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Fecha de publicación: 18/06/2026
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Aprueban la contratación del estudio Baker Botts LLP seleccionado por Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933

resolución ministerial

Nº 264-2026-EF/43

Lima, 17 de junio del 2026

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 7 de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea la Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933;

Que, el artículo 4 del citado procedimiento establece las condiciones y el procedimiento que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión;

Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley N° 28933, la citada Comisión Especial solicita la contratación del servicio de asesoría legal para que preste servicios de asesoría jurídica al Estado peruano, sobre el proceso de las nuevas reclamaciones del arbitraje internacional iniciado por VINCI Highways SAS & VINCI Concessions SAS contra la República del Perú (Caso CIADI No. ARB/21/60), habiendo seleccionado para dicho efecto al estudio Baker Botts LLP para que brinde asesoría jurídica al Estado peruano en el presente caso;

Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, a través del Informe N° 0481-2026-EF/43.03, señala que se cuenta con la certificación de crédito presupuestario para atender la contratación del citado estudio de abogados, según la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000001700, por el monto de S/ 3 384 000,00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 soles), emitida por la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración;

Que, asimismo, la Oficina General de Administración con la Oficina de Finanzas de dicha Oficina General, a través del Memorando N° 1347-2026-EF/43.01, señalan que existe una previsión presupuestaria de S/ 6 948 000,00 (SEIS millones NOVEcientos CUARENTA Y OCHO mil Y 00/100 Soles), para el año fiscal 2027, para la referida contratación;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 0904-2026-EF/42.02, el Informe N° 0717-2026-EF/42.02 de su Oficina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el estudio Baker Botts LLP; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, en el Decreto Supremo N° 002-2009-EF que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la contratación del estudio Baker Botts LLP seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Autorizar al/a la Jefe/a de la Oficina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el estudio Baker Botts LLP.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RODOLFO ACUÑA NAMIHAS

Ministro de Economía y Finanzas

2526813-1