Logo El Peruano
Fecha de publicación: 19/06/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Arequipa, Cajamarca, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Piura, Puno, San Martín y Tumbes, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

Ordenanza que aprueba el Sorteo de Reconocimiento al Vecino Puntual del Distrito de Lurigancho 2026 y su Reglamento

ORDENANZA N° 396-MDL

Lurigancho, 3 de junio del 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO

VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 29 de mayo del 2026, el Informe Nº 000284-2026-MDL/GAT-SGREC de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, el Informe Nº 000060-2026-MDL/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 335-2026-MDL/OGPP-OGGD de la Oficina de Gestión de Gobierno Digital, el Memorándum Nº 001355-2026-MDL/OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas, el Informe Nº 001647-2026-MDL/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones, el Informe N° 051-2026-MDL/OCII de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, el Informe Nº 000256-2026-MDL/OGPP-OPME de la Oficina de Planificación y Modernización del Estado, el Memorándum Nº 000719-2026-MDL/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000309-2026-MDL/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 001973-2026-MDL/GM de la Gerencia Municipal, el Dictamen Nº D0005-2026-COEPPyAT/MDL-CM de la Comisión Ordinaria de Economía, Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Tributarios, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, de acuerdo con el numeral 8 del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar ordenanzas, siendo estas las normas de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal;

Que, el segundo párrafo del artículo 74° y el numeral 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, así como el artículo 60° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, y la Norma IV del título preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, coinciden en señalar que, “Los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley”;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal del Distrito de Lurigancho, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 040-2026/MDL, adoptado con el voto por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO DE RECONOCIMIENTO AL VECINO PUNTUAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO 2026 Y SU REGLAMENTO

Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del “Sorteo de Reconocimiento al Vecino Puntual del Distrito de Lurigancho 2026”, programado para el día 28 de agosto de 2026.

Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento del “Sorteo de Reconocimiento al Vecino Puntual del Distrito de Lurigancho 2026”, el cual, como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- CONFORMAR la Comisión Organizadora y el Equipo de Apoyo del sorteo, integrados por los funcionarios de las unidades orgánicas señaladas en los artículos VI y VII del Reglamento, quienes tendrán a su cargo la organización, control, ejecución y difusión del referido evento.

Artículo Cuarto.- APROBAR la entrega de los premios establecidos en el Reglamento del “Sorteo de Reconocimiento al Vecino Puntual del Distrito de Lurigancho 2026”, a favor de los ganadores que resulten beneficiados en el sorteo.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Administración Tributaria, la Oficina General de Administración y Finanzas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de acuerdo con sus competencias.

Tercera.- ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; a la Gerencia de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas competentes, la ejecución de las acciones necesarias para su cumplimiento; a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión; y a la Oficina de Gestión de Gobierno Digital, la publicación de la presente Ordenanza y su Reglamento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho y en el Portal del Estado Peruano.

Cuarta.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

OSWALDO HERNÁN VARGAS CUELLAR

Alcalde

2526066-1