Aprueban norma que permite la ejecución de expropiación de predio destinado al proyecto de creación del servicio de suministro eléctrico domiciliario en zonas rurales en SER Francisco de Orellana, distrito de Las Amazonas, provincia de Maynas, departamento de Loreto
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 079-2026-A-MDLA
Francisco de Orellana, 10 de junio de 2026
VISTO:
El Acuerdo N° 007-2026-SE-MDLA, de fecha 08 de mayo de 2026, que aprueba la ejecución de la expropiación del predio denominado LOTE MATRIZ ENERGETICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II. Ubicación rural sector de Francisco de Orellana, UC 0066611; distrito de Las Amazonas, Provincia Maynas, departamento de Loreto; inscrito en la Partida Literal N° 11119447 del registro públicos de Loreto, siendo este predio por expropiarse, necesario para la ejecución del proyecto de inversión pública “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO DOMICILIARIO EN ZONAS RURALES EN SER FRANCISCO ORELLANA DISTRITO DE LAS AMAZONAS DE LA PROVINCIA DE MAYNAS DEL DEPARTAMENTO DE LORETO”, con CUI N° 2664828.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia como lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en concordancia con el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 06 del artículo N° 20, en concordancia con el artículo 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como una de las atribuciones del Alcalde la de Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, con las cuales resuelve asuntos de caracter administrativo;
Que, de acuerdo con el artículo 28.1 del Decreto Legislativo N° 1192, modificado por el Decreto Legislativo N° 1559, del 25 mayo de 2023 establece que: La norma que aprueba la ejecución de la Expropiación será a través de ACUERDO DE CONCEJO EN CASO DE LOS GOBIERNOS LOCALES;
Que, en ese sentido, se acordó por unanimidad APROBAR la Ejecución de la Expropiación del predio denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II. Ubicación rural sector de Francisco de Orellana, UC 0066611; distrito de Las Amazonas, Provincia Maynas, departamento de Loreto; inscrito en la Partida Literal N° 11119447 del registro públicos de Loreto, siendo este predio por expropiarse, necesario para la ejecución del proyecto de inversión pública “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO DOMICILIARIO EN ZONAS RURALES EN SER FRANCISCO ORELLANA DISTRITO DE LAS AMAZONAS DE LA PROVINCIA DE MAYNAS DEL DEPARTAMENTO DE LORETO”, con CUI N° 2664828;
Que, asimismo, se precisa que los sujetos intervinientes en este acto de expropiación del predio denominado “LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II”, son:
SUJETO ACTIVO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS.
SUJETO PASIVO: Sr: ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385.
Que, se precisan los linderos, medidas perimétricas y el área del predio a expropiar denominado “LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II”; datos que han sido determinados en el INFORME TÉCNICO LEGAL N° 001-2026-GIDU-MDLA y en los planos y memorias, fueron firmadas por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano junto con el verificador catastral:
INSCRIPCIÓN A FAVOR: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS.
PREDIO RÚSTICO: LOTE MATRIZ ENERGETICA (A INDEPENDIZARSE).
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
a) Sector: Francisco de Orellana, distrito Las Amazonas, Provincia: Maynas; Región Loreto, U.C. 066611.
b) Predio: A INDEPENDIZARSE.
c) Distrito: Las Amazonas.
d) Provincia: Maynas.
e) Región: Loreto.
SUPERFICIE: Presenta una Superficie de: 1 Ha + 2,800.00 m2.
PERÍMETRO: Presenta un Perímetro de: 480.00 m.
