Autorizan viaje de personal militar de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 00717-2026-DE
Lima, 17 de junio del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 4343/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, el Oficio N° 01313-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 01178-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta S/N de marzo de 2026, el Prefecto General de la Prefectura Naval Argentina cursa una invitación a la Marina de Guerra del Perú, para participar en las actividades por la celebración del 216° Aniversario de la Prefectura Naval Argentina, que se realizarán del 27 de junio al 30 de junio de 2026 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina;
Que, mediante el Oficio N° 4343/51, el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita a la Secretaria General Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS, identificado con CIP N° 00808532 y DNI N° 43341389, de la Teniente Segundo Maricielo Fernanda OCHOA GARCIA, identificada con CIP N° 00136657 y DNI N° 73770587, como personal titular; y del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO, identificado con CIP N° 01816810 y DNI N° 43442052, y del Capitán de Fragata Diego Armando GURREONERO ROBINSON, identificado con CIP N° 00919949 y DNI N° 43306021, como personal suplente; para participar en la 216° Aniversario de la Prefectura Naval Argentina; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, se solicita autorizar su salida del país el 26 de junio y su retorno el 1 de julio de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la Marina de Guerra del Perú remite el Informe Legal N° 051-2026 de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en el cual se concluye la viabilidad del viaje al exterior; así como, la Hoja de Gastos N° 118-2026, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 132-2026 y las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 00000000089 y N° 00000000094 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante Informe Técnico N° 036-2026/ASUNIT, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del personal naval por cuanto permitirá tratar temas de interés común y explorar intercambios de experiencias laborales con la Prefectura Naval Argentina, las mismas que redundaran en beneficios de la Autoridad Marítima Nacional;
Que, conforme a lo indicado en la Carta S/N del Prefecto General de la Prefectura Naval Argentina, los gastos de alojamiento y alimentación durante el desarrollo del evento estará a cargo de la Autoridad Marítima Argentina, por lo que en el presente viaje al exterior en comisión de servicio debe considerarse los viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, para que cubra los costos de hospedaje y alimentación de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
Que, mediante el Oficio N° 01313-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 94-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior del mencionado personal militar;
Que, con Informe Legal N° 01178-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el citado viaje al exterior en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Oscar Alejandro TORRICO INFANTAS y de la Teniente Segundo Maricielo Fernanda OCHOA GARCIA, como personal titular; y, del Contralmirante César Augusto MAURICIO JARAMILLO y del Capitán de Fragata Diego Armando GURREONERO ROBINSON, como personal suplente; para participar en el 216° Aniversario de la Prefectura Naval Argentina, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 27 al 30 de junio de 2026; así como autorizar su salida del país el 26 de junio y su retorno el 1 de julio de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima
Clase económica
US$ 829.44 x 2 personas US$ 1,658.88
Viáticos
US$ 370.00 x 2 personas x 4 días x 20% US$ 592.00
Total a pagar: US$ 2,250.88
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El oficial más antiguo autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal militar cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AMADEO JAVIER FLORES CARCAGNO
Ministro de Defensa
2527403-1