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Fecha de publicación: 18/06/2026
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Ordenanza Regional que aprueba el proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de La Libertad

ORDENANZA REGIONAL

N° 000011-2026-GRLL-CR

Trujillo, 5 de junio del 2026

“QUE APRUEBA EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LA LIBERTAD, CONFORME AL REGLAMENTO DE LA LEY N° 28245 LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 0014-2024-MINAM.” Y “APRUEBA LA HOJA DE RUTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD.”

POR CUANTO

El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, Modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, sobre Descentralización Ley N° 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783, Ley de Gobiernos Regionales N° 27867 y su Modificatoria Ley N° 27902, y demás Normas Complementarias;

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 27 de mayo del 2026, el Proyecto de Ordenanza Regional presentado por la Gerencia Regional del Ambiente, presentado mediante Oficio N° 00927-2025-GRLL-GRAM, de fecha 13 de noviembre del 2025; contando con Dictamen N° 0002-2026-GRLL-CR-CRNPA, de fecha 04 de mayo de 2026; emitido por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente, Presidida por la Consejera Regional representante de la provincia de Trujillo, Abog. María Cristina Méndez Visitación, relativo a APROBAR EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LA LIBERTAD, CONFORME AL REGLAMENTO DE LA LEY N° 28245 LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 0014-2024-MINAM Y APRUEBA LA HOJA DE RUTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 2, inciso 22, consagra el derecho fundamental de la persona a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 53°, inciso b), establece que es función de los Gobiernos Regionales, en materia ambiental y de ordenamiento territorial, implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental, en coordinación con las Comisiones Ambientales Regionales, a fin de garantizar la adecuada gestión del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en su respectiva jurisdicción;

Que, la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, en el numeral 22.1 del artículo 22, establece que los gobiernos regionales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales y sectoriales, en el marco de los principios de la gestión ambiental;

Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia;

Que, el numeral 26.2 del artículo 26 del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, establece que cada gobierno regional encarga a la Gerencia Regional Ambiental o la que haga sus veces la implementación del SRGA y aprueba, mediante ordenanza regional, una hoja de ruta para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental;

Que, mediante el Informe N° 00072-2025-GRLL-GRAM-SGGA-GCR, de fecha 24 de octubre de 2025, emitido por la Subgerencia de Gestión Ambiental, solicita aprobación de la hoja de ruta del sistema regional de gestión ambiental La Libertad, en consideración Resolución Ministerial N° 00033-2025-MINAM, aprueba la “Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental”, de fecha día 08 de febrero del 2025, instrumento orientador y de apoyo para los servidores de los gobiernos regionales; y en general, para los actores del sector privado y sociedad civil, siendo que la Especialista en materia del ambiente ha realizado el sustento técnico de la “Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental” recomendando que se continúe con su trámite para la dación de la Ordenanza Regional, documento que hizo suyo la Gerencia Regional del Ambiente, proponiendo además una hoja de ruta en la que se establece acciones programadas, en periodos definidos para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de La Libertad , respecto a (i) Elaboración de la matriz de identificación de los actores que integran el SRGA; (ii) Creación y funcionamiento de las Comisiones Ambientales Regionales (CAR); (iii) Elaboración y aprobación de la Matriz Regional de Prioridades Ambientales y Climáticas; (iv) Aprobación de la política ambiental regional ; y, (v) Establecimiento de mecanismos de coordinación;

Que, mediante Informe N° 000018-2025-GRLL-GGR-GRAM-SGGA, de fecha 11 de noviembre del 2025, la Subgerencia de Gestión Ambiental, solicita aprobar vía ordenanza regional de la “Hoja de Ruta del Sistema Regional de Gestión Ambiental La Libertad, el cual fue aprobada en la sesión ordinaria de la Comisión Ambiental Regional La Libertad (CAR-LL), el día 21 de abril del 2025, cumpliéndose con el paso 01 respecto a la encargatura a la Gerencia Regional del Ambiente la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental (SRGA). Siendo que, el especialista en gestión ambiental indica la continuidad del paso 02 correspondiente a elaborar la HOJA DE RUTA para la implementación del SRGA en base a la “Guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental” la cual contendrá las etapas, actividades, responsables y cronograma detallado para su implementación;

Que, mediante Informe legal N° 0075-2026-GRLL-GGR-GRAM-LAA, de fecha 13 de noviembre del 2026 el Abog. Lenin Fernando Araujo Araujo remite al Sr. Frank Eduardo Sánchez Romero, Gerente Regional del Ambiente informe legal respecto de la necesidad de aprobación de la Hoja de Ruta del Sistema Regional de Gestión Ambiental La Libertad y concluyó que: “Es legalmente procedente y necesario aprobar el “Proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de La Libertad” y la “Hoja de Ruta para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de La Libertad”, con el fin de dar cumplimiento estricto a lo dispuesto en el Artículo 26, numeral 26.2, del Reglamento de la Ley N° 28245, aprobado por Decreto Supremo N° 014 2024-MINAM, y a las directrices de la Guía aprobada por R.M. N° 00033-2025 MINAM. El instrumento normativo para dicha aprobación es la Ordenanza Regional;

Que, mediante Informe N° 00016-2026-GRLL-GGR-GRPAT-SGP, de fecha 27 de febrero del 2026, la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, indica que analizado los antecedentes concluye emitiendo OPINIÓN FAVORABLE respecto de la propuesta de Ordenanza que crea el Sistema de Gestión Ambiental y Hoja de Ruta;

Que, mediante Oficio N° 00427-2026-GRLL-GGR-GRAJ, de fecha 20 de febrero del 2026, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica remite a la Gerencia General Regional Opinión Legal respecto al proyecto Ordenanza Regional que aprueba el Proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de La Libertad; y, la Hoja de Ruta para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de La Libertad, remitiendo el Informe Legal N° 06-2026-GRLL-GGR-GRAJ/MSJB, el cual contiene una opinión legal respecto a la PROCEDENCIA del proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el “Proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de La Libertad” y la “Hoja de Ruta para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de La Libertad”, de conformidad con los actuados contenidos en el expediente administrativo;

Que, mediante el Dictamen N° 0002-2026-GRLL-CR-CRNPA, de fecha 04 de mayo de 2026; emitido por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Protección del Ambiente, Presidida por la Consejera Regional representante de la provincia de Trujillo, Abog. María Cristina Méndez Visitación, emite dictamen aprobatorio unánime relativo a APROBAR EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LA LIBERTAD, CONFORME AL REGLAMENTO DE LA LEY N° 28245 LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 0014-2024-MINAM y APRUEBA LA HOJA DE RUTA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; en atención al Oficio N° 000153-2026-GRLL-CR, de fecha 24 de marzo de 2026, suscrito por la Presidente de la Mesa Directiva del Consejo Regional y recaído en el expediente administrativo que contiene el proyecto de Ordenanza Regional en referencia;

En ejercicio de las atribuciones conferidas por Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y estando a lo señalado en los artículos 21°, 22°, 37°, 40° y 41° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y con los vistos de la Gerencia Regional del Ambiente, Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y la Gerencia General Regional en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27786, Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27867 APROBÓ POR UNANIMIDAD, LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA

EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTION AMBIENTAL

DE LA LIBERTAD

Artículo Primero.- APROBAR el proceso de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de La Libertad, conforme al Reglamento de la Ley N° 28245 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobado por Decreto Supremo N° 0014-2024-MINAM.

Artículo Segundo.- APROBAR la Hoja de Ruta para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de La Libertad, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, anexo que será publicado en el Portal Electrónico de la Región La Libertad, (www.regionlalibertad.gob.pe).

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional del Ambiente reportar semestralmente los avances del proceso de implementación al Consejo Regional y al Ministerio del Ambiente.

Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” y se publique en la sede digital institucional.

Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.

Dado en la Ciudad de Trujillo, en la Casa del Gobierno Regional La Libertad, el 5 de junio del año dos mil veintiséis

INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON

Presidenta del Consejo Regional

Gobierno Regional La Libertad

A LA SEÑORA GOBERNADORA REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los 9 días del mes de junio del año dos mil veintiséis

JOANA DEL ROSARIO CABRERA PIMENTEL

Gobernadora Regional

Gobierno Regional La Libertad

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