LIMITES Y COLINDANTES DEL
PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR
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PREDIO RUSTICO A INDEPENDIZAR |
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CUADRO DE MEDIDAS, LINDEROS Y COLINDANCIAS |
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LADO |
LINDEROS |
DISTANCIA (m) |
COLINDANCIAS |
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D--A |
Frente |
80.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
|
A--B |
Izquierda Entrando |
160.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
|
B--C |
Fondo |
80.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
|
C--D |
Derecha Entrando |
160.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
CUADRO DE DATOS TÉCNICOS
(COORDENADAS UTM VÉRTICES)
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PREDIO RUSTICO A INDEPENDIZAR |
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CUADRO DE DATOS TÉCNICOS- COORDENADAS UTM EN SISTEMA WSG 84 |
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VÉRTICE |
COORDENADAS UTM |
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ESTE (X) |
NORTE (Y) |
|
|
A |
748214.4000 |
9622388.5900 |
|
B |
748081.5700 |
9622477.8000 |
|
C |
748126.1800 |
9622544.2100 |
|
D |
748259.0000 |
9622455.0000 |
Que, Se aprueba el MONTO DEL VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL DEL PREDIO RÚSTICO A EXPROPIAR denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) es de S/. 11,957.09 soles (once mil novecientos cincuenta y siete con 09/100) la cual fue aprobada por la Entidad - Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano; asimismo, también se aprueba la ORDEN DE CONSIGNAR en el Banco de la Nación a favor del sujeto pasivo SR. ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385 el monto de S/. 11,957.09 soles correspondiente al valor de tasación comercial del predio rustico a expropiarse denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE);
Que, Se aprueba la orden de inscribir el bien inmueble (predio rustico) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) a favor del beneficiario que en este caso es la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS, ante el Registro de Predios de la Oficina Registral de Maynas - Zona Registral N° IV - Sede Iquitos de la SUNARP bajo responsabilidad y sanción de destitución, asimismo, se ordena el levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral del predio afectado, Partida Literal N° 11119447. En estos casos, el Registrador debe procede a su levantamiento, bajo responsabilidad;
Así mismo se ordena el levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral del predio afectado, partida literal N° 11119447;
Que, Se aprueba la orden de notificar al sujeto pasivo, el señor ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con N° de DNI 43637385 propietario del bien inmueble (predio rustico a expropiar) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR), en dicha notificación se le debe requerir al SUJETO PASIVO la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez días hábiles siguientes de notificada la norma (acuerdo de concejo), bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de Expropiación;
Estando a los Considerandos precedentes y contando con las visaciones de Gerencia Municipal y Gerencia de Asesoría Juridica y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Organización;
SE RESUELVE:
Artículo Uno.- APROBAR la Norma que permita la ejecución de la EXPROPIACIÓN del predio rustico denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR) que forma parte del predio rustico denominado FUNDO PINOCHITO II. Ubicación rural sector de Francisco de Orellana, UC 0066611; distrito de Las Amazonas, Provincia Maynas, departamento de Loreto; inscrito en la Partida Literal N° 11119447 del registro públicos de Loreto, siendo este predio por expropiarse, necesario para la ejecución del proyecto de inversión pública “CREACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO DOMICILIARIO EN ZONAS RURALES EN SER FRANCISCO ORELLANA DISTRITO DE LAS AMAZONAS DE LA PROVINCIA DE MAYNAS DEL DEPARTAMENTO DE LORETO” , con CUI N° 2664828.
• Se precisa que el SUJETO ACTIVO es la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS y el SUJETO PASIVO de la Expropiación es el Sr. ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385.
1. Se precisan que los linderos, medidas perimétricas y el área del predio a expropiarse denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR); datos que han sido determinados en el INFORME TECNICO LEGAL N° 001-2026-GIDU-MDLA y en los planos y memorias, fueron firmadas por el Gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano junto con el verificador catastral.
INSCRIPCIÓN A FAVOR: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS.
PREDIO RÚSTICO: LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE)
UBICACIÓN GEOGRÁFICA
f) Sector: Francisco de Orellana, distrito Las Amazonas, Provincia: Maynas; Región Loreto, U.C. 066611.
g) Predio: A INDEPENDIZARSE.
h) Distrito: Las Amazonas.
i) Provincia: Maynas.
j) Región: Loreto.
SUPERFICIE: Presenta una Superficie de: 1 Ha + 2,800.00 m2.
PERIMETRO: Presenta un Perímetro de: 480.00 m.
