defensa legal / asesoría especializada).

[En caso de proponer defensa:

Para efectos del servicio de (defensa legal / asesoría especializada) solicitado, propongo a:

Nombres y Apellidos:

Especialista en:

Respecto a la propuesta planteada cumplo con precisar lo siguiente:

a) Razones de la propuesta (respecto del abogado o propuesto).

b) Monto estimado de los honorarios profesionales por el que se requiere el beneficio.

Asimismo, declaro que tengo conocimiento que la presente propuesta no tiene carácter vinculante.]

Atentamente,

(Firma)

......................................................

Nombres y apellidos completos del solicitante

D.N.I. N° .....................”

“Anexo N° 05: Declaración de cumplimiento de la prestación del servicio

Lugar y fecha (día, mes y año)

Señor(a)

Gerente/a de la Gerencia de Administración

Contraloría General de la República

Jr. Camilo Carrillo N° 114

Jesús María. -

Asunto: Cumplimiento de la prestación del servicio de (defensa legal/ asesoría especializada)

Referencia: (indicar el contrato)

De mi consideración:

Es grato dirigirme a usted, para saludarlo(a) cordialmente, en atención a la defensa legal/asesoría especializada) declarada procedente mediante Resolución de Secretaría General N° ......................., a fin de informar lo siguiente:

El contratista ............................ (indicar el nombre del contratista) ha realizado las actividades relacionadas al (indicar entregable del contrato) previstas en el Contrato N° ................

En ese sentido, la presente se remite dando cumplimiento a lo establecido en el numeral 7.2.3 de la Directiva de “DEFENSA LEGAL O ASESORÍA ESPECIALIZADA PARA SERVIDORES Y EXSERVIDORES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA”, para los fines pertinentes.

Atentamente,

(Firma)

......................................................

Nombres y apellidos completos del solicitante

D.N.I. N° .....................”

2527486-1