Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este
Resolución de la Fiscalía de la Nación
nº 1723-2026-MP-FN
Lima, 16 de junio de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 228-2026-FSCN-FEDLA-MP-FN, de fecha 29 de mayo de 2026, e informe Nº 0358-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de junio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fiscales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores.
Mediante el oficio de vistos, el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos eleva en sobre cerrado, la solicitud y los documentos presentados por la abogada Martha Elena Zavala Huamani, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, y destacada como apoyo a la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, en los que expresa los motivos de su requerimiento.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2019-2024-MP-FN, de fecha 18 de septiembre de 2024, se resolvió nombrar a la abogada Martha Elena Zavala Huamani, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, y destacándola como apoyo a la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, destaque prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2026, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3870-2025-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2025; encontrándose la vigencia de su nombramiento y designación sujetas a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
Por otro lado, de la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fiscal adjunto provincial pendiente de ocupar en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Este.
En ese sentido y en virtud de la facultad conferida al Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar a la abogada Martha Elena Zavala Huamani, para que ocupe provisionalmente la plaza de fiscal adjunta provincial en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Este, para lo cual, previamente se deberá dar por concluido su nombramiento y designación descritos en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo y según el informe Nº 0358-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 9 de junio de 2026.
De conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Martha Elena Zavala Huamani, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, su designación en la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, y su destaque en la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2019-2024-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 3870-2025-MP-FN, de fechas 18 de septiembre y 30 de diciembre de 2024, y 31 de diciembre de 2025, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Martha Elena Zavala Huamani, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándola en Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Este.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Martha Elena Zavala Huamani que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Centro y Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y a la fiscal mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2526579-2