LIMITES Y COLINDANTES DEL
PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR
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PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR |
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|
CUADRO DE MEDIDAS, LINDEROS Y COLINDANCIAS |
|||
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LADO |
LINDEROS |
DISTANCIA (m) |
COLINDANCIAS |
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D--A |
Frente |
80.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
|
A--B |
Izquierda Entrando |
160.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
|
B--C |
Fondo |
80.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
|
C--D |
Derecha Entrando |
160.00 |
Lote Fundo Pinochito II- Remanente |
CUADRO DE DATOS TÉCNICOS
(COORDENADAS UTM VÉRTICES)
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PREDIO RÚSTICO A INDEPENDIZAR |
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CUADRO DE DATOS TÉCNICOS- COORDENADAS UTM EN SISTEMA WSG 84 |
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VÉRTICE |
COORDENADAS UTM |
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ESTE (X) |
NORTE (Y) |
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|
A |
748214.4000 |
9622388.5900 |
|
B |
748081.5700 |
9622477.8000 |
|
C |
748126.1800 |
9622544.2100 |
|
D |
748259.0000 |
9622455.0000 |
• Se aprueba el MONTO DEL VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL DEL PREDIO RÚSTICO A EXPROPIAR denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) es de S/. 11,957.09 soles (once mil novecientos cincuenta y siete con 09/100) la cual fue aprobada por la Entidad - Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano; asimismo, también se aprueba la ORDEN DE CONSIGNAR en el Banco de la Nación a favor del sujeto pasivo SR. ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con DNI 43637385 el monto de S/. 11,957.09 soles correspondiente al valor de tasación comercial del predio rustico a expropiarse denominado LOTE MATRIZ ENERGETICA (A INDEPENDIZARSE)
• Se aprueba la orden de inscribir el bien inmueble (predio rustico) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZARSE) a favor del beneficiario que en este caso es la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS AMAZONAS, ante el Registro de Predios de la Oficina Registral de Maynas - Zona Registral N° IV - Sede Iquitos de la SUNARP bajo responsabilidad y sanción de destitución, asimismo, se ordena el levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral del predio afectado, Partida Literal N° 11119447. En estos casos, el Registrador debe procede a su levantamiento, bajo responsabilidad.
• Se aprueba la orden de notificar al sujeto pasivo, el señor ANGEL GILBERTO MONTENEGRO PEREZ con N° de DNI 43637385 propietario del bien inmueble (predio rustico a expropiar) denominado LOTE MATRIZ ENERGÉTICA (A INDEPENDIZAR), en dicha notificación se le debe requerir al SUJETO PASIVO la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez días hábiles siguientes de notificada la norma (acuerdo de concejo), bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de Expropiación.
Artículo Dos.- El gasto que irrogue el presente proceso de expropiación, deberá ser afectada a la siguiente estructura funcional programática y la especifica de gasto que se detalla en el siguiente cuadro:
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Detalle de Gasto |
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SECUENCIA PRG PROD/PRY ACT/AI/OBR FN DVF GRPF META FF RB CG TT G SG SGD ESP ESPD |
Monto |
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0001 OP.INICIAL |
|
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9001 399 9999 5000003 03 03 006 0008 ASESORAMIENTO Y APOYO |
11,957.09 |
|
0019 GESTION ADMINISTRATIVA |
11,957.09 |
|
5 18 CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES |
11,957.09 |
|
6 GASTOS DE CAPITAL |
11,957.09 |
|
2.6 ADQUISICION DE ACTIVOS NO FINANCIEROS |
11,957.09 |
|
2.6.5 ADQUISICION DE ACTIVOS NO PRODUCIDOS |
11,957.09 |
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2.6.5 1 ACTIVOS NO PRODUCIDOS |
11,957.09 |
|
2.6.5 1.1 TERRENOS |
11,957.09 |
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2.6.5 1.1 2 TERRENOS RURALES |
11,957.09 |
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TOTAL: |
11,957.09 |
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TOTAL NOTA: |
11,957.09 |
Artículo Tres.- ENCARGAR a SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Las Amazonas.
Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase y archívese.
JOSÉ EBER ALMEIDA VASQUEZ
Alcalde de la Municipalidad
Distrital de Las Amazonas
2526681-1