Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de San Borja,
aprobado por Ordenanza N° 1063
ORDENANZA N° 2829
LA TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, ENCARGADA DEL DESPACHO
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; en uso de las facultades previstas en los 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 028-2026-MML-CMDUVN; por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución;
Ha dado la ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN BORJA, APROBADO POR ORDENANZA N° 1063
Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación: de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 984.27 m² ubicado en calle De La Prosa, Mz. D, lote 7, Urb. Torres de San Borja, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, solicitado por Impacto Grupo Inmobiliario S.R.L. a través del Expediente N° 2025-0254700; conforme con lo graficado en el anexo que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de San Borja, aprobado con Ordenanza Nº 1063, publicada el 10 de setiembre del 2007 en el diario oficial “El Peruano”, la modificación aprobada en el artículo precedente.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría de Concejo la notificación de la presente ordenanza a la administrada y a la municipalidad distrital de la jurisdicción; así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Gobierno Digital la publicación de la presente ordenanza, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Al promulgarla, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dada en el Palacio Municipal de Lima, a los once días de junio de dos mil veintiséis.
FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO
Teniente Alcalde