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Fecha de publicación: 19/06/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

Aprueban Estrategia Nacional para la Competitividad Digital de los Mercados de Abasto Minoristas - “Fortalece Tu Mercado” y el instrumento de medición denominado “Termómetro de Competitividad Digital de los Mercados de Abasto Minoristas”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00178-2026-PRODUCE

Lima, 18 de junio de 2026

VISTOS: El Memorando Nº 00000650-2026-
PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; los Memorandos Nos. 00000501-2026-PRODUCE/DGITDF y 00000540-
2026-PRODUCE/DGITDF de la Dirección General de
Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; el Informe Nº 00000355-2026-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando Nº 00000461-2026-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y los Informes Nos. 00000777-2026-PRODUCE/OGAJ y 00000803-2026-PRODUCE/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que dicha entidad es competente en materia de industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas, pesquería y acuicultura, entre otras;

Que, conforme a lo señalado por el numeral 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1047, el Ministerio de la Producción tiene entre sus funciones específicas, gestionar recursos destinados a la promoción de la industria y el comercio interno en el ámbito nacional y/o macroregional;

Que, en virtud a lo señalado en el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, este sistema funcional del Poder Ejecutivo se encuentra conformado por un conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la administración pública y se promueven las actividades de las empresas, la sociedad civil y la academia orientadas a alcanzar los objetivos del país en materia de transformación digital;

Que, en cumplimiento de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 006-2020, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 085-2023-PCM se aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2023-
PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba las Líneas prioritarias del Sector Producción “Perú Produce” se establecieron cuatro (4) Líneas prioritarias de intervención del Ministerio de la Producción, denominadas en su conjunto “Perú Produce” (Mujer Produce, Mype digital, Mype sostenible y Mype global) orientadas a fomentar la competitividad y productividad empresarial en las micro y pequeñas empresas (MYPE), cooperativas, asociaciones y otras formas de organización empresarial del subsector MYPE e Industria y del subsector Pesca y Acuicultura (denominadas conjuntamente, unidades de negocio);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 000159-2024-PRODUCE se aprobaron los Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype digital” del Ministerio de la Producción, cuyo numeral 7.1 del apartado VII establece que, la Línea Prioritaria de Intervención “Mype digital” tiene como objetivo general acompañar a las unidades de negocio en el proceso de adopción y uso de tecnologías digitales de comercio electrónico, medios de pago digital, marketing digital, análisis de datos, y otras que permitan la digitalización y transformación productiva digital de las mismas para mejorar sus procesos productivos y de gestión empresarial, según corresponda; asimismo, se generan espacios de articulación para promover una oferta de recursos digitales, que brindan soporte a las unidades de negocio, coadyuvando con el incremento de sus niveles de innovación, productividad y competitividad y calidad;

Que, el artículo 108 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, establece que la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización (DGITDF) es el órgano técnico normativo de línea, responsable de identificar las tendencias en materia de innovación, aplicación de tecnologías para el sector productivo y, fortalecimiento del emprendimiento y la gestión empresarial a través de la digitalización y formalización, con un enfoque de inclusión productiva, de descentralización y de sostenibilidad ambiental, contribuyendo con su competitividad y productividad;

Que, a través del Memorando Nº 00000501-2026-PRODUCE/DGITDF, la DGITDF hace suyo el Informe Nº 00000025-2026-PRODUCE/DDF-mchang de la Dirección de Digitalización y Formalización, a través del cual sustenta la propuesta de Resolución Ministerial que aprueba la Estrategia Nacional para la Competitividad Digital de los Mercados de Abasto Minoristas – “Fortalece Tu Mercado”, y del instrumento de medición de la Estrategia Nacional; así como, del establecimiento de disposiciones vinculadas a la implementación, seguimiento y monitoreo de la Estrategia Nacional; y de la implementación y modificación del instrumento de medición, en el marco de la Política Nacional de Transformación Digital al 2030; de las Líneas prioritarias del Sector Producción “Perú Produce”, de los Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype digital” del Ministerio de la Producción, y de la Resolución Ministerial Nº 00088-2024-PRODUCE que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Producción;

Que, mediante Memorando Nº 00000650-2026-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite el Informe Nº 00000355-2026-PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, que brinda conformidad al Informe Nº 00000476-2026-PRODUCE/DN, mediante el cual la Dirección de Normatividad considera viable continuar con el trámite de aprobación del proyecto de Resolución Ministerial;

Que, con Memorando Nº 00000461-2026-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº 00000134-2026-PRODUCE/OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, en el cual concluye que la propuesta de Estrategia desarrolla el marco estratégico que comprende el objetivo estratégico, objetivo específico, acciones, indicadores y metas para un período determinado; y su objetivo se alinea con el marco estratégico institucional establecido en el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Producción, mediante la Acción Estratégica Sectorial AES 1.4 Fortalecimiento de la infraestructura de apoyo productivo y comercial de los mercados de abastos;

Que, a través del Memorando Nº 00000540-
2026-PRODUCE/DGITDF, la DGITDF remite el Informe Nº 00000009-2026-PRODUCE/DDF-rbardales que complementa el Informe Nº 00000025-2026-PRODUCE/DDF-mchang, referido a la alineación del proyecto de Resolución Ministerial con el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital;

Que, por los fundamentos señalados en los considerandos precedentes, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante los Informes Nos. 00000777-2026-PRODUCE/OGAJ y 00000803-2026-PRODUCE/OGAJ, opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización; de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 006-2023-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba las Líneas prioritarias del Sector Producción “Perú Produce”; el Decreto Supremo Nº 085-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030; la Resolución Ministerial Nº 000159-2024-PRODUCE que aprueba los Lineamientos para la implementación de la Línea Prioritaria de Intervención “Mype digital” del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial Nº 00088-2024-PRODUCE que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Producción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la Estrategia Nacional

Aprobar la Estrategia Nacional para la Competitividad Digital de los Mercados de Abasto Minoristas - “Fortalece Tu Mercado”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobación del instrumento de medición

Aprobar el instrumento de medición de la Estrategia Nacional señalada en el artículo precedente, denominado “Termómetro de Competitividad Digital de los Mercados de Abasto Minoristas”, que como Anexo II forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Implementación de la Estrategia Nacional

Las dependencias y programas del Ministerio de la Producción que implementan la Estrategia Nacional aprobada mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, adecúan sus instrumentos y servicios bajo su competencia, a efectos de garantizar su desarrollo.

Artículo 4.- Seguimiento y monitoreo de la Estrategia Nacional

Encargar a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el seguimiento y monitoreo de la Estrategia Nacional aprobada mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Implementación y modificación del instrumento de medición

La implementación del instrumento de medición, aprobado mediante el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, se encuentra a cargo de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria.

Mediante Resolución Directoral, la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria modifica el instrumento de medición aprobado por el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus anexos, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CESAR MANUEL QUISPE LUJAN

Ministro de la Producción

2527380-1