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Fecha de publicación: 19/06/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

Declaran el cumplimiento de la notificación de treinta (30) resoluciones gerenciales que declaran el inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS)

RESOLUCIÓN GERENCIAL

Nº 4317-2026-GTVT/MPC

Cusco, 18 de junio de 2026

VISTOS: El Informe Nº 1157-2026-DAIS-GTVT-MPC, Proveído Nº 2311, Dictamen Nº 253-2026-MPC/GTVT/AL, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº30305 señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el ARTICULO II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades.

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el artículo 81º establece las funciones de las municipalidades provinciales en el ámbito de transporte terrestre, servicio público, transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, entre otras, en el marco de las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia.

Que, mediante Informe Nº 1157-2026-DAIS-GTVT-MPC de fecha 23 de abril del 2026, el jefe de la División de Administración de Infracciones y Sanciones remite (30) expedientes en donde se resuelve DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR, para publicación.

Que, mediante Proveído Nº 2311 de fecha 15 de mayo del 2026, la Gerencia de Transito Vialidad y transporte remite el Informe Nº 1157-2026-DAIS-GTVT-MPC para su atención.

Que, el numeral 1.1 del Articulo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 006 -2026 - JUS, con respecto al Principio de Legalidad, señala: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades que estén atribuidas, y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.”

Que, por consiguiente al amparo del numeral 18.1 del TUO de la LPAG que señala (...) La notificación del acto será practicada de oficio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó (...) que en el presente caso, se tiene RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS), remitidas por la División de Administración de Infracciones y Sanciones, es así que, existe la posibilidad latente de que estas al no ser notificadas, puedan prescribir si su notificación y publicación no se realiza oportunamente.

Qué, el numeral 1 del artículo 20º del TUO de la LPAG contempla tres formas de notificación, que deben ser aplicadas en orden de prelación; lo que no impide a la autoridad utilizar más de una forma complementaria, siempre que no desnaturalice el orden previsto, si así lo estima conveniente para mejorar las posibilidades de participación de los administrados.

Que, en tal sentido, la autoridad se encuentra impedida, bajo sanción de nulidad de la notificación, de suplir una modalidad con otra y modificar el orden de prelación establecido en el precitado artículo, que es el siguiente:

Artículo 20. Modalidades de notificación

20.1 Las notificaciones son efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación:

20.1.1 Notificación personal al administrado interesado o afectado por el acto, en su domicilio.

20.1.2 Mediante telegrama, correo certificado, telefax; o cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado expresamente por el administrado.

20.1.3 Por publicación en el Diario Oficial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad cuente con este mecanismo.

(...).

Que, en ese orden de ideas, cuando resulte impracticable otra modalidad de notificación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada, se procederá a realizar la publicación de los actos administrativos de manera excepcional la misma que conlleva un gasto presupuestal que deberá ser requerido por la GTVT ante la Oficina de Presupuesto de la Entidad Edil a efectos de materializar la notificación (vía publicación) conforme se detallará en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

Que, El Decreto Supremo Nº 004-2020-MTC que aprueba el “Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial en Tramitación Sumaria en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre y sus Servicios Complementarios” prevé en su Artículo 6 que en materia de tránsito es un documento de imputación de cargos la resolución de inicio, conforme al texto que se acota a continuación: “Art. 6.- Inicio del Procedimiento Administrativo Sancionador Especial: 6.1. El Procedimiento Administrativo Sancionador Especial se inicia con la notificación al administrado del documento de imputación de cargos, el cual es efectuado por la autoridad competente. 6.2. Son documentos de imputación de cargos los siguientes: [...] b) En materia tránsito terrestre: La Papeleta de Infracción de Tránsito o la resolución de inicio. [...]”. (énfasis agregado).

Que, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 05-2026-MPC;

SE RESUELVE:

Primero.- DECLARAR, EL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN de las treinta (30) RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) vía publicación en el Diario Oficial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco; en conformidad con el orden de prelación de notificaciones establecido en el Art 20º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) conforme al detalle adjunto RELACIÓN DE RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS):

Nº RESOL.

PAPELETA

ADMINISTRADO

CODIGO

FECHA

1.

4165-2026

FLAGRANCIA

CEDRIC SAMIR GAMARRA PAUCAR

M-37

31/12/2025

2.

4166-2026

FLAGRANCIA

HILARION QUISPE NUÑEZ

M-02

26/03/2026

3.

4167-2026

FLAGRANCIA

VICTOR HUGO QUISPE QUISPE

M-02

07/04/2026

4.

4168-2026

FLAGRANCIA

LUIS WILIAN AYQUIPA VALER

M-02

04/04/2026

5.

4169-2026

FLAGRANCIA

GERBER OJEDA LLOQQUE

M-02

02/04/2026

6.

4170-2026

FLAGRANCIA

PEDRO YAPURA QUISPE

M-03

03/05/2025

7.

4171-2026

FLAGRANCIA

ELLIOT JORGE LUIS VALENZUELA FIGUEROA

M-01

25/03/2026

8.

4172-2026

FLAGRANCIA

ARNOL JOSUE VARGAS CALDERON

M-03

27/05/2025

9.

4173-2026

FLAGRANCIA

RONY YLLA CHOQQUE

M-01

28/03/2026

10.

4174-2026

FLAGRANCIA

ELMER WILIANS QUISPE CCOYORI

M-02

15/03/2026

11.

4175-2026

FLAGRANCIA

WINSTON CLEBER MAMANI CUTIRE

M-02

21/03/2026

12.

4176-2026

FLAGRANCIA

ALVARO CARLOS CASILLA QUISPE

M-02

11/03/2026

13.

4177-2026

FLAGRANCIA

JUAN RAMIRO TEJEIRA CONDORI

M-01

01/03/2026

14.

4178-2026

FLAGRANCIA

NICOLAS GUITIERREZ PRUDENCIO

M-37

02/03/2025

15.

4179-2026

FLAGRANCIA

JOHN AMILCAR QUISPE LLAVE

M-01

11/03/2026

16.

4180-2026

FLAGRANCIA

NEPTALI ALBERTO HUAMANI QUISPE

M-03

02/03/2025

17.

4181-2026

FLAGRANCIA

EDGAR ARTURO QUISPE CCAHUATA

M-04

30/03/2026

18.

4182-2026

FLAGRANCIA

AMERICO UÑACCORI SINCHE

M-38

15/09/2025

19.

4183-2026

FLAGRANCIA

JASMANI HUAMAN OJEDA

M-02

05/04/2026

20.

4184-2026

FLAGRANCIA

ELIAS ELECIO SIERRA QUISPE

M-03

22/03/2026

21.

4185-2026

FLAGRANCIA

PABLO HERMITAÑO CUSIHUAMAN CUSIHUAMAN

M-04

25/03/2026

22.

4186-2026

FLAGRANCIA

HORACIO EUGENIO VILLA CHALLCO

M-01

10/03/2026

23.

4187-2026

FLAGRANCIA

ELIAS ELECIO SIERRA QUISPE

M-01

22/03/2026

24.

4188-2026

FLAGRANCIA

EDGAR ARTURO QUISPE CCAHUATA

M-01

30/03/2026

25.

4189-2026

FLAGRANCIA

EDWIN CELSO QUISPE QUISPE

M-02

28/03/2026

26.

4190-2026

FLAGRANCIA

ALFREDO MAMANI HUAYLLANI

M-02

15/02/2026

27.

4191-2026

FLAGRANCIA

WILFREDO USUCACHI QUISPE

M-02

10/03/2026

28.

4192-2026

FLAGRANCIA

FRANKLIN HECTOR QUISPE MAMANI

M-02

20/02/2026

29.

4193-2026

FLAGRANCIA

JOSE GIL HUIÑOCANA

M-02

19/03/2026

30.

4194-2026

FLAGRANCIA

GABRIEL QUISPE FLORES

M-02

01/03/2026

Segundo.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación, las RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran el INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) ello en aplicación del principio de eficacia del acto administrativo y la potestad sancionadora del estado.

Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente resolución a la División de Administración de Infracciones y Sanciones (DAIS), debiendo esta instancia, a través de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, realizar las acciones necesarias ante las oficinas competentes (oficina de presupuesto) que permitan materializar las notificaciones vía publicación.

Regístrese, notifíquese cúmplase.

REYNALDO BELLIDO MERIDA

Gerente

Gerencia de Tránsito Vialidad y Transporte

2527191-1