Autorizan viaje de Gobernador Regional a los EE.UU., en comisión de servicios
consejo regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
N° 2853-2026/GRP-CR
San Miguel de Piura, 10 de junio de 2026
Vistos:
En Sesión Ordinaria N° 06-2026 del Consejo Regional de Piura, realizada el 10 de junio de 2026; Memorándum N° 1087-2026/GRP-100010, de fecha 10 de junio de 2026 de la Secretaría General del Gobierno Regional Piura; Carta N° 008-2026-ANGR/ST-MGG (HRyC N° 26171), de fecha 09 de junio de 2026 de la Secretaría Técnica de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR; y, Carta s/n de fecha 02 de junio de 2026 de la Secretaría General de la Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el artículo 39° de la citada Ley N° 27867. Asimismo, el artículo 15° de esta Ley establece las atribuciones del Consejo Regional, indicando entre otras, el inciso a) aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el artículo 8° del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR, señala las atribuciones del Consejo Regional, precisando así en el numeral 3 lo siguiente: “Autorizar al Gobernador Regional, Vicegobernador Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales del año”;
Que, a través de la Carta s/n de fecha 02 de junio de 2026, la Secretaría General de la Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR, remitió al Gobernador Regional de Piura, en su calidad de Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, la invitación para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas, que se llevará a cabo en Nueva York, Estados Unidos de Norte América entre el 07 de julio al 15 de julio de 2026, siendo el tema central las “Medidas transformadoras, equitativas, innovadoras y coordinadas en la Agenda 2030 para el Desarrollo y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, con miras a un futuro sostenible para todos”;
Que, mediante Carta N° 008-2026-ANGR/ST-MGG (HRyC N° 26171), de fecha 09 de junio de 2026, la Secretaría Técnica de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR, comunica al señor Gobernador Regional de Piura la invitación realizada por la Secretaría General de la Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR, para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas, que se llevará a cabo en Nueva York, Estados Unidos de Norte América entre el 07 de julio al 15 de julio de 2026; asimismo, precisa el documento que la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales se hará cargo de los gastos de traslado, alojamiento y alimentación;
Que, mediante Memorándum N° 1087-2026/GRP-100010, de fecha 10 de junio de 2026, la Secretaría General del Gobierno Regional Piura, solicita al Secretario del Consejo Regional, se eleve la documentación al Pleno del Consejo Regional, a fin de que autorice al señor Gobernador Regional, la comisión de servicios al exterior - Nueva York de los Estados Unidos de Norte América a partir del 08 de julio al 16 de julio de 2026, para que participe en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas;
Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Ordinaria N° 10-2026-CR, celebrada el día 10 de junio de 2026, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y sus modificatorias; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Piura aprobado por Ordenanza Regional N° 515-2024/GRP-CR;
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios a Nueva York en los Estados Unidos de Norte América, al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Piura, Abg. Luis Ernesto Neyra León, entre el 08 de julio al 16 de julio de 2026, atendiendo la invitación extendida por la Secretaría General de la Organización de Regiones Unidas ORU FOGAR, en su calidad de Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), para participar en el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF) organizado por las Naciones Unidas.
Artículo Segundo.- El desplazamiento en comisión de servicio del Gobernador Regional no irrogará gasto alguno al Gobierno Regional Piura, los mismos que serán cubiertos en su totalidad por la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR.
Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el comisionado presentará al Consejo Regional un informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado.
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Acuerdo al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura, y a las instancias administrativas que correspondan.
Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley.
Artículo Sexto.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta.
POR TANTO.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
CARLOS ANDRÉS CASTILLO IPANAQUÉ
Presidente del Consejo Regional
JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO
Secretario del Consejo Regional